Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE MAÓ
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚM. 3 DE MAÓ
Núm. 170
Procedimiento ordinario 260/2013, sobre otras materias
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento de referencia se ha dictado Sentencia nº 131/13 de fecha 12/11/13 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la representación procesal de Banco Mare Nostrum S.A. contra don (datos personales ocultos), en situación de rebeldía procesal y, en consecuencia, condeno a don (datos personales ocultos) al pago de 7.128,90 euros, más los intereses devengados desde el día de cierre de la cuenta deudora, el día 8 de noviembre de 2012.
Se condena en costas a la parte demandada.
Contra la presente resolución cabe la interposición de recurso de apelación que deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de los 20 días siguientes a la notificación de esta sentencia y que será resuelto por la Ilma. Audiencia Provincial de Illes Balears (artículos 457 y siguientes de la LEC), siempre que se cumplan los requisitos y términos expresados en la Disposición Adicional 15º de la Ley Orgánica del Poder Judicial en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.
Así lo acuerda, manda y firma, Don Fernando Pinto Palacios, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº3 de Maó y de su partido judicial.
Y como consecuencia del ignorado paradero de (datos personales ocultos), se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
MAÓ a cinco de Diciembre de dos mil trece.
LA SECRETARIO JUDICAL