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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 22981
Juicio Verbal 310/2013, Sobre Otras Materias

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Texto

MARGARITA JUAN LOSA, Secretario/a Judicial, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 4 de PALMA DE MALLORCA,

A N U N C I O:

En el presente procedimiento JUICIO VERBAL 310/13 seguido a instancia de LA LONJA MARINA CHARTER SL frente a JUAN LUIS SERRA LALAURIE se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Vistos por Dª. Mª Isabel Frade Hevia, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 4 del Partido judicial de Palma de Mallorca los presentes autos de JUICIO VERBAL Nº 310/2.013, seguidos ante este juzgado a instancia de LA LONJA MARINA CHARTER, S.L., quien compareció representada por el/a Procurador/a Sr./a COMPANY CHACOPINO ALEMANY y defendido por el/a Letrado/a Sr./a LLOPIS SEGUÍ, contra D JUAN LUIS SERRA LALAURIE, en situación de rebeldía procesal, en reclamación de 2.314,42 €uros. 

FALLO

Estimo íntegramente la demanda  presentada por LA LONJA MARINA CHARTER, S.L. contra D JUAN LUIS SERRA LALAURIE, y en consecuencia, condeno a este último a pagar a aquella la cantidad de 2.314,42 €uros €uros, más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de interposición de la demanda hasta su completo pago. Con expresa condena en costas al demandado.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno

Así por esta sentencia, lo pronuncio lo mando y lo firmo.

PUBLICACIÓN. Leída y Publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Juez que la suscribe, estando celebrada audiencia publicada en el mismo día de su fecha, doy fe en Palma de Mallorca.

Y encontrándose dicho demandado, JUAN LUIS SERRA LALAURIE, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

PALMA DE MALLORCA a dieciocho de noviembre de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL,