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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA

Núm. 263
Aprobación definitiva de los usos detallados de equipamiento de Sa Vinyeta, añadiendo el uso docente

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Texto

El Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria de día 12 de diciembre de 2013, adoptó sobre la modificación de los usos pormenorizados de equipamiento que establece el Plan Especial de Ordenación del Sistema General de Espacios libres públicos, Albergue juvenil y jardín botánico sa Vinyeta, para añadir el uso docente , el siguiente acuerdo:

"Primero. - Aprobar definitivamente la modificación de los usos pormenorizados de equipamiento que establece el Plan Especial de Ordenación del Sistema General de Espacios Libres Públicos, Albergue Juvenil y Jardín Botánico en Sa Vinyeta, edificio de titularidad pública y que forma parte del Catálogo de Protección del Patrimonio Histórico Municipal, con ficha VIN- A1, con referencia catastral 07015A001000520000OE, ubicado en el Camino Viejo de Sa Farola, parcela 52 del polígono 1 del catastro rústico, añadiendo el uso docente, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 15 de la Ley 7 /2012, de 13 de junio, de medidas urgentes para la ordenación urbanística sostenible.

Segundo . - Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. También se publicará en la correspondiente dirección o punto de acceso electrónico municipal y comunicarse al Archivo central de urbanismo y al Consejo Insular de Menorca . "

Este acuerdo es definitivo en vía administrativa, y contra este se podrá interponer, alternativamente, los recursos siguientes :

- Directamente, el recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado contencioso administrativo de las Islas Baleares, correspondiente a esta jurisdicción, que resulte competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación de este acuerdo.

- El recurso de reposición potestativo, ante el Pleno del Ayuntamiento, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación de este acuerdo. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación de la desestimación del recurso de reposición. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta .

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 2971998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

 

Ciutadella de Menorca, 8 de enero de 2014

 

El alcalde,

José M ª de Sintas Zaforteza