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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE ES CASTELL

Núm. 695
Aprobación definitiva del presupuesto general y la plantilla de personal para 2014

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Texto

Aprobado inicialmente en sesión plenaria de 17 de diciembre de 2013 el Presupuesto General de la entidad local para el ejercicio 2014, juntamente con sus anexos, asignación de subvenciones nominativas y las Bases de ejecución.

No habiéndose presentado reclamaciones ni alegaciones contra el acuerdo de aprobación inicial del presupuesto general y la plantilla de personal para el ejercicio 2014, publicado en el BOIB núm. 178 de día 26/12/2013, se publica el Presupuesto General de la entidad local para el ejercicio 2014 resumido por capítulos, así como la plantilla de personal y la relación de puestos de trabajo, de acuerdo con el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de les haciendas locales.

PRESUPUESTO 2014

 

RESUMEN CAPÍTULOS

 

CAP. 1

"GASTOS DE PERSONAL"

2.645.532,11

CAP. 2

"GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS"

1.636.086,61

CAP. 3

"GASTOS FINANCIEROS"

  133.000,00

CAP. 4

"TRANSFERENCIAS CORRIENTES"

   481.940,47

 

TOTAL GASTOS CORRIENTES

4.896.559,19

 

 

 

CAP. 6

"INVERSIONES REALES"

427.000,00

CAP. 7

"TRANSFERENCIAS DE CAPITAL"

114.250,18

CAP. 9

"PASIVOS FINANCIEROS"

355.000,00

 

TOTAL GASTOS CAPITAL

896.250,18

TOTAL GASTOS

 

5.792.809,37

 

CAP. 1

"IMPUESTOS DIRECTOS"

3.691.868,37

CAP. 2

"IMPUESTOS INDIRECTOS"

   50.000,00

CAP. 3

"TASAS Y OTROS INGRESOS"

   467.900,00

CAP. 4

"TRANSFERÈNCIAS CORRIENTES"

1.522.041,00

CAP. 5

"INGRESOS PATRIMONIALES"

       8.000,00

 

INGRESOS  CORRIENTES

5.739.809,37

 

 

 

CAP. 6

ALIENACIONES

0,00

CAP. 7

"TRANSFERENCIAS DE CAPITAL"

53.000,00

CAP. 9

PASIVOS FINANCIEROS

0,00

 

INGRESOS CAPITAL

53.000,00

TOTAL INGRESOS

 

5.792.809,37

 

PLANTILLA DE PERSONAL MUNICIPAL 2014

 

 

 

DENOMINACIÓN

GRUPO

NIVEL

NÚMERO

VACANTES

OCUPADAS

PRESUPUESTADAS

OBSERVACIONES

1, PERSONAL FUNCIONARIO

 

 

 

 

 

1,1 FUNCIONARIOS CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL

 

 

 

Secretaría

A1

24

1

1

1

1

 

Intervención

A1

24

1

1

1

1

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1,2 FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL

 

 

 

Arquitecto Muncipal

A1

24

1

1

0

0

 

Administrativo-Tesorería

C1

14

1

 

1

1

 

Recaudador

C1

14

1

1

0

0

 

Administrativo

C1

14

1

1

0

0

PROMOCIÓN INTERNA

Auxiliar Administrativo

C2

12

9

 

9

9

1 Excedencia

Conserje - Notificador

C1

15

1

1

0

0

 

Policía 2ª Actividad

C1

15

1

 

1

1

Funciones Administrativas

 

 

 

 

 

 

 

 

B) SUBESCALA DE SERVICIOS ESPECIALES

 

 

 

 

B,1 Policía Local y sus Auxiliares

 

 

 

 

 

 

Sargento

A2

22

1

 

1

1

Funciones Administrativas en 2a actividad

Oficial

C1

17

3

 

3

3

 

Policía

C1

15

14

2

13

13

1 Excd.+1CCSS+ 2 sgunda actividad con destinación

Policía-Oficial 2ª Actividad

C1

17

1

 

1

1

Funciones Administrativas con destinación

 

 

 

 

 

 

 

 

B,2 Personal de oficios

 

 

 

 

 

 

 

Oficial de obras

C2

12

1

1

0

0

 

Fontanero - inspector de obras

C2

12

1

1

0

0

 

Operarios Limpieza

E

10

3

1

3

3

 

TOTAL

 

 

41

11

34

34

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Las plazas de Conserje-Notificador, funciones administrativas e Inspetor de obras pueden ser ocupadas por Policías Locales en segunda actividad

 

 

 

 

2, PERSONAL LABORAL

 

 

 

 

 

 

2,1 PERSONAL LABORAL FIJO

 

 

 

 

 

Arquitecto

 

 

1

1

1

1

 

Coordinador deportes

 

 

1

 

1

1

 

Trabajadora social

 

 

2

2

2

2

 

Educadora social

 

 

1

1

1

1

 

Bibliotecaria

 

 

1

 

1

1

1/2 jornada

Encargado brigada i almacén

 

 

1

1

0

1

 

Educador Escuela infantil

 

 

6

3

6

6

1 Funciones Administrativas

Delineante

 

 

1

 

1

1

 

Administrativo Biblioteca i arxivo

 

 

1

1

0

1

Jornada reducida

Professores Ateneo

 

 

2

2

2

2

Tiempo parcial

Administrativo

 

 

1

 

1

1

 

Electricista

 

 

2

1

2

2

1 Tareas Administrativas

Conductor Vehículos

 

 

1

 

1

1

 

Oficial Obras

 

 

2

1

2

2

 

Oficial Obras y Mantenimento

 

 

1

 

0

0

1 Excedencia

Oficial Jardinería

 

 

2

1

2

2

 

Aux.Administrativo

 

 

7

6

7

7

1 Jornada reducida

Trabajador familiar

 

 

3

 

3

3

 

Aux. Compañía

 

 

2

2

0

0

 

Conserje

 

 

3

1

3

3

2 trabajadores discapacidad

Peón Mantenimento Poliedeportivo

 

 

1

 

1

1

 

Peón Mantenimentn Campn Fútbol

 

 

1

1

1

1

1/2 jornada

Peón jardinería

 

 

2

2

2

2

 

Peón obras

 

 

3

2

3

3

 

Peón Mantenimentn Cementerio

 

 

1

 

1

1

 

Operarios Limpieza escuelas

 

 

5

5

5

5

 

TOTAL

 

 

54

33

49

51

 

 

 

 

 

 

 

 

 

3, PERSONAL EVENTUAL

 

 

 

 

 

 

Ningún personal previsto

 

 

0

0

0

0

 

TOTAL

 

 

0

0

0

0

 

Contra el acuerdo de aprovación definitiva del Presupuesto, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa y Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOIB, de acuerdo con el que disponen los articulos 171.1 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, y 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contenciosa y Administrativa. Sin embargo, se puede interponer cualquier otro recurso que se considere procedente.

Contra el acuerdo de aprovación definitiva de la plantilla, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-administrativo de Palma de Mallorca que corresponda, en el plazo de dos meses a contar a partir del día diguiente de la última de las publicaciones de este anuncio en el BOIB, de acuerdo con el que dispone el articulo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contenciosa y Administrativa. Sin embargo, se puede interponer cualquier otro recurso que se considere procedente.

 

Es Castell, 15 de enero de 2014

El alcalde
Jose Luis Camps Pons