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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

Núm. 932
Corrección de errores detectados en la versión castellana del traslado de la Resolución de la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública de fecha 23 de marzo de 2013 correspondiente a la convocatoria para constitutir dos bolsas de la subescala, clase o categoría de TÉCNICO /A DE GRADO MEDIO DE EMERGENCIAS publicada en el BOIB núm. 49, de dia 11 de abril de 2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dada la convocatoria para constituir dos bolsas de la subescala, clase o categoría de Técnico-a de grado medio de emergencias para el Servicio de Bomberos de Mallorca, por los procedimientos extraordinario y específico de selección, mediante el sistema de concurso de méritos, para cubrir, con carácter de interinidad, plazas vacantes del Consell de Mallorca, llevada a cabo mediante Resolución de la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública de 22 de marzo de 2013 y publicada en el BOIB núm. 49, de 11 de abril de 2013.

Dado que en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, prevee que “las Administraciones Públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.”

Dado que en la versión castellana del BOIB 49 de dia 11 de abril de 2013, se ha detectado la omisión de un párrafo en el Anexo III apartado 2.2.4 de las Bases de esta convocatoria.

Donde dice:

“2.2.4- Se valorará únicamente la publicación de libros o artículos de carácter técnico, profesional o científico. Estos últimos tienen que estar insertados en revistas o publicaciones del mismo carácter y relacionados con las funciones a desarrollar. Se excluirán las publicaciones realizadas únicamente en Internet. Máximo 1,5 puntos.

  • Libros: 1 punto si es el autor, 0,50 si es coautor
  • Capítulos de libros y artículos de más de 10 páginas: 0,50
  • Capítulos de libros y artículos de 10 páginas o menos: 0,25”

Debe decir:

“2.2.4 – Tener el curso de aptitud básica de bomberos con una antigüedad inferior a 36 meses: 3 puntos

 2.2.5 Se valorará únicamente la publicación de libros o artículos de carácter técnico, profesional o científico. Estos últimos tienen que estar insertados en revistas o publicaciones del mismo carácter y relacionados con las funciones a desarrollar. Se excluirán las publicaciones realizadas únicamente en Internet. Máximo 1,5 puntos.

  • Libros: 1 punto si es el autor, 0,50 si es coautor
  • Capítulos de libros y artículos de más de 10 páginas: 0,50
  • Capítulos de libros y artículos de 10 páginas o menos: 0,25”

- Dar traslado de esta corrección a los sindicatos integrados en la Mesa General conjunta de Personal Funcionario y Laboral, publicarla en el Boletín Oficial de las Illes Balears, exponerla al público en el tablón de edictos  de la Llar de la Infancia (C/ del General Riera, 113 de Palma) y, a efecto informativo, en la página web de la Corporación.

 

Palma, 13 de enero de 2014

 

EL SECRETARIO TÉCNICO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

(Por delegación según Resolución de 16/09/2013)

Matias Veñy Orell