Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 103
Departamento de Movilidad / Sección de Transportes. Resolución para la modificación de limitaciones que afectan a los auto-taxis adaptados para el inicio del servicio en los estacionamientos del aeropuerto y del puerto

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el 19 de Diciembre de 2013, ha adoptado el siguiente acuerdo:

1. Dejar sin efecto las siguientes determinaciones sobre organización de la modalidad de taxi adaptado: 

a) El punto 10º del acuerdo plenario de 22 de Diciembre de 2005, publicado en el BOIB núm. nº  28 de fecha 23.2.2006, regulador de los turnos especiales de los taxis adaptados, modificado mediante Acuerdo plenario de 25 de Octubre de 2012, sobre prohibición iniciar servicios a los referidos autotaxis en los estacionamientos del aeropuerto y del puerto durante dos quincenas periódicamente distribuidas.

b) El punto 1º del Decreto núm. 22981 de 2 de Diciembre de 2011 con publicación en el BOIB de 14 de Enero de 2012, del Regidor del Área Delegada de Movilidad, sobre prohibición temporal de una hora de duración, anterior al momento de inicio del turno de tarde de los turnos generales de autotaxi, en el acceso al estacionamiento ordinario del aeropuerto y a la correspondiente zona de repuesto, durante la temporada baja.

c) El punto 3º del Decreto núm. 9188 de 5 de Julio de 2006, del regidor de Tráfico y Transportes, que afecta limitativamente  al aeropuerto y al puerto durante los servicios denominados de refuerzo del turno de guardia durante la temporada alta.

d) Los puntos 11.a y 11.c del Acuerdo plenario de 27 de Septiembre de 2012, publicado en el BOIB núm. 160 de 30 de Octubre de 2012, que de modo concordante afectan a la indicada prohibición de acceso por plazo de una hora, entre las 12.45 y las 13.44 horas, al estacionamiento ordinario del aeropuerto, durante los meses de Marzo y Abril, así como a la específica determinación de quincenas de restricción de acceso de los taxis adaptados a  los referidos estacionamientos durante las sucesivas temporadas de prestación del servicio de autotaxi.

2. Dar traslado de la presente resolución a las entidades representativas de los intereses profesionales del sector del taxi. Entrando inmediatamente en vigor de conformidad con el artículo 57.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de su publicación en  el BOIB.

Contra este acto administrativo, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. El plazo para interponerlo es de un mes a contar desde el día siguiente  al de la publicación.  En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo se tendrá que presentar en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contencioso-administrativa. Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 116 antes citado y lo que dispone la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa,  ante el Juzgado Contencioso-Administrativo o la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/98, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente  al de la publicación. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.

 

Palma a 2 de gener de 2014

Por delegación del alcalde
El regidor del Area delegada de Movilidad
p.d. Decret de alcaldía núm. 8436, de 13/05/2013
(BOIB núm. 70, de 18/05/2013)
Gabriel Vallejo Gomila