Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE EIVISSA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 4 DE EIVISSA
Núm. 22526
Procedimiento ordinario 443/2012, sobre otras materias
CEDULA DE EMPLAZAMIENTO.- En el procedimiento de referencia se ha extendido cédula del tenor literal siguiente:
CÉDULA DE EMPLAZAMIENTO
ORGANO JUDICIAL QUE ORDENA EMPLAZAR
JDO. PRIMERA INSTANCIA N.4 de IBIZA/EIVISSA.
ASUNTO EN QUE SE ACUERDA
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 443/2012, sobre acción declarativa de dominio, por usucapión extraordinaria, sobre la finca registral 8172 bis, casa de planta baja y piso sita en la c/ Floridablanca nº 1 de Ibiza, inscrita en el Registro de la Propiedad nº 1 de esta ciudad, al tomo 1.439, libro 85, folio 73, alta 1.
PERSONA A LA QUE SE EMPLAZA
1.- MARIA RIBAS RIERA, en concepto de parte demandada.
2.- JUANA RIERA PLANELLS, en concepto de parte demandada.
3.- MARIA RIERA PLANELLS, en concepto de parte demandada.
4.- Ignorados herederos de MARIA RIBAS RIERA, JUANA RIERA PLANELLS y MARIA RIERA PLANELLS, en concepto de parte demandada.
OBJETO DEL EMPLAZAMIENTO
Comparecer en el juicio indicado para contestar a la demanda.
ORGANO JUDICIAL ANTE EL QUE DEBE COMPARECER
En la sede de este órgano judicial.
PLAZO PARA COMPARECER
Veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de este emplazamiento.
PREVENCIONES LEGALES
1.- Si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarará en situación de rebeldía procesal, y notificada su rebeldía, no se le volverá a notificar resolución alguna excepto la que ponga fin al procedimiento (arts. 496 y 497 de la L.E.C.).
2.- Deberá comparecer con Procurador que lo represente y Letrado que le defienda (arts. 23 y 31 de la L.E.C.).
3.- Deberá comunicar a este órgano judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación del proceso (art. 155.5 de la L.E.C.).
En IBIZA/EIVISSA, a 21 de enero de 2013.
LA SECRETARIO JUDICIAL
Y como consecuencia del ignorado paradero de la parte demandada, se extiende la presente para que sirva de cédula de emplazamiento, en IBIZA/EIVISSA a cuatro de Noviembre de dos mil trece.
LA SECRETARIO JUDICIAL