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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA

Núm. 450
Ejecución de Títulos Judiciales 166/2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 Dª PAZ GARCÉS CARBONELL, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº1 de IBIZA/EIVISSA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 166/2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. MIGUEL CASTILHO contra la empresa ALEXANDRA NABYA KLEIN, AXEL STEINWARTZ  , sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

  AUTO 20/12/13

Dispongo: Despachar orden general de ejecución SENTENCIA a favor de la parte ejecutante, MIGUEL CASTILHO, frente a ALEXANDRA NABYA KLEIN, AXEL STEINWARTZ, parte ejecutada, por importe de 1716,26 euros en concepto de principal, más otros 343,2 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

 DECRETO 20/12/13

 En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

 - Requiérase a la ejecutante a fin que en el plazo de cinco días aporte DNI o NIE  de los ejecutados a fin de poder practicar la averiguación patrimonial y proceder al embargo de los bienes.

 - Proceder al embargo de bienes y a las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los arts. 589 y 590 LEC.

 - Consultar las aplicaciones informáticas del Órgano judicial para la averiguación de bienes del ejecutado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a ALEXANDRA NABYA KLEIN, AXEL STEINWARTZ , en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

 En IBIZA/EIVISSA, a veinte de Diciembre de dos mil trece.

 EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL