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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 72
Notificación de la resolución sancionadora de expedientes sancionadores del Ayuntamiento de Eivissa en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Intentadas, sin efecto, las notificaciones por correo certificado con acuse de recibo, y dado que no han podido practicarse por ignorarse el domicilio o no haber sido localizadas las personas interesadas que se relacionan, se procede, en cumplimiento de lo que establece el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común – BOE de 27 de noviembre -, a la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de lo siguiente:

Esta Alcaldía, haciendo uso de las facultades otorgadas por el artículo 71.4 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, que aprueba el Texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, modificado por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, y en virtud de las atribuciones que me han sido delegadas mediante Decreto de data 25 de junio de 2013, RESUELVO:

SUPUESTO A)

“Vistas las actuaciones practicadas en el expediente sancionador y la propuesta de resolución que me eleva la persona instructora basada en los fundamentos que, de manera específica y sucinta, constan en el expediente, esta Alcaldía, haciendo uso de las facultades otorgadas por el artículo 71.4 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, que aprueba el Texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, modificado por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, y en virtud de las atribuciones que me han sido delegadas mediante Decreto de data 25 de junio de 2013, RESUELVO:

1º.- Imponer a la persona responsable de la infracción que se indica la sanción correspondiente con la cuantía fijada.

2º.- Notificar el presente decreto a las personas interesadas”.

SUPUESTO B)

“Vistas las actuaciones practicadas en el expediente sancionador iniciado por incumplimiento del deber de identificar verazmente al conductor responsable de la infracción, según la forma ordenada en el requerimiento que se le notificó debidamente, además del contenido de la propuesta de resolución que me eleva la persona instructora, después de comprobar la inexistencia de alegaciones, esta Alcaldía, haciendo uso de las facultades otorgadas por el artículo 71.4 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, modificado por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, y en virtud de las atribuciones que me han sido delegadas mediante Decreto de fecha 25 de junio de 2013, RESUELVO:

1º.- Imponer a la persona titular del vehículo la sanción correspondiente con la cuantía fijada.

2º.- Notificar el presente decreto a las personas interesadas”.

SUPUESTO C)

“Vistas las actuaciones practicadas en el expediente sancionador y la propuesta de resolución que me eleva la persona instructora basada en los fundamentos que, de manera específica y sucinta, constan en el expediente, esta Alcaldía, haciendo uso de las facultades otorgadas por el artículo 71.4 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, que aprueba el Texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, modificado por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, y en virtud de las atribuciones que me han sido delegadas mediante Decreto de data 25 de junio de 2013, RESUELVO:

1º.- El sobreseimiento y archivo del expediente sin imponer sanción alguna.

2º.- Notificar el presente decreto a las personas interesadas”.

RECURSOS (PARA LOS SUPUESTOS A Y B)

Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo que dispone el artículo 82.3 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, modificado por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, o bien puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo.

El plazo para interponer el recurso de reposición será de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación del presente decreto y, en este caso, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que no sea resuelto el de reposición.

Si decide interponer recurso de reposición lo debe presentar en el Registro General del Ayuntamiento, en el plazo anteriormente indicado.

Le informamos que según el artículo 82.3 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, la interposición del recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado ni de la sanción. En caso que la persona recurrente solicite la suspensión de la ejecución, ésta se entenderá denegada transcurrido el plazo de un mes desde la solicitud sin que se haya resuelto.

El recurso se entenderá desestimado si no se resuelve y notifica en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su interposición, quedando, en este caso, expedita la vía contenciosa-administrativa.

El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación del presente decreto.

Debe hacer efectivo el importe de la sanción dentro del plazo de QUINCE DÍAS NATURALES siguientes a la fecha de la firmeza de esta resolución. Dicha firmeza se producirá cuando no se interponga recurso potestativo de reposición en el plazo antes indicado, o bien por la resolución expresa o presunta del mismo.

Vencido el plazo de ingreso establecido en el apartado anterior sin que se hubiese satisfecho la multa, su cobro se llevará a cabo por el procedimiento de apremio, según el artículo 90.2 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, añadido por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre.

FORMAS DE PAGO (PARA LOS SUPUESTOS A Y B)

Puede pagar el importe fijado para la infracción imputada por cualquiera de estos medios:

1.- En el Servicio de Recaudación del Ajuntament d'Eivissa, situado en la c/ de Canarias, nº 35, 1º, en metálico, cheque conformado o tarjeta de crédito, indicando el número de expediente y matrícula del vehículo.

2.- Por medio de giro postal dirigido al Servicio de Recaudación del Ajuntament d'Eivissa, indicando el número de expediente, fecha de la denuncia y matrícula del vehículo.

3.- Por medio de ingreso en cualquier sucursal de las siguientes entidades bancarias: Banco Sabadell c/c núm. 0081-0622-07-0001521062, Banco Mare Nostrum bmn “Sa Nostra” c/c núm. 0487-2028-64-2000013800 i Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona “LA CAIXA” c/c núm. 2100-0056-19-0200930526, indicando el número de expediente y matrícula del vehículo.

NOTA INFORMATIVA

Este Ayuntamiento remitirá a la D.G.T. los datos relativos a las infracciones graves o muy graves que impliquen pérdida de puntos en el permiso o licencia para conducir, según consta en el Anexo II del RDL 339/1990, de 2 de marzo.

 

Eivissa, 19 de diciembre de 2013

El Regidor  delegat
Constantino Larroda Azcoitia

 

BOLE/AÑO

INFRACTOR

MATRÍCULA

ARTICULO

CUANTIA

SUP.

293.832 / 13

ALMADI CORONA DE ARAGON SL

5737-BHZ

65-5-J

600,00

A

790.629 / 13

ARCONES ENRIQUE LUIS MIGUEL

3831-CZH

9-3-

90,00

A

832.018 / 13

AUTOTRANSPORTE TURISTICO ESPAÑ

1295-HRN

9-3-

90,00

A

721.947 / 13

AUTOTRANSPORTE TURISTICO ESPAÑ

5790-HRH

9-1-

90,00

A

641.984 / 13

AUTOTRANSPORTE TURISTICO ESPAÑ

5339-HNW

9-1-

90,00

A

802.044 / 13

BOLUDA PALOMO JULIO

8938-CML

9-1-

90,00

A

641.757 / 13

CASTRO CAMPOS ANTONIO

8204-DMB

9-1-

90,00

A

830.690 / 13

CHAVES GARCIA JUAN JOSE

4859-CGT

9-1-

90,00

A

691.466 / 13

CHAVES GARCIA JUAN JOSE

4859-CGT

9-3-

90,00

A

692.888 / 13

DI TOMMASO GIANLUCA

0917-GVV

9-1-

90,00

A

341.559 / 13

DIEZ GARRIDO JUDIT

7152-GJP

50-1-12

300,00

A

331.423 / 13

DORREGO TIKTIN ARTURO

1951-DPT

65-5-J

200,00

A

332.074 / 13

DOYNEL MALJEAN VERONIQUE PATRI

3680-CFZ

65-5-J

160,00

A

332.252 / 13

ECHEVARRIA GONZALO LAIDA

7130-FNN

65-5-J

200,00

A

331.793 / 13

EIVIHOUSE CONSTRUC Y PROMOC SL

8479-CNN

65-5-J

200,00

A

331.886 / 13

ENJUTO SARMENTERO ROBERTO

8628-FYC

65-5-J

200,00

A

702.574 / 13

EUROPCAR IB SA

C-3453-BVL

9-1-

90,00

A

803.973 / 13

EUROPCAR IB SA

C-3468-BVL

9-1-

90,00

A

331.968 / 13

FERNANDEZ MUÑOZ JOSE MARIA

IB-0915-BL

65-5-J

200,00

A

771.848 / 13

FERRER MARI MARIANO

9244-HDB

9-3-

90,00

A

790.647 / 13

GAMEZ LIÑAN ELOISA

3709-CDG

9-3-

90,00

A

326.108 / 13

GARCIA JUBERIAS JOSE PEDRO

0047-GJN

65-5-J

200,00

A

702.404 / 13

GONZALEZ MORANTE MARIA DOLORES

8841-HMK

9-1-

90,00

A

810.842 / 13

GUASCH GUASCH ANTONIO

3402-GHF

9-1-

90,00

A

820.209 / 13

GUASCH RIERA CATALINA

7450-CLX

9-1-

90,00

A

751.582 / 13

GUASCH TUR JOSE BARTOLOME

2910-GBY

9-1-

90,00

A

681.499 / 13

GUILLEM PASCUAL CARMEN

3005-BCL

9-1-

90,00

A

731.713 / 13

HILINGER NIETO JOSE ALBERTO

4174-CKT

9-1-

90,00

A

661.946 / 13

ICETA VIDALLER JON JOSEBA

8354-CGS

65-5-J

180,00

A

337.787 / 13

JBK MEDIOS SL

0256-DKV

94-2F-5Y

90,00

A

662.773 / 13

LANZAT PEREZ FRANCISCO JOSE

1326-DKK

9-1-

90,00

A

331.460 / 13

LUNA CABRERA ANTONIO

9413-HMD

65-5-J

160,00

A

810.371 / 13

MANUEL RIBAS JAIME

1518-CKK

9-1-

90,00

A

331.951 / 13

MENDOZA RAMOS BORJA

4734-BCX

65-5-J

200,00

A

751.037 / 13

MIR NOTARIO ANTONIA

3042-CHS

9-1-

90,00

A

663.749 / 13

MOLINA SANCHEZ AROA

CU-3450-K

9-1-

90,00

A

663.710 / 13

MOLINA SANCHEZ AROA

CU-3450-K

9-1-

90,00

A

330.563 / 13

NAVARRO GARCIA JOSE

2391-CTT

65-5-J

160,00

A

331.987 / 13

NAVARRO GARCIA JOSE

2391-CTT

65-5-J

160,00

A

721.760 / 13

NUÑEZ GONZALEZ ANGEL

7936-CJF

9-1-

90,00

A

830.542 / 13

NUÑEZ GONZALEZ ANGEL

7936-CJF

9-3-

90,00

A

326.105 / 13

PARIS PEÑA JAVIER ADRIAN

5711-CLD

65-5-J

200,00

A

641.663 / 13

PEREZ BELLON DAVID

2104-FPV

9-1-

90,00

A

680.899 / 13

RAMON COSTA DANIEL

7246-GNL

9-1-

90,00

A

842.118 / 13

RED ANTONY SL

8325-HDG

9-1-

90,00

A

662.463 / 13

RED ANTONY SL

1217-HSC

9-1-

90,00

A

771.615 / 13

RED ANTONY SL

1065-HSC

9-1-

90,00

A

791.406 / 13

RED ANTONY SL

8325-HDG

9-1-

90,00

A

831.075 / 13

RED ANTONY SL

6167-HFP

9-1-

90,00

A

663.730 / 13

RED ANTONY SL

6099-HFP

9-1-

90,00

A

731.226 / 13

RED ANTONY SL

1690-HFP

9-1-

90,00

A

732.162 / 13

RED ANTONY SL

6615-HFP

9-1-

90,00

A

333.041 / 13

REPRESENTACIONES SAN ANTONIO

3581-CGP

94-2A-5B

200,00

A

332.135 / 13

RIBAS RIERA JOSE

4319-DTT

65-5-J

200,00

A

722.439 / 13

RIBAS TORRES VICENTE

IB-0350-DL

9-1-

90,00

A

299.471 / 13

SAN MARTIN HERNANDEZ FERNANDO

B-5759-KP

65-5-J

200,00

A

336.124 / 13

SANCHEZ JUNCO MANS JOSE FERNAN

5733-HFL

143-1-5A

200,00

A

660.779 / 13

SANZ LUIS MA CONCEPCION

3042-DNG

9-1-

90,00

A

752.118 / 13

SECURITIFLEET SL

2591-HJP

9-1-

90,00

A

332.057 / 13

SEGOVIA VENDRELL MIGUEL

M-3798-MV

65-5-J

160,00

A

331.962 / 13

TOTU PETRE SORIN

0651-DBC

65-5-J

200,00

A

830.670 / 13

URIZ ROMERO ALEJANDRO

B-6999-VV

9-1-

90,00

A

722.347 / 13

VENEGAS MARTIN JAIME

3731-DWR

9-1-

90,00

A

332.567 / 13

VICENTE FERNANDEZ MARCELO FABI

IB-0013-BY

65-5-J

200,00

A