Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA
Núm. 607
Resolución de Governació número 000147 de 15-01-2014
La Alcaldia, mediante la resolución de Governació número 000147, con fecha del 15/01/2014, dictó la siguiente resolución:
“De acuerdo con las facultades que confiere a esta alcaldía la legislación vigente en materia de Régimen local; la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local; el Real decreto legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, y el Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales;
RESUELVO:
PRIMERO.- Modificar el régimen de delegaciones de competencias de esta alcaldía en la regidora que se especifica, en cumplimiento de lo que se establece en el artículo 23 de la Ley 7/1985 y del Reglamento orgánico municipal (artículos 90 y 91 en relación al 38).
A la regidora Sra. ESPERANZA JUANEDA SALORD, las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en las materias relativas a servicios funerarios y de cementerios; y se excluye la delegación genérica en materia de SANIDAD efectuada al regidor Sr. Lorenzo Coll de Arredondo, mediante resolución de Alcaldia del Àrea de Governació 779/2011, de 17 de junio de 2011.
SEGUNDO.- Ampliar la delegación genérica que fue otorgada a la regidora Sra. ESPERANZA JUANEDA SALORD con fecha 17 de junio de 2011 en materia de MERCADOS Y COMERCIOS, en la facultad de resolver mediante actos administrativos que afectan a terceros.
TERCERO.- Para la eficacia de esta delegación será necesaria la aceptación expresa por parte de la delegada. Este decreto se publicará en el BOIB, de acuerdo con el artículo 44 del ROF, y se dará cuenta al Pleno del Ajuntament en la primera sesión que se celebre.
CUARTO.- La Alcaldía se reserva el ejercicio de las atribuciones delegadas, sin acto expreso de revocación de estas, en aquellos casos en que se estimen urgentes por la misma Alcaldía.”
Ciutadella de Menorca, 15 de enero de 2014
El alcalde
José María de Sintas Zaforteza