Sección V. Anuncios
Subsección tercera. Anuncios particulares
PARTICULARES
Núm. 23118
Berta Gollonet Delgado, Notario del Ilustre Colegio de Baleares, con residencia en Sant Josep de Sa Talaia. Acta de notoriedad para inmatriculación de exceso de cabida
HAGO CONSTAR:
Que la entidad mercantil “EL AYOUN HOSTELERÍA, S.L.”, con CIF B57413486, con domicilio en Sant Antoni de Portmany, calle del Mar, número 17, de conformidad con lo dispuesto en los Art. 53.10 de la Ley 13/1996 de 30 de diciembre, 200 y 203 de la Ley Hipotecaria y 298 del Reglamento Hipotecario, ha iniciado ante mí, con fecha cinco de diciembre de dos mil trece, ACTA DE NOTORIEDAD con la finalidad de acreditar el exceso de cabida de la siguiente finca sita en término de SANT JOSEP DE SA TALAIA:
Parcela de terreno de una extensión superficial de dos mil metros cuadrados (2.000 m2), según el Registro de la Propiedad; tres mil cincuenta y cuatro metros cuadrados (3.054 m2), según reciente medición técnica, sita en CALA CORAL, Sant Agustí des Vedrá, término municipal de Sant Josep de Sa Talaia.
Sobre la misma existe una casa de planta baja y piso, de una superficie construida total de trescientos trece metros, sesenta y ocho decímetros cuadrados.
Linda: Norte, restante finca, hoy parcela 172 del polígono 21 de “BRIGITTE, S.A.”; Sur, restante finca, hoy parcela 16 del polígono 21 de “CORAL MAR, S.A.”, camino mediante; Este, restante finca, hoy parcela 138 del polígono 21 de Don Adriaan Van Rhee, camino mediante; y Oeste, restante finca, parcela 16 del polígono 21 de “CORAL MAR, S.A.”.
REFERENCIA CATASTRAL.- Corresponde a la finca de origen la referencia catastral número 07048A021000160000DB, y a la construcción descrita la número 000800300CD41B0001XH.
INSCRIPCIÓN.- Inscrita en el Registro de la Propiedad Número 2 de Ibiza al tomo 1.584, libro 380, folio 12, finca número 15.201.
TITULO.- Le pertenece la finca descrita por compra, en virtud de escritura autorizada por el Notario de Sant Antoni de Portmany, Don Germán María León Pina, el 31 de marzo de 2006, número 706 de protocolo.
“EL AYOUN HOSTELERÍA, S.L.”, por medio de su representante, asevera bajo pena de falsedad en documento público y bajo su responsabilidad:
a) Que esta finca no tiene la extensión superficial que figura en el Registro de la Propiedad de dos mil metros cuadrados; sino la extensión de tres mil cincuenta y cuatro metros cuadrados (3.054 m2), que se desprende del informe técnico presentado.
b) Y que tal extensión se comprende entre los linderos que constan en la acta mencionada y que se reproducen en el presente edicto.
Lo que se hace saber, a fin de que cualquier persona que se considere con derecho a oponerse a lo pretendido por la entidad requirente, se personen en mi despacho, sito en Sant Jordi de Ses Salines, término de Sant Josep de Sa Talaia, calle Timbal, número 12, Edificio Las Olas, Bloque 1, puerta 2, DENTRO DEL PLAZO DE VEINTE DIAS a contar desde esta publicación, para exponer y justificar sus derechos.
En Sant Josep de Sa Talaia, a cinco de diciembre de dos mil trece.
Berta Gollonet Delgado.