Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Núm. 97
Resolución de la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública de 12 de diciembre de 2013 por la que se modifica la convocatoria para constituir dos bolsas de la subescala, clase o categoría de Técnico/a de grado medio de emergencias publicada en el BOIB núm. 49, de 11 de abril de 2013
La consejera del departamento de Hacienda y Función Pública ha dictado, en fecha de hoy, la siguiente resolución:
"Hechos
Dada la convocatoria para constituir dos bolsas de la subescala, clase o categoría de Técnico-a de grado medio de emergencias para el Servicio de Bomberos de Mallorca, por los procedimientos extraordinario y específico de selección, mediante el sistema de concurso de méritos, para cubrir, con carácter de interinidad, plazas vacantes del Consell de Mallorca, llevada a cabo mediante Resolución de la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública de 22 de marzo de 2013 y publicada en el BOIB núm. 49, de 11 de abril de 2013.
La publicación en el BOIB núm. 162, de 23 de noviembre de 2013, del acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca de día 14 de noviembre de 2013, aprueba la modificación de la RPT del Consell de Mallorca.
En dicho instrumento de ordenación de los puestos de trabajo se recoge, entre otras, la siguiente modificación: "Ampliación de las titulaciones en todas las ingenierías e ingenierías técnicas en el lugar de trabajo identificado con el código 01065"
Dado que dicho código 01065 es el código de la RPT de la clase o categoría convocada.
Dado que se autoriza a la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública para llevar a cabo la aplicación individualizada de las determinaciones contenidas en la modificación aprobada.
Resolución
Por lo tanto, resuelvo:
1. Modificar las bases de la convocatoria para constituir una bolsa de la subescala, clase o categoría de Técnico/a de grado medio de emergencias, convocada mediante resolución de la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública de 22 de marzo de 2013 y publicada en el BOIB núm. 49 de 11 de abril de 2013, con el fin de adaptarlas a la modificación de la RPT, aprobada por el Pleno del Consejo de Mallorca de día 14 de noviembre de 2013 y publicada en el BOIB núm. 162, de 23 de noviembre de 2013, de forma que
Donde dice:
TITULACIÓN REQUERIDA: Arquitectura Técnica o Ingeniería técnica industrial.
Debe decir:
TITULACIÓN REQUERIDA: Todas las ingenierías técnicas.
2. - Conceder un nuevo plazo de 15 días hábiles, a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOIB, para que las personas interesadas puedan presentar una instancia solicitando tomar parte en la presente convocatoria.
No será necesario que las personas aspirantes que hayan presentado instancia en la convocatoria publicada en el BOIB núm. 49, de 11 de abril de 2013, tengan que volver a presentarla, sin perjuicio de que, dentro del nuevo plazo señalado en esta convocatoria, puedan adjuntar nuevos méritos con una nueva instancia.
3. Ordenar a la Dirección Insular de Función Pública que inicie los trámites oportunos de selección, publicando en el BOIB esta resolución e insertando en prensa el anuncio correspondiente.
4. Comunicar al Servicio de Ocupación de las Islas Baleares la modificación de la convocatoria para que haga la oportuna difusión.
5. Dar traslado de esta resolución a los sindicatos integrados en la Mesa General conjunta de Personal Funcionario y Laboral, publicarla en el tablón de edictos de la Llar de la Infancia (C/ General Riera, 113 de Palma) y, a efectos informativos, en la página web del Consell de Mallorca.
6. Contra esta Resolución que no pone fin a la vía administrativa se puede interponer el recurso de alzada ante la Presidencia del Consell de Mallorca, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el BOIB.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.
Una vez transcurridos tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución, se puede interponer el recurso contencioso administrativo, contra la desestimación presunta del recurso de alzada, sin limitación temporal, mientras no haya resolución expresa.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se considere pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29 /1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. "
Palma, 12 de diciembre de 2013
EL SECRETARIO TÉCNICO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
(Por delegación según resolución de 16/09/2013)
Matías Veñy Orell