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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE LLOSETA

Núm. 32
Aprobación definitiva presupuesto general para el 2014

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Texto

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA

En sesión plenaria celebrada el pasado día 02-12-2013, se aprobó inicialmente el Presupuesto General de esta Entidad para el 2014,  dado que se han presentado reclamaciones durante el plazo de información pública, el Pleno de la Corporación municipal, en sesión extraordinaria urgente, celebrada el pasado día 30/12/2013, desestimó las alegaciones presentadas y aprobó definitivamente el presupuesto para el ejercicio 2014, bases de ejecución, plantilla de personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica su resumen por capítulos:

ESTADO DE GASTOS

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

CAPÍTULO 1: Gastos de Personal: 2.093.910,30 euros.

CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios: 1.574.811,70 euros.

CAPÍTULO 3: Gastos Financieros: 66.400,00 euros.

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes: 594.750,00 euros.

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

CAPÍTULO 6: Inversiones Reales: 82.000,00 euros.

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital: 49.950,00 euros

B) OPERACIONES FINANCIERAS

CAPÍTULO 8: Activos Financieros: 0 euros.    

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros: 278.178,00 euros.

TOTAL: 4.740.000,00 euros.

 

ESTADO DE INGRESOS

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

CAPÍTULO 1: Impuestos Directos: 2.143.750,00 euros.

CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos: 100.000,00 euros.

CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos:1.116.180,00 euros.

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes: 1.342.700,00 euros.

CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales: 17.370,00 euros.

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

CAPÍTULO 6: Alienación de Inversiones Reales: 0,00 euros.

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital: 20.000,00 euros.

B) OPERACIONES FINANCIERAS

CAPÍTULO 8: Activos Financieros: 0,00 euros.

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros: 0,00 euros.

TOTAL: 4.740.000,00 euros.

 

PLANTILLA DE PERSONAL

*A.- PLAZAS RESERVADAS A FUNCIONARIOS DE CARRERA.-

 

Denominación

Grup

Núm.

Vacantes

A extinguir

1.- Habilitación de Carácter Estatal

 

 

 

 

1.1. Secretario/a

A-1

1

-

-

1.2. Interventor/a

A-1

1

1

-

2.- Escala de Administración General

 

 

 

 

2.1. Subescala técnica:

        Técnico/a de Administración General

 

A-1

 

1

 

-

 

-

2.2. Subescala Administrativa:

     Administrativa de Administración Gral.

 

C-1

 

4

 

1

 

-

2.3. Subescala Auxiliares:

          Auxiliar Administrativa

C-2

1

-

-

3.- Escala Administración Especial

 

 

 

 

3.1. Subescala servicios especiales

 

 

 

 

3.2. Policía Local

          Oficial

          Policía Local

          Policía Turística

 

C-1

C-1

C-1

 

1

9

2

 

-

2

-

 

-

2*

-

TOTALS

 

20

4

2

* El nivel académico de Mariano Medina Ripoll y Francisco Llabrés Abellon es el graduado escolar, por tanto, la su plaza será a extinguir.

 

B.     PERSONAL LABORAL.

 

Denominación

Núm.

Vacantes

De actividad Permanente

- Administrativo de contabilidad

- Auxiliar Administrativa

- Trabajadora Social

- Ordenanzas Edificios Municipales

- Bibliotecaria

- Secretaria de Juzgado de Paz

-  Limpiadoras

- Oficiales 1a

- Oficiales 2a

- Trabajadoras familiares

- Técnico de cultura

- Ordenanza notificador

- Enfermera Centro de día

- Terapeuta ocupacional

- Cocinera Centro de día

- Monitores piscina

- Recepcionista piscina

                      Suma

 

1

1

1

1

1

1

7

4

1

8

1

1

1

1

1

1

1

 33

 

-

-

-

-

-

-

3

-

-

2

-

-

1

1

-

-

-

  7

De Actividad no permanente

- Auxiliar educadora

- Monitor piscina

- Auxiliar administrativa

- Ordenanza Punto Verde

- Peón brigada

- Monitora refuerzo escolar

- Limpiadora

 

                       Suma

 

1

6

1

1

1

1

1

 

12

 

-

-

-

-

-

-

-

-

                                                                                                             

Esta aprobación puede ser impugnada ante de la jurisdicción contenciosa administrativa, con los requisitos, formalidades y causas indicadas en el articulo 170 y 171 del Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de esta jurisdicción.

 

Lloseta, 2 de enero de 2013.

 

El Batlle,

 Bernat Coll Ramon.-