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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA

Núm. 768
Ejecución de títulos judiciales 180/2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dª LORETO ARROYO ABAD, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº1 de EIVISSA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 180/2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª ALVARO PEREZ VIVES contra la empresa SADE IBIZA, CB: L.G. MACALLISTER CARLOS ALBERTO MORAIS, sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

AUTO 17/01/14 

Dispongo: Despachar orden general de ejecución SENTENCIA a favor de la parte ejecutante, ALVARO PEREZ VIVES, frente a  SADE IBIZA, CB, LUCAS GUILLERMO MACALLISTER, CARLOS ALBERTO MORAIS, parte ejecutada, por importe de 2628,05 euros en concepto de principal, más otros 525,6 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación. 

DECRETO 17/01/14 

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: 

- Requerir de pago a  SADE IBIZA, CB, LUCAS GUILLERMO MACALLISTER, CARLOS ALBERTO MORAIS, por la cantidad reclamada en concepto de principal e intereses devengados, en su caso, hasta la fecha de la demanda, y, si no pagase en el acto, procédase al embargo de sus bienes en la medida suficiente para responder por la cantidad por la que se ha despachado ejecución más las costas de ésta, librándose al efecto mandamiento a la Comisión Judicial para que practique el embargo. 

- Proceder al embargo de bienes y a las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los arts. 589 y 590 LEC. 

- El embargo de los saldos acreedores  para asegurar la responsabilidad de  SADE IBIZA, CB, LUCAS GUILLERMO MACALLISTER, CARLOS ALBERTO MORAIS, hasta librándose al efecto los despachos necesarios para su efectividad.   

- Para evitar mayor dilación y consiguiente perjuicio a los trabajadores y no obstante la posible subrogación del FOGASA en su día, oígase a dicho organismo público y a la actora, por término de QUINCE DÍAS a fin que insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecución designando en tal caso bienes concretos del deudor sobre los que despachar ejecución. 

- Consultar las aplicaciones informáticas del Órgano judicial para la averiguación de bienes del ejecutado. 

- Cautelarmente notifíquese a los ejecutados a través del BOIB.   

Y para que sirva de notificación en legal forma a  SADE IBIZA, CB, LUCAS GUILLERMO MACALLISTER, CARLOS ALBERTO MORAIS, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de les ILLES BALEARS. 

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. 

En IBIZA/EIVISSA, a diecisiete de enero de dos mil catorce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL