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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGALIDA

Núm. 171
Notificación resolución de alcaldia exp 53/2012

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 192.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Administraciones Locales, le comunico que el Sr . Alcalde -Presidente , Antoni Reus Darder , en fecha 4 de noviembre de 2013 , ha dictado la siguiente resolución:

“ Exp: DU 53/2012

Asunto : Resolución de recurso de reposición contra decreto de imposición de sanción .

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Visto el recurso de reposición presentado por A.S. amb NIE X2721630V en fecha 5 de agosto de 2013 y RGE 5381 en relación a la resolución de alcaldía de fecha 2 de mayo de 2013 sobre imposición de sanción por infracción urbanística y orden de restablecimiento de la legalidad por haber realizado obras sin licencia consistentes en realizar una piscina y un porche en la parcela 15 solar 19 de la avenida Santa . Eulalia 4.

Visto el informe de la aparejadora municipal de fecha 17 de mayo de 2013 en que se acepta la valoración presentada por el recurrente fijando definitivamente la valoración de las obras en la cantidad de 7.475 '09 Euros .

Dado que en relación al indicado recurso de reposición el TAG de Urbanismo ha emitido informe en fecha 25 de septiembre de 2013 que textualmente dice:

"... La aparejadora municipal ha informado al respecto en fecha 11 de septiembre de 2013 todo considerando  que la piscina en el mes de junio de 2004 ya estaba realizada o fijando definitivamente el valor de las obras del porche (que no han prescrito ) en la cantidad de 7.475´09 Euros.

En cuanto a la prescripción del art . 73.1 de la ley 10/1990 de disciplina urbanística dispone que las infracciones prescribirán a los 8 años desde su total finalización, por lo tanto, considerando el informe de la aparejadora la infracción en cuanto a la piscina habría prescrito…"

En consideración a lo anteriormente expuesto,

HE RESUELTO :

PRIMERO . - ESTIMAR parcialmente el recurso interpuesto , A.S. en fecha 5 de agosto de 2013 y RGE 5381 en relación a la resolución de alcaldía de fecha 2 de mayo de 2013 sobre imposición de sanción por infracción urbanística y orden de restablecimiento de la legalidad por haber realizado obras sin licencia consistentes en realizar una piscina y un porche en la parcela 15 solar 19 de la avenida Santa . Eulalia 4 . únicamente en cuanto a la prescripción de la piscina y fijación de la cantidad en que se deben valorar las obras para la imposición de la sanción quedando alterado también el pronunciamiento en cuanto al restablecimiento de la legalidad urbanística en el sentido de que sólo se debe derribar el porche .

SEGUNDO . - IMPONER , de conformidad con lo anterior , la Sra. A. S. en  calidad de promotor y como responsable de una infracción urbanística del arte . 27 de la Ley 10/1990 de disciplina urbanística , una sanción por importe del 50% del valor de las obras , por importe de TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE EUROS CON SESENTA CÉNTIMOS DE EURO ( 3.737 '60 € ).

TERCER . - INDICAR que el pago de dicha sanción deberá hacerse mediante transferencia bancaria en cualquiera de las siguientes cuentas del Ayuntamiento de Santa Margalida en el plazo de 30 días contados desde el siguiente a la notificación de la presente resolución . Transcurrido este plazo sin que se haya efectuado el pago voluntario de las sanciones , este Ayuntamiento procederá al cobro por vía de apremio .

Cuentas corrientes para hacer el ingreso :

BANCA MARCH 0061-0026-62-0022860185

LA CAJA 2100-0107-14-0200001164

SA NOSTRA -BMN 0487-2103-25-2000001624

BANCO . SAN . CENT . HPNO 0049-3186-58-1910002890

BANCO CREDIT BALEAR 0024-6819-36-0660000173

CUARTO . – NOTIFICAR. La presente resolución a los interesados indicando los recursos pertinentes . “

Contra la resolución del recurso de reposición, podrá interponer recurso ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición.

No obstante, podrá utilizar cualquier otros recursos si lo cree conveniente.

Por lo que se notifica la presente para efectos oportunos .

 

Santa Margarita, 5 de noviembre de 2013

El Secretario Acctal
Jaume Adrover Cánaves