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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 5 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 23994
Juicio de Faltas 705/2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

D./DÑA. MARGARITA AVELLA SALÓM SECRETARIO DEL JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 005 DE PALMA DE MALLORCA

 DOY FE Y TESTIMONIO:

Que en  el Juicio de  Faltas nº 705/2013 se ha  acordado la publicación de la citación:

 CÉDULA DE CITACIÓN

 En las actuaciones indicadas, iniciadas por denuncia de FRANCISCO MARQUEZ OSETE, se ha acordado citar a Vd., a fin de que el próximo día 14/01/2014  a las 13:00 horas asista en la SALA DE VISTAS a la celebración del Juicio de Faltas, seguido por FALTA DE DESCUIDO EN CUSTODIA ANIMAL FEROZ/DAÑINO, cuyos hechos ocurrieron en Marratxi el día 7 de Agosto de 2013, en calidad de DENUNCIADO, debiendo comparecer al acto de juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse. Si se tratare en su caso de persona jurídica, lo  habrá de hacer a traves de representante legal, acreditando en el acto del juicio tal carácter. Podrá igualmente comparecer asistido de Abogado si lo desea.

 Si pretende proponer en juicio de  prueba. de testigos  y no pudiera encargarse personalmente de su comparecencia el día y hora señalados, deberá interesar la citación judicial del/de los mismo/s aportando a este Juzgado, con una antelación mínima  de diez días al día de la vista, sus datos identificativos  y  domicilio/s, practicándose las citaciones por la oficina judicial, con la advertencia que en el acto del juicio deberá proponerse esta prueba.

SE LE APERCIBE de que, si reside/tiene su sede o local abierto , en este término municipal y no comparece ni alega justa causa  que se lo impida, se le podrá imponer una multa de 200 a 2.000  euros.  En caso de residir/tener su  Sede o local/es fuera de este término municipal no ‛tiene obligación. de concurrir al acto del juicio, pudiendo dirigir escrito a este Juzgado en su  defensa, así como apoderar a Abogado o Procurador para que presente en el acto del juicio las alegaciones y pruebas de ADMINISTRACION descargo que tuviere,. conforme a  lo dispuesto en el artículo   970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

 De conformidad con lo establecido en el art. 971 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal SE LE APERCIBE de que la ausencia injustificada del denunciado no suspenderá la celebración ni la resolución del juicio siempre que conste habérsele citado con las formalidades prescritas en esta ley, a no ser que el Juez de oficio o a instancia de parte, crea necesaria la declaración de aquel. –

 Y para que conste y sirva de citación a MIGUEL TORRES BONET sin domicilio conocido, expido para su publÏcación en el Boletín Oficial de ILLES BALEARS, en PALMA DE ILLORCA a l0 de DICIEMBRE de 2.013.

 EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL