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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU

Núm. 794
Notificación por comparecencia: inicio expedientes sancionadores Tráfico (rem. 315)

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Texto

NOTIFICACIÓN POR COMPARECENCIA. NOTIFICACIÓN DE INICIO POR EL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE SANTA EULALIA DEL RÍO DE EXPEDIENTE SANCIONADOR EN MATERIA DE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL.

Se ha iniciado por el órgano competente del Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río incoación de procedimiento sancionador de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el cual se aprueba el Texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y  Seguridad vial.

De conformidad con lo que dispone el artículo 59 apartado 5 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, reformada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, e intentada dos veces la notificación de inicio de expediente sancionador por medio de carta certificada con justificante de recepción cursada a través del servicio oficial de correos, sin haberse podido practicar por las circunstancias que constan en el expediente, y en los domicilios de notificación señalados en los artículos 77 y 59 bis del Real Decreto 339/1990, de 2 de marzo, ya mencionado, se hace pública, por medio del presente anuncio, la notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, a las personas físicas o entidades jurídicas denunciadas como presuntos infractores que a continuación se relacionan:

(Ref.: 00315)

EXPED

NIF/CIF

APELLIDOS Y NOMBRE/ DENOMINACIÓN

MATRÍCULA

FECHA

ARTÍCULO

IMPORTE

20006071

18001121X

ARNAU DURAN JUAN ANTONIO

3087HBN

10/08/13

OM.9.1.A

40,00

20004144

21321675P

BARBERA MARCO MANUEL

4962HPL

12/06/13

OM.9.2.A

40,00

20006206

46792865D

BAYONA BERNABE AGUSTIN

0084GVZ

14/08/13

OM.9.1.A

40,00

10003096

31665721B

CARMONA MERCEDES

3337HPL

13/07/13

OM.9.1.A

40,00

10003741

X2454207S

DIGIUNI  GRISELDA

4471HKN

02/08/13

OM.9.1.A

40,00

30003644

36072320V

DOMINGUEZ VELLO MANUEL

6850HCT

09/07/13

OM.9.2.A

40,00

10004073

25186749R

ELIAS FERRER DAVID

4566HKN

14/08/13

OM.9.1.A

40,00

30004638

25186749R

ELIAS FERRER DAVID

4566HKN

14/08/13

OM.9.1.A

40,00

40003623

48333618S

ESPERANZA BESCOS GONZALO

0610HJL

26/07/13

OM.9.1.A

40,00

30002708

36531892A

ESPINOSA SECO MARTA MARIA

5904CWN

05/06/13

OM.9.2.A

40,00

10003413

52600374H

FERNANDEZ BOSCH ANA BELEN

2233HBN

23/07/13

OM.9.1.A

40,00

20003188

46124616W

GARCIA HERRERAS JORDI

9297HNJ

14/05/13

OM.9.1.A

40,00

30004463

76902030N

GONZALEZ GONZALEZ CELSO

4067HPL

09/08/13

OM.9.1.A

40,00

20006028

76902030N

GONZALEZ GONZALEZ CELSO

4067HPL

09/08/13

OM.9.1.A

40,00

30003982

33479922H

GRACIA PEREZ MA PROVIDENCIA

4569HPL

22/07/13

OM.9.1.A

40,00

40004541

54047465H

HERNANDEZ AGUIAR JOSUE

9520GVY

07/09/13

OM.9.1.A

40,00

20004498

03858858X

JARAMILLO NAHARRO JULIAN CARLOS

9128HPH

22/06/13

OM.9.1.A

40,00

10003750

44196508F

JUAN FERNANDEZ VICENTE LUIS

8591HSC

02/08/13

OM.9.2.A

40,00

30002927

43738884Z

LOPEZ VEGA IVAN

1379HRB

11/06/13

OM.9.1.A

40,00

30005135

26744024S

MARTINEZ VEGA DAVID

8140GDP

02/09/13

OM.9.1.A

40,00

10004497

X1859537X

PALTANIA MARCELLO

8586HSC

30/08/13

OM.9.1.A

40,00

10005607

11825926Q

SANCHEZ GONZALEZ EVA MARIA

7766HBF

11/10/13

OM.9.2.A

40,00

10003902

43537576W

SAUMELL GONZALEZ JAIME

6602GDM

08/08/13

OM.9.1.A

40,00

20003221

16220991B

URIBE-ETXEBARRIA ARAYRA ITZIAR

6821HLB

15/05/13

OM.9.1.A

40,00

30004105

41460062D

ZARCO LOPEZ MARIA DEL MAR

7583HPZ

26/07/13

OM.9.1.A

40,00

Órgano competente para dictar resolución sancionadora.- La competencia para dictar resolución en el expediente sancionador por infracciones a normas de circulación cometidas en vías urbanas corresponde al Alcalde, o concejal delegado.

Norma que le atribuye esta competencia.- Artículo 71.4, relación con el artículo 7, del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el cual se aprueba el Texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad vial.

Indicación de la posibilidad de que el presunto responsable pueda reconocer voluntariamente su responsabilidad con el pago voluntario de la sanción, implicando la finalización del procedimiento, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes.

Órgano competente para la instrucción del procedimiento sancionador.- Corresponde la instrucción del expediente sancionador, en calidad de instructor, a la señora Ana María Nájera Sanz.

Recusación.- En los casos previstos en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 28 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, reformada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se podrá promover recusación del instructor y del secretario del expediente por las personas interesadas en cualquier momento de la tramitación del procedimiento.

Personas responsables.- El titular, arrendatario o persona designada como conductor habitual del vehículo con el cual se haya cometido la infracción, tiene el deber de identificar verazmente al conductor responsable de la infracción, y se les requiere para que en el plazo de quince días naturales contados desde el siguiente al de esta notificación, aporten nombre, apellidos, NIF y domicilio del mencionado conductor. El incumplimiento de esta obligación, sin causa justificada, será sancionado pecuniariamente con multa equivalente al doble de la prevista para la infracción originaria que la motivó, si es infracción leve, y el triple, si es infracción grave o muy grave. En los mismos términos responderán las personas especificadas en el párrafo anterior cuando no sea posible notificar la denuncia al conductor que aquellos identifiquen, por causa imputable a ellos y de conformidad con lo que disponen los artículos 69.1, 67.2 y 65.5.j) del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.

Las empresas de alquiler sin conductor a corto plazo acreditarán el cumplimiento de la obligación legal de identificar al conductor responsable de la infracción mediante la remisión, al órgano instructor correspondiente, de un duplicado o copia del contrato de arrendamiento donde quede acreditado el concepto de conductor de la persona que figure en el contrato

Alegaciones.- Se concede a las personas interesadas un plazo de veinte días naturales contados desde el siguiente a  la notificación de esta denuncia, para que aleguen todo lo que consideren conveniente a su defensa y propongan las pruebas que estimen oportunas de conformidad con lo que dispone el artículo 79 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.

Reducción 50 por 100 sanciones multa.- Podrán hacerse efectivas con una reducción del 50 por 100 sobre la cuantía consignada, siempre que este pago se efectúe durante los 20 día naturales siguientes a aquel en que tenga lugar esta notificación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. El pago anticipado con la reducción del 50 por 100 implicará la renuncia a formular alegaciones o recurso de reposición, la finalización del procedimiento el día del pago sin necesidad de dictar resolución expresa, y la detracción de puntos el día siguiente.

Finalización expediente.- El pago del importe de la multa indicado en la notificación de la denuncia, de conformidad con el artículo 80 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, implicará la renuncia a formular alegaciones o recurso de reposición, la finalización del procedimiento el día del pago sin necesidad de dictar resolución expresa, y la detracción de puntos el día siguiente. Al finalizar el procedimiento con el pago reducido, queda abierta la vía contencioso-administrativa en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar el pago.

Una vez notificada la denuncia, si el denunciado no formula alegaciones ni hace efectivo el importe de la multa en el plazo de los veinte días naturales siguiente a la fecha de notificación, ésta tendrá efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador, siempre que se trate de infracciones leves, infracciones graves que no detraigan puntos, o infracciones graves y muy graves notificadas en el acto de la denuncia. En este supuesto la finalización del procedimiento pone fin a la vía administrativa y la sanción podrá ejecutarse transcurridos treinta días naturales desde la notificación de la denuncia.

Caducidad.- Si no hubiera recaído resolución sancionadora transcurrido un año desde la iniciación del procedimiento, se producirá la caducidad de éste y se archivarán las actuaciones a solicitud de cualquier persona interesada o de oficio por el órgano competente para dictar la resolución de conformidad con lo que dispone el artículo 92.3 del ya mencionado Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.

Presentación de alegaciones.- En el Registro General del Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río, situado en la calle Marià Riquer Wallis, 4 bajos, 07840 Islas Baleares, o los otros lugares señalados al efecto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, LRJAP-PAC.

Lugar de pago.- Oficina de Recaudación Municipal, c/. Marià Riquer Wallis, 4 bajos 07840 Santa Eulalia del Río, Islas Baleares.

Horario.- De lunes a viernes y de 8:15 a 13:30 horas.

Forma de pago.- a) En efectivo. b) Giro postal. c) Cheque nominativo y conformado o talón bancario a favor del Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río. d) Tarjeta de crédito. e) Transferencia a cuenta 2100-0225-05-0100002763 La Caixa. f) Página web del ayuntamiento: www.santaeularia.com.

Importante.- En todos los casos se deben citar número de expediente y matrícula del vehículo.

LSV: Texto articulado Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad vial (Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo).

CIR: Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre).

OO.MM: Ordenanza Municipal de Tráfico (BOIB núm. 6, de 11 de enero de 2011).

O.M.: Ordenanza Municipal reguladora del servicio de estacionamiento regulado de vehículos (BOIB nº 108 de 07/09/2002).

 

Santa Eulària des Riu, a 21/01/2014

El Instructor,

Ana María Nájera Sanz