Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN DE LABRITJA
Núm. 887
Anuncio de Subasta de Bienes Inmuebles
El Jefe de Recaudación ejecutiva del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja
HAGO: que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad Recaudatoria contra el deudor que se relacionará, por débitos a la Hacienda Municipal, en fecha 23/12/2013 el Tesorero municipal ha dictado Acuerdo de enajenación en el que se acuerda la realización de la subasta pública del bien embargado, el día 7 de febrero de 2014 a las 12 horas, en la Sala de Actos del Excmo. Ayuntamiento de Sant Joan, teniendo en cuenta en su tramitación y realización las prescripciones de los artículos 101, 103 y 104 del RD 939 /2005, de 29 de julio, que aprueba el Reglamento general de recaudación.
En cumplimiento de dicho acuerdo, se publica este anuncio y se advierte a las personas que deseen tomar parte en la subasta lo siguiente:
RELACIÓN DE BIENES A ENAJENAR
Deudor: LLONCH VILALTA PABLO con NIF / CIF: 37726665H
Conceptos: IBI URBANA , BASURAS 2005-2010
LOTE UNICO:
URBANA: Parcla de terreno señalada con el numero 85 C de la Urbanizacion Na Xamena de Sant Miquel, de mil seiscientos veinticinco metros cuadrados de cabida, procedente de una porción segregada de la primera suerte de la hacienda "Can Cosmi", sita en la parroquia de San Miguel, termino de Sant Juan Bautista, Linda: Norte y Oeste, con camino, y al Sur y al Este, con restante finca de donde se segrego. Se segrego dela finca numero 3680N, al folio 87 del libro 97 de San Juan, inscripciones 3ª y 4ª y 5ª. Sobre la misma existe construida una vivienda unifamiliar aislada, que consta de dos plantas. La denominada planta baja esta distribuida en vestibulo, estar-comedor, aseo, cocina, circulacion, estudio, dos dormitorios sencillos y un cuarto de baño. Tiene una superficie util aproximada de ochenta y un metros, cuarentay dos decimetros cuadrados, y construida aproximada de ciento quince metros, setentay ocho decimetros cuadrados. Y la denominada planta piso esta distribuida en dormitorio doble, vestidor y cuarto de baño. Tiene un superficie util aproximada de cuarenta y cinco metros, cuarenta y seis decimetros cuadrados, y construida de cincuenta y seis metros cuadrados. La superficie util total aproximada es de ciento veintiseis metros, ochenta y ocho decimetros cuadrados, siendo la construida total aproximada de ciento setenta y un metros setenta y ocho metros cuadrados. La edificacion tiene una ocupacion en palnta deciento treinta y tres metros, cinccuenta y seis dcimetros cuadrados, siendo el volumen total de cuatrocientos treinta y un metros veinte decimetros cuadrados. El resto de parcela no ocupada se destina a jardin, y la edificacion linda por todos sus lados con la parcela donde se emplaza, por estar enclavada dentro de su superficie.
Valoración: 755.307,78€
Cargas: Tesoreria General de la Seguridad Social – 4.032,56€
Tipo subasta: 751.275,22€
Tramos para licitar: 1.000 €
En el caso de adjudicación de este bien inmueble, si el adjudicatario solicita el otorgamiento de escritura pública de venta podrá obtener la autorización para efectuar el pago del remate el mismo día en que se otorgue la escritura de venta. En este caso el adjudicatario en el acto de adjudicación deberá solicitar de forma expresa, ante la Mesa de subasta, que desea acogerse a esta forma de pago. Dicha autorización estará condicionada por decisión de la Mesa a la constitución en el plazo máximo e improrrogable de 10 días desde la fecha de adjudicación, de un depósito adicional que no podrá exceder del importe del depósito exigido para licitar en subasta.
1. - Los licitadores deberán conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente , sin derecho de exigir otros, los cuales podrán ser examinados , hasta el día anterior al de la subasta en esta unidad Recaudadora situada en Ibiza s / n - Edificio Polivalente . de lunes a viernes de 9 a 13:45 horas.
2. - Para ser admitido como licitador deberá constituir con anterioridad a la celebración de la subasta un depósito del 20 por 100 del tipo de subasta, con la advertencia de que dicho depósito se aplicará a la cancelación de la deuda si los adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, sin perjuicio de las responsabilidades en que pueden incurrir por los perjuicios que origine la falta de pago del precio del remate.
Los depósitos deberán constituirse en la oficina de la Recaudación Ejecutiva sita en la calle Plaza ayuntamiento 1. de lunes a viernes de 9 a 13 horas desde el día de la publicación del presente anuncio de subasta y hasta una hora antes de la hora indicada para su celebración, mediante ingreso en la cuenta de este Ayuntamiento en la entidad colaboradora la Caja 2100-1936-11-020005458 o mediante cheque conformado y nominativo a favor del Ayuntamiento de Sant Joan si se constituye dentro de los 10 días anteriores a la celebración de la subasta.
Cuando el depósito se constituya mediante ingreso en la entidad colaboradora, se hará constar el NIF del titular del depósito, el número de referencia de la subasta y si el depósito se hace por primera o por segunda licitación. Si no se señala expresamente, se entenderá que el depósito se ha constituido para la primera licitación. Los depósitos constituidos por primera le ¬ citación servirán para licitar en segunda licitación.
Los licitadores deberán acreditar ante la Mesa de subasta y aportarán el justificante de la constitución del depósito.
3. - La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes si se efectúa el pago de la deuda, recargos, intereses y costas del procedimiento.
4. - El adjudicatario entregará, en el acto de la adjudicación o dentro de los quince días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de la adjudicación.
Sin embargo, cuando el tipo de subasta en primera licitación supere el importe de 50.000 euros, y el adjudicatario solicite expresamente en el acto de adjudicación el otorgamiento de escritura pública de venta, el pago del remate se podrá efectuar el mismo día en que se otorgue la escritura. Esta autorización se podrá condicionar por decisión de la Mesa a la constitución en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, de un depósito adicional que no podrá exceder del importe del depósito exigido para licitar en subasta.
5. - Los licitadores podrán enviar o presentar sus ofertas en sobre cerrado en el registro general del Ayuntamiento de Sant Joan, en horario y días hábiles, desde el anuncio de la subasta hasta una hora antes del comienzo. Estas ofertas tendrán el carácter de máximas. Junto con la oferta deberá acompañar el justificante del ingreso del depósito en la entidad colaboradora mencionada anteriormente. Si la oferta se presenta dentro de los 10 días anteriores a la celebración de la subasta se podrá constituir el depósito mediante cheque conformado y nominativo a favor del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja. Los licitadores en sobre cerrado podrán participar personalmente en la licitación con posturas superiores res a las inicialmente presentadas.
6. - Si hubiera más de una oferta en sobre cerrado, comenzará la admisión de posturas a partir de la segunda más alta de aquéllas, y será adjudicataria la postura más alta por el tramo superior a la segunda en el supuesto de no existir otras ofertas.
7. - Los tramos para licitar a los que deberán ajustarse las posturas serán los establecidos en cada caso.
8. - Las cargas y gravámenes anteriores y preferentes a la anotación preventiva de embargo, quedarán subsistentes, sin aplicar a su extinción el precio de remate.
9. - La Mesa de subasta podrá, si lo estima pertinente y previa deliberación, acordar la realización de una segunda licitación, al finalizar la primera, de los bienes que no hayan sido adjudicados, fijándose el nuevo tipo de subasta en el 75 por 100 del importe de la primera licitación.
10. - Terminada la subasta se devolverán los depósitos a los licitadores no adjudicatarios. Si el depósito se ha constituido mediante cheque, se devolverá este, si el depósito se ha constituido mediante ingreso en la entidad colaboradora se devolverá por transferencia bancaria al número de cuenta corriente que señale el interesado.
11. - Se advierte a los licitadores y , en especial a quien resulte adjudicatario , que en los supuestos de cambio , por cualquier causa , en la titularidad de los derechos que constituyen el hecho imponible del Impuesto sobre bienes inmuebles, los bienes inmuebles objeto de dichos derechos quedarán afectos al pago de la totalidad de la cuota tributaria en los términos previstos en el artículo 43.1 d) de la Ley 58 /2003, de 17 de diciembre, General Tributaria , de conformidad con lo establecido en el artículo 64.1 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales . Asimismo, las fincas transmitidas quedarán afectas al pago de la totalidad de las deudas pendientes por concepto de cuotas urbanísticas, de conformidad con la legislación urbanística vigente.
12. En el tipo de subasta no se incluyen los impuestos indirectos que gravan la transmisión de los bienes. El adjudicatario deberá justificar el pago o la exención de los citados tributos.
13. En el caso de existir derechos de adquisición preferente sobre los bienes o derechos adjudicados, la adjudicación será comunicada a los titulares de dichos derechos y la adjudicación definitiva quedará en suspensión durante el plazo en que, según la legislación aplicable, los interesados puedan ejercer su derecho.
14. Los bienes no enajenados en subasta podrán adjudicarse mediante adjudicación directa, conforme al procedimiento establecido en el artículo 107 del Reglamento general de recaudación.
15. Transcurrido el trámite de adjudicación directa, sin que se haya acordado la adjudicación, se dará por concluido este trámite y se adjudicará el bien o derecho a cualquier interesado que satisfaga el importe del tipo de la última subasta celebrada antes de que se acuerde la adjudicación de los bienes o derechos a favor del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja.
16. Los adjudicatarios podrán solicitar expresamente en el acto de la adjudicación el otorgamiento de escritura pública de venta de los inmuebles, caso contrario se les entregará certificación del acta de adjudicación a los efectos de lo dispuesto en el artículo 104.6 apartado d) del Reglamento general de recaudación.
17. Los deudores, los copartícipes, los posibles acreedores hipotecarios o pignoraticios, forasteros o desconocidos a los que no se les haya podido notificar el Acuerdo de enajenación o sus representantes legales , se les cita mediante este anuncio para que comparezcan para ser notificados en la Unidad de Recaudación Ejecutiva de este Ayuntamiento, en el plazo de 15 días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que en caso de no comparecer durante el plazo señalado se considerarán notificados a todos los efectos.
18. En todo lo no previsto en este anuncio se procederá de acuerdo con lo dispuesto en las disposiciones legales que regulan el acto y confieran algún derecho a favor de terceros.
Contra la publicación de este anuncio se podrá interponer recurso de reposición previo al recurso contencioso administrativo, ante el Tesorero, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, según lo dispuesto en el artículo 14.2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, y conforme a lo establecido en el artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.
Sin embargo, podrá utilizar, de acuerdo con el artículo 58.2, in fine de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cualquier otro recurso que estime procedente.
Se advierte que la interposición del recurso no detiene la acción administrativa para el cobro, a menos que solicite en el plazo de interposición del recurso de reposición la suspensión de la ejecución del acto adjuntando alguna de las garantías que se señalan en las letras a), b) o c) de los artículos 224.2 y 233.2 de la Ley 58 /2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Sant Joan de Labritja, 13 / enero / 2014
El Jefe de Recaudación Ejecutiva,
ANUNCIO DE SUBASTA DE BIENES INMUEBLES
El Jefe de Recaudación ejecutiva del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja
HAGO: que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad Recaudatoria contra el deudor que se relacionará, por débitos a la Hacienda Municipal, en fecha de 23-12-2013 el Tesorero municipal ha dictado Acuerdo de enajenación en el que se acuerda la realización de la subasta pública del bien embargado, el día 7 de febrero de 2014 a las 12 horas, en la Sala de Actos del Excmo. Ayuntamiento de Sant Joan, teniendo en cuenta en su tramitación y realización las prescripciones de los artículos 101, 103 y 104 del RD 939 /2005, de 29 de julio, que aprueba el Reglamento general de recaudación.
En cumplimiento de dicho acuerdo, se publica este anuncio y se advierte a las personas que deseen tomar parte en la subasta lo siguiente:
RELACIÓN DE BIENES A ENAJENAR
Deudor: PROMOCIONES PUERTO SAN MIGUEL 2005 SL con NIF / CIF: B57346454
Conceptos: IBI URBANA - FEMS 2008-2010
LOTE UNICO:
SOLAR PARA EDIFICACION QUE CONSTITUYE LA PARCELA NUM 18 DE LA URBANIZACION DE LA FINCA CAN LLUSIA DES PORT O CAN MARSA EN LA PARROQUIA DE SAN MIGUEL, CON UNA VIVIENDA UNIFAMILIAR, COMPUESTA DE PLANTA BAJA, DE 175,25M2 Y PLANTA PISO DE 92,20 M2. LINDEROS RESTANTE FINCA, DE LOS VENDEDORES, OSEA, PARCELA NUMERO 19, SUR, RESNTANTE FINCA, CAMINO MEDIANTE DE ACCESO PARA PERSONAS Y TODA CLASE DE VEHICULOS, DE 8 M. DE ANCHURA. ESTE, RESTANTE FINCA DE LOS VENDEDORES, OSEA PARCELA NUMERO 17 OESTE RESNTANTE FINCA, CAMINO MEDIANTE DE ACCESO PARA PERSONA Y TODA CLASE DE VEHICULOS, DE 8 M DE ANCHURA. SUPERFIICE 1845 M2. SUPERFICIE CONSTRUIDA 267,45M2
Valoración: 1.024.081,30€
Cargas: CaixaBank – 95.000€ - 41.000€
Tipo subasta: 888.081,30€
Tramos para licitar: 1.000 €
En el caso de adjudicación de este bien inmueble, si el adjudicatario solicita el otorgamiento de escritura pública de venta podrá obtener la autorización para efectuar el pago del remate el mismo día en que se otorgue la escritura de venta. En este caso el adjudicatario en el acto de adjudicación deberá solicitar de forma expresa, ante la Mesa de subasta, que desea acogerse a esta forma de pago. Dicha autorización estará condicionada por decisión de la Mesa a la constitución en el plazo máximo e improrrogable de 10 días desde la fecha de adjudicación, de un depósito adicional que no podrá exceder del importe del depósito exigido para licitar en subasta.
1. - Los licitadores deberán conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, sin derecho de exigir otros, los cuales podrán ser examinados , hasta el día anterior al de la subasta en esta unidad Recaudadora situada en Ibiza s / n - Edificio Polivalente . de lunes a viernes de 9 a 13:45 horas.
2. - Para ser admitido como licitador deberá constituir con anterioridad a la celebración de la subasta un depósito del 20 por 100 del tipo de subasta, con la advertencia de que dicho depósito se aplicará a la cancelación de la deuda si los adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, sin perjuicio de las responsabilidades en que pueden incurrir por los perjuicios que origine la falta de pago del precio del remate.
Los depósitos deberán constituirse en la oficina de la Recaudación Ejecutiva sita en la calle Plaza ayuntamiento 1. de lunes a viernes de 9 a 13 horas desde el día de la publicación del presente anuncio de subasta y hasta una hora antes de la hora indicada para su celebración, mediante ingreso en la cuenta de este Ayuntamiento en la entidad colaboradora la Caja 2100-1936-11-020005458 o mediante cheque conformado y nominativo a favor del Ayuntamiento de Sant Joan si se constituye dentro de los 10 días anteriores a la celebración de la subasta.
Cuando el depósito se constituya mediante ingreso en la entidad colaboradora, se hará constar el NIF del titular del depósito, el número de referencia de la subasta y si el depósito se hace por primera o por segunda licitación. Si no se señala expresamente, se entenderá que el depósito se ha constituido para la primera licitación. Los depósitos constituidos por primera le ¬ citación servirán para licitar en segunda licitación.
Los licitadores deberán acreditar ante la Mesa de subasta y aportarán el justificante de la constitución del depósito.
3. - La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes si se efectúa el pago de la deuda, recargos, intereses y costas del procedimiento.
4. - El adjudicatario entregará, en el acto de la adjudicación o dentro de los quince días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de la adjudicación.
Sin embargo, cuando el tipo de subasta en primera licitación supere el importe de 50.000 euros, y el adjudicatario solicite expresamente en el acto de adjudicación el otorgamiento de escritura pública de venta, el pago del remate se podrá efectuar el mismo día en que se otorgue la escritura. Esta autorización se podrá condicionar por decisión de la Mesa a la constitución en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, de un depósito adicional que no podrá exceder del importe del depósito exigido para licitar en subasta.
5. - Los licitadores podrán enviar o presentar sus ofertas en sobre cerrado en el registro general del Ayuntamiento de Sant Joan, en horario y días hábiles, desde el anuncio de la subasta hasta una hora antes del comienzo. Estas ofertas tendrán el carácter de máximas. Junto con la oferta deberá acompañar el justificante del ingreso del depósito en la entidad colaboradora mencionada anteriormente. Si la oferta se presenta dentro de los 10 días anteriores a la celebración de la subasta se podrá constituir el depósito mediante cheque conformado y nominativo a favor del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja. Los licitadores en sobre cerrado podrán participar personalmente en la licitación con posturas superiores res a las inicialmente presentadas.
6. - Si hubiera más de una oferta en sobre cerrado, comenzará la admisión de posturas a partir de la segunda más alta de aquéllas, y será adjudicataria la postura más alta por el tramo superior a la segunda en el supuesto de no existir otras ofertas.
7. - Los tramos para licitar a los que deberán ajustarse las posturas serán los establecidos en cada caso.
8. - Las cargas y gravámenes anteriores y preferentes a la anotación preventiva de embargo, quedarán subsistentes, sin aplicar a su extinción el precio de remate.
9. - La Mesa de subasta podrá, si lo estima pertinente y previa deliberación, acordar la realización de una segunda licitación, al finalizar la primera, de los bienes que no hayan sido adjudicados, fijándose el nuevo tipo de subasta en el 75 por 100 del importe de la primera licitación.
10. - Terminada la subasta se devolverán los depósitos a los licitadores no adjudicatarios. Si el depósito se ha constituido mediante cheque, se devolverá este, si el depósito se ha constituido mediante ingreso en la entidad colaboradora se devolverá por transferencia bancaria al número de cuenta corriente que señale el interesado.
11. - Se advierte a los licitadores y , en especial a quien resulte adjudicatario , que en los supuestos de cambio , por cualquier causa , en la titularidad de los derechos que constituyen el hecho imponible del Impuesto sobre bienes inmuebles, los bienes inmuebles objeto de dichos derechos quedarán afectos al pago de la totalidad de la cuota tributaria en los términos previstos en el artículo 43.1 d) de la Ley 58 /2003, de 17 de diciembre, General Tributaria , de conformidad con lo establecido en el artículo 64.1 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales . Asimismo, las fincas transmitidas quedarán afectas al pago de la totalidad de las deudas pendientes por concepto de cuotas urbanísticas, de conformidad con la legislación urbanística vigente.
12. En el tipo de subasta no se incluyen los impuestos indirectos que gravan la transmisión de los bienes. El adjudicatario deberá justificar el pago o la exención de los citados tributos.
13. En el caso de existir derechos de adquisición preferente sobre los bienes o derechos adjudicados, la adjudicación será comunicada a los titulares de dichos derechos y la adjudicación definitiva quedará en suspensión durante el plazo en que, según la legislación aplicable, los interesados puedan ejercer su derecho.
14. Los bienes no enajenados en subasta podrán adjudicarse mediante adjudicación directa, conforme al procedimiento establecido en el artículo 107 del Reglamento general de recaudación.
15. Transcurrido el trámite de adjudicación directa, sin que se haya acordado la adjudicación, se dará por concluido este trámite y se adjudicará el bien o derecho a cualquier interesado que satisfaga el importe del tipo de la última subasta celebrada antes de que se acuerde la adjudicación de los bienes o derechos a favor del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja.
16. Los adjudicatarios podrán solicitar expresamente en el acto de la adjudicación el otorgamiento de escritura pública de venta de los inmuebles, caso contrario se les entregará certificación del acta de adjudicación a los efectos de lo dispuesto en el artículo 104.6 apartado d) del Reglamento general de recaudación.
17. Los deudores, los copartícipes, los posibles acreedores hipotecarios o pignoraticios, forasteros o desconocidos a los que no se les haya podido notificar el Acuerdo de enajenación o sus representantes legales , se les cita mediante este anuncio para que comparezcan para ser notificados en la Unidad de Recaudación Ejecutiva de este Ayuntamiento, en el plazo de 15 días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que en caso de no comparecer durante el plazo señalado se considerarán notificados a todos los efectos.
18. En todo lo no previsto en este anuncio se procederá de acuerdo con lo dispuesto en las disposiciones legales que regulan el acto y confieran algún derecho a favor de terceros.
Contra la publicación de este anuncio se podrá interponer recurso de reposición previo al recurso contencioso administrativo, ante el Tesorero, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, según lo dispuesto en el artículo 14.2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, y conforme a lo establecido en el artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.
Sin embargo, podrá utilizar, de acuerdo con el artículo 58.2, in fine de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cualquier otro recurso que estime procedente.
Se advierte que la interposición del recurso no detiene la acción administrativa para el cobro, a menos que solicite en el plazo de interposición del recurso de reposición la suspensión de la ejecución del acto adjuntando alguna de las garantías que se señalan en las letras a), b) o c) de los artículos 224.2 y 233.2 de la Ley 58 /2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Sant Joan de Labritja, 13 / enero / 2014
El Jefe de Recaudación Ejecutiva,
Jaime Marí Marí