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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

VICEPRESIDENCIA Y CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA

Núm. 572
Anuncio de notificación de la resolución del Vicepresidente y Consejero de Presidencia por la que se inicia el procedimiento de reintegro parcial de la subvención otorgada a la entidad Asociación de Malienses en Mallorca (exp. núm. 2032/M40/2011)

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Texto

De acuerdo con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y teniendo en cuenta que se ha intentado en dos ocasiones la notificación sin que se haya podido efectuar, se notifica a la entidad Asociación de Malienses en Mallorca, con CIF G57314346, que el día 7 de noviembre de 2013 el Vicepresidente y Consejero de Presidencia dictó una resolución por la que ordena el inicio del procedimiento de reintegro parcial de la subvención concedida en fecha 30 de mayo de 2011 para la modalidad gastos ordinarios de funcionamiento y alquiler de local, en los términos siguientes:

Resolución

Primero. Acordar el inicio del procedimiento de reintegro parcial de 812,61 € de la subvención otorgada a la entidad ASOCIACIÓN DE MALIENSES EN MALLORCA, con CIF G57314346, para la modalidad gastos ordinarios de funcionamiento y alquiler de local por justificación insuficiente, incurriendo en una de las causas de reintegro previstas en la normativa vigente en materia de subvenciones.

Segundo. Conceder a la entidad un plazo de 15 días a partir de la notificación de esta resolución para que pueda hacer las alegaciones o presentar los documentos que considere oportunos.

Tercero. Informar a la entidad que el plazo máximo para notificar la resolución expresa es de 12 meses a contar des de la notificación de esta resolución de inicio y que la falta de notificación en este plazo da lugar a la caducidad del procedimiento, y que no se puede interponer ningún recurso, sin perjuicio que, de acuerdo con lo previsto en el segundo párrafo del artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, pueda alegar oposición para su consideración en la resolución que finalice este procedimiento.

Cuarto. Informar a la entidad que el expediente se encuentra a su disposición en la sede de la Dirección General de Cooperación e Inmigración (Pl. de la Drassana, 4 Palma), de lunes a viernes, de 9.00 a 14.00 horas. 

Quinto. Notificar esta resolución a la entidad interesada.

 

Palma, 16 de diciembre de 2013

 

La Directora General de Cooperación e Inmigración

Antònia M. Estarellas Torrens