Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
VICEPRESIDENCIA Y CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA
Núm. 569
Notificación de la resolución del Vicepresidente y Consejero de Presidencia por la que se ordena la revocación total de la subvención otorgada a la entidad ASOCIACIÓN MALLORQUINA DE ACCIÓN SOCIAL (AMAS) para llevar a cabo la ejecución del proyecto “5º ciclo de cine argentino” (1456/A02/2011)
De acuerdo con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y teniendo en cuenta que no se ha podido notificar personalmente por los medios legalmente establecidos, dado que el servicio de Correos ha devuelto las notificaciones individuales, se notifica a la entidad ASOCIACIÓN MALLORQUINA DE ACCIÓN SOCIAL (AMAS), con CIF G57469470, que el día 31 de octubre de 2013 el Vicepresidente y Consejero de Presidencia dictó una Resolución en los términos siguientes:
Primero. Revocar totalmente la subvención de 1.602,00 € concedida en fecha 30 de mayo de 2011 a la entidad ASOCIACIÓN MALLORQUINA DE ACCIÓN SOCIAL, con CIF G57469470, para llevar a cabo la ejecución del proyecto denominado “5º Ciclo de cine argentino”.
Segundo. Notificar esta resolución a la entidad interesada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Vicepresidente y Consejero de Presidencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, a 7 de enero de 2014
La Directora General de Cooperación e Inmigración
Antònia M. Estarellas Torrens