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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES

Núm. 23341
Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 18 de diciembre de 2014 por la cual se convoca los procedimientos para acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación correspondiente al programa común “PC00009” del PAPE 2014

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Texto

La Ley orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones y de la formación profesional tiene como finalidad la creación de un sistema nacional de cualificaciones y formación profesional que facilite la integración de las diferentes formas de certificación y acreditación de las competencias y de las cualificaciones profesionales. De acuerdo con el artículo 3.5 de esta norma, una de las finalidades de este sistema es evaluar y acreditar oficialmente la cualificación profesional de las personas interesadas, sea cuál sea la forma en que se haya conseguido. El artículo 4.1 b establece que uno de los instrumentos para ello es el procedimiento de reconocimiento, evaluación, acreditación y registro de las cualificaciones profesionales.

En el artículo 8.2, la ley orgánica mencionada establece que la evaluación y la acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación tienen como referente el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

El Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral determina el procedimiento único para evaluar y acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, de acuerdo con lo que prevé el artículo 8.2 de la Ley orgánica 5/2002.

De acuerdo con el artículo 21.1 b del Real Decreto mencionado, en cada comunidad autónoma las administraciones educativas y laborales competentes establecerán conjuntamente la estructura organizativa responsable de este procedimiento.

El Decreto 55/2011, de 20 de mayo, regulador de la estructura organizativa del procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, determina en el artículo 2.1 que la Consejería de Educación, Cultura y Universidades y el Servicio de Ocupación de las Illes Balears, conjuntamente o separadamente, aprobarán las convocatorias públicas del procedimiento de evaluación y de acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o de vías no formales de formación y garantizarán la estructura organizativa necesaria para gestionar el procedimiento. En caso de aprobarse de forma separada, es preceptivo un informe favorable vinculante del órgano administrativo no convocante.

El Decreto 55/2011 designa, en el artículo 3.1, al Instituto de las Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears como órgano encargado de la gestión y la coordinación de este procedimiento.

El reconocimiento de las competencias profesionales evaluadas mediante el procedimiento que regula el Real decreto 1224/2009, cuando las personas interesadas no completen las cualificaciones recogidas en el título de formación profesional o en el certificado de profesionalidad correspondiente, se realizará mediante una acreditación parcial acumulable, con la finalidad de poder completar la formación que les permita obtener el título y/o el certificado indicados, para facilitar a las personas el aprendizaje a lo largo de la vida y la mejora de su cualificación profesional.

Esta convocatoria estará financiada con fondos finalistas procedentes del Gobierno de España, SEPE, correspondientes a los Presupuestos Generales del Estado 2014 y cofinanciada por el Fondo Social Europeo.

Por todo eso, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Esta Resolución tiene por objeto convocar los procedimientos de evaluación y de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, incluidas en las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales que figuran a continuación:

  •  ADG308_2 Actividades de gestión administrativa (Real Decreto 107/2008, de 1 de febrero).

  • ADG084_3 Administración de recursos humanos (Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, y Real Decreto 107/2008, de 1 de febrero).

  • ADG310_3 Asistencia documental y de gestión en despachos y oficinas (Real Decreto 107/2008, de 1 de febrero).

  • AFD340_2 Socorrismo en espacios acuáticos naturales (Real Decreto 1521/2007, de 16 de noviembre).

  • AGA168_2 Instalación y mantenimiento de jardines y zonas verdes (Real Decreto 1228/2006, de 27 de octubre).

  • AGA457_2 Actividades de floristería (Real Decreto 715/2010, de 28 de mayo).

  • ELE257_2 Montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas de baja tensión (Real Decreto 1115/2007, de 24 de agosto).

  • ENA261_2 Montaje y mantenimiento de instalaciones solares fotovoltaicas (Real Decreto 1114/2007, de 24 de agosto).

  • HOT093_2 Cocina (Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, y Real Decreto 1700/2007, de 14 de diciembre).

  • HOT327_2 Servicios de bar y cafetería (Real Decreto 1700/2007, de 14 de diciembre).

  • HOT094_3 Recepción (Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, y Real Decreto 1700/2007, de 14 de diciembre).

  • HOT333_3 Gestión de pisos y limpieza en alojamientos (Real Decreto 1700/2007, de 14 de diciembre).

  • HOT095_3 Venta de servicios y productos turísticos (Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero).

  • HOT330_3 Creación y gestión de viajes combinados y eventos (Real Decreto 1700/2007, de 14 de diciembre).

  • IMA040_2 Montaje y mantenimiento de instalaciones frigoríficas (Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero).

  • IMA369_2 Montaje y mantenimiento de instalaciones de climatización y de ventilación y extracción (Real Decreto 182/2008, de 8 de febrero).

  • IMA367_1 Operaciones de fontanería y de calefacción y climatización doméstica (Real Decreto 182/2008, de 8 de febrero).

  • IMP119_2 Peluquería (Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre).

  • IMP121_2 Cuidados estéticos de manos y pies (Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre).

  • SAN491_3 Tanatopraxia (Real Decreto 140/2011, de 4 de febrero).

  • SSC089_2 Atención sociosanitaria a personas en el domicilio (Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero).

  • SSC320_2 Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales (Real Decreto 1368/2007, de 19 de octubre).

  • TMV194_1 Operaciones auxiliares de mantenimiento de carrocerías de vehículos (Real Decreto 1228/2006, de 27 de octubre).

  • TMV195_1 Operaciones auxiliares de mantenimiento de electromecánica de vehículos (Real Decreto 1228/2006, de 27 de octubre).

  • TMV197_2 Mantenimiento de los sistemas eléctricos y electrónicos de vehículos (Real Decreto 1228/2006, de 27 de octubre).

Esta convocatoria se realiza conjuntamente entre la Consejería de Educación, Cultura y Universidades y el Servicio de Ocupación de las Illes Balears. Los procedimientos se ajustan a lo que regula el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral y el Decreto 55/2011, de 20 de mayo, regulador de la estructura organizativa del procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o por vías no formales de formación a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Segundo

Las bases que rigen la convocatoria figuran en el anexo 1 de esta Resolución. Los anexos 2 a 26 contienen la relación de las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria y el título y/o el certificado de profesionalidad en que estas unidades de competencia están incluidas. Los anexos 27, 28 y 29 incluyen al modelo de inscripción al procedimiento, el modelo de inscripción a la fase de asesoramiento y el modelo de inscripción a la fase de evaluación de las unidades de competencia correspondientes. El anexo 30 incluye al modelo de declaración jurada que se deberá que presentar.

Tercero

Esta Resolución se ha de publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Cuarto

Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución -que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Educación, Cultura y Universidades en el plazo de un mes a partir del día siguiente de publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

   

Palma, 18 de diciembre de 2014

La consejera de Educación, Cultura y Universidades

Maria Núria Riera Martos

 

ANEXO 1
Bases de la convocatoria

1. Unidades de competencia objeto de esta convocatoria

1. Esta convocatoria permite evaluar y acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación incluidas en las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales que se detallan en los anexos 2 a 26 de esta convocatoria.

2. En estos anexos consta la identificación de las unidades de competencia mencionadas y el título de formación profesional y/o el certificado de profesionalidad en que estas unidades de competencia están incluidas.

2. Destinatarios

Los destinatarios son las personas con experiencia profesional y/o aprendizajes no formales relacionados con las unidades de competencia de las cualificaciones objeto de esta convocatoria y que cumplan los requisitos previstos en el punto 3.

3. Requisitos de participación

1. Las personas que deseen participar en el procedimiento han de cumplir los requisitos siguientes:

a) Tener nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea, o ser titular de una autorización de residencia o de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.

b) Tener, como mínimo, en el momento de hacer la inscripción, 18 años cumplidos para las cualificaciones de nivel 1.

c) Tener, como mínimo, en el momento de hacer la inscripción, 20 años para las cualificaciones de nivel 2 y nivel 3.

d) Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar, de acuerdo con lo que figura a continuación:

- En caso de experiencia laboral, se han de justificar, al menos 2 años con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en los últimos 10 años anteriores a esta convocatoria para las cualificaciones de nivel 1.

- En caso de experiencia laboral, se han de justificar, al menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en los últimos 10 años anteriores a esta convocatoria para las cualificaciones de nivel 2 y 3.

- En caso de formación, se han de justificar al menos 200 horas de formación relacionada con las competencias profesionales de nivel 1 que se quieren acreditar. La formación indicada ha de estar realizada en los últimos 10 años anteriores a esta convocatoria.

- En caso de formación, se han de justificar al menos 300 horas de formación relacionada con las competencias profesionales de nivel 2 y 3 que se quieren acreditar. La formación indicada ha de estar realizada en los últimos 10 años anteriores a esta convocatoria.

Para establecer el periodo de 10 años anteriores a esta convocatoria se tomará como referencia el primer día del plazo de inscripción al procedimiento.

2. Las personas mayores de 25 años que reúnan los requisitos de experiencia o de formación indicados en el punto anterior y que no puedan justificarlos mediante los documentos que se indican en la base 10 de este anexo, pueden solicitar la inscripción provisional al procedimiento siempre que presenten alguna prueba admitida en derecho que justifique la experiencia laboral o la formación no formal de acuerdo con lo que prevé el artículo 11.2 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio. Para estos casos la comisión de evaluación encargada del proceso de admisión determinará si se permite la inscripción definitiva.

3. No pueden participar en esta convocatoria las personas que se encuentren en una de las situaciones siguientes:

- Tener un título de formación profesional o un certificado de profesionalidad que contenga las unidades de competencia objeto de esta convocatoria.

- Estar matriculado, en el momento de la inscripción, en una oferta formativa del sistema educativo o una acción formativa para la ocupación que contenga unidades de competencia para las cuales se solicita la evaluación y la acreditación.

- Estar participando en un procedimiento de acreditación de competencias profesionales en el cual las unidades de competencia sean las mismas que las de esta convocatoria.

El incumplimiento de este requisito comporta la exclusión del procedimiento.

 

4. Número de plazas convocadas

1. El número de personas que pueden participar en esta convocatoria se corresponde con la distribución de plazas que figura a continuación:

  1. 70 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Actividades de gestión administrativa ADG308_2
  2. 25 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Administración de recursos humanos ADG084_3
  3. 25 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Asistencia documental y de gestión en despachos y oficinas ADG310_3
  4. 50 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Socorrismo en espacios acuáticos naturales AFD340_2
  5. 25 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Instalación y mantenimiento de jardines y zonas verdes AGA168_2
  6. 25 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Actividades de floristería AGA457_2
  7. 25 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas de baja tensión ELE257_2
  8. 25 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Montaje y mantenimiento de instalaciones solares fotovoltaicas ENA261_2
  9. 25 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Cocina HOT093_2
  10. 25 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Servicios de bar y cafetería HOT327_2
  11. 25 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Recepción HOT094_3
  12. 25 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Gestión de pisos y limpieza en alojamientos HOT333_3
  13. 25 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Venta de servicios y productos turísticos HOT095_2
  14. 25 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Creación y gestión de viajes combinados y eventos HOT330_3
  15. 25 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Montaje y mantenimiento de instalaciones frigoríficas IMA040_2
  16. 25 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Montaje y mantenimiento de instalaciones de climatización y de ventilación y extracción IMA369_2
  17. 25 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Operaciones de fontanería y de calefacción y climatización doméstica IMA367_1
  18. 25 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Peluquería IMP119_2
  19. 25 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Cuidados estéticos de manos y pies IMP121_2
  20. 50 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Atención sociosanitaria a personas en el domicilio SSC089_2
  21. 80 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales SSC320_2
  22. 30 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Tanatopraxia SAN491_3
  23. 25 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Mantenimiento de los sistemas eléctricos y electrónicos de vehículos TMV197_2
  24. 25 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Operaciones auxiliares de mantenimiento de carrocerías de vehículos TMV194_1
  25. 25 plazas para acreditar unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de Operaciones auxiliares de mantenimiento de electromecánica de vehículos TMV195_1

2. La directora del Instituto de las Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears (IQPIB) puede resolver que se admita, excepcionalmente, un número de personas superior a las plazas convocadas para enmendar omisiones de las listas provisionales o atender otras circunstancias que así lo justifiquen. Asimismo, el número de plazas convocadas inicialmente se puede ampliar siempre que se asignen fondos adicionales en la partida presupuestaria a la cual se tiene que imputar el gasto correspondiente a esta convocatoria.

3. Igualmente, si el número de plazas convocadas en un procedimiento no se cubren, éstas se pueden redistribuir a otro procedimiento de acreditación de competencias profesionales de otras cualificaciones profesionales convocadas.

4. Las modificaciones anteriores se han de publicar en las sedes del procedimiento y en la web  http://experienciaprofessional-ib.caib.es.

Estas modificaciones no implican que el plazo para presentar solicitudes se amplíe ni afecta a la tramitación ordinaria de las solicitudes presentadas.

5. Información y orientación sobre el procedimiento

1. Las personas interesadas en participar en el procedimiento disponen de información sobre todos los aspectos relativos a esta convocatoria a la página web http://experienciaprofessional-ib.caib.es.

2. Según las posibilidades del IQPIB, se realizarán sesiones informativas sobre el procedimiento, dirigidas a los posibles candidatos. Esta información se publicará con antelación en la página web http://experienciaprofessional-ib.caib.es.

3. Todas las listas y las informaciones relacionadas con el procedimiento publicaran en las sedes de los procedimientos y en la web http://experienciaprofessional-ib.caib.es.

6. Fases del procedimiento

1. Según lo que dispone el Real Decreto 1224/2009, las fases del procedimiento son:

a) Asesoramiento.

b) Evaluación de la competencia profesional.

c) Acreditación y registro de la competencia profesional.

2. Estas tres fases del procedimiento se llevarán a cabo durante el año 2015. La duración puede ser variable en atención a las circunstancias del procedimiento de cada cualificación.

7. Sedes para el desarrollo de las fases del procedimiento

1. Las diferentes fases del procedimiento, admisión, asesoramiento y evaluación, se llevarán a cabo en las sedes de referencia siguientes:

a) Para las cualificaciones profesionales ADG308_2 Actividades de gestión administrativa, ADG084_3 Administración de recursos humanos y ADG310_3 Asistencia documental y de gestión en despachos y oficinas

- Sede principal:

IES Ses Estacions (c. del Marquès de la Fontsanta, 12, 07005 Palma).

-Sedes auxiliares:

IES Sa Blanca Dona (c. des Raspallar, 2, 07800 Eivissa).

IES Maria Àngels Cardona. (ronda de les Balears, s/n, 07760 Ciutadella de Menorca, Menorca).

b) Para la cualificación profesional AFD340_2 Socorrismo en espacios acuáticos naturales

-Sede principal:

IES Centre de Tecnificació Esportiva de les Illes Balears (CTEIB) (c. del Gremi de Forners, 4, 07009 Palma).

- Sedes auxiliares:

IES Algarb (ctra. del Aeropuerto, km 3, Can Raspalls, 07817 Sant Jordi, Eivissa).

IES Cap de Llevant (c. de Francesc F. Andreu, 2, 07703 Maó).

 

c) Para las cualificaciones profesionales AGA168_2 Instalación y mantenimiento de jardines y zonas verdes y AGA457_2 Actividades de floristería

- Sede principal:

CIFP Joan Taix (c. de Sagasta, s/n, 07420 Sa Pobla, Mallorca)

- Sedes auxiliares:

IES Pasqual Calbó Caldés (c. de Francesc F. Andreu, 1, 07703 Maó)

IES Xarc (c. de Marià Villangómez, 2, 07840 Santa Eulària del Riu)

 

d) Para las cualificaciones profesionales ELE257_2 Montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas de baja tensión y ENA261_2 Montaje y mantenimiento de instalaciones solares fotovoltaicas

- Sede principal:

IES Politècnic (c. de Menorca, 1, 07011 Palma).

- Sedes auxiliares:

IES Isidor Macabich (c. de Sa Blanca Dona, s/n, 07800 Eivissa).

IES Pasqual Calbó i Caldés (c. de Francesc F. Andreu, 1, 07703 Maó).

 

e) Para las cualificaciones profesionales HOT093_2 Cocina, HOT327_2 Servicios de bar y cafetería, HOT095_3 Venta de servicios y productos turísticos y HOT330_3 Creación y gestión de viajes combinados y eventos

- Sede principal:

IES Calvià (Avda. de Son Pillo,1, 07180 Calvià, Mallorca).

- Sedes auxiliares:

IES Isidor Macabich (c. de Sa Blanca Dona, s/n, 07800 Eivissa).

IES Maria Àngels Cardona (ronda de Balears, s/n, 07760 Ciutadella).

 

f) Para las cualificaciones profesionales HOT094_3 Recepción, HOT333_3 Gestión de pisos y limpieza en alojamientos

- Sede principal:

IES Alcúdia (C/ Antoni M. Alcover, S/N 07400 Port d'Alcúdia, Mallorca).

- Sedes auxiliares:

IES Isidor Macabich (c. de Sa Blanca Dona, s/n, 07800 Eivissa).

IES Maria Àngels Cardona (ronda de Balears, s/n, 07760 Ciutadella).

 

g) Para las cualificaciones profesionales IMP119_2 Peluquería y IMP121_2 Cuidados estéticos de manos y pies:

- Sede principal:

IES Francesc de Borja Moll (c. de Caracas, 6 A, 07007 Palma).

-Sedes auxiliares:

IES Algarb (ctra. de l’Aeroport, km 3, Can Raspalls, 07817 Sant Jordi, Eivissa).

IES Cap de Llevant (c. de Francesc F. Andreu, 2, 07703 Maó).

 

h) Para las cualificaciones profesionales SSC320_2 Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales y SSC089_2 Atención sociosanitaria a personas en el domicilio

- Sede principal:

CIFP Son Llebre (c. d’Inés Ribera, 8 A, 07141 Pla de na Tesa, Marratxí).

- Sedes auxiliares:

IES Algarb (ctra. del Aeropuerto, km 3, Can Raspalls, 07817 Sant Jordi, Eivissa).

IES Josep Miquel Guàrdia (av. Verge del Toro, 92 07730 Alaior, Menorca).

 

i) Para la cualificación profesional SAN491_3 Tanatopràxia

- Sede principal:

IES Francesc de Borja Moll (c. de Caracas, 6 A, 07007 Palma).

- Sedes auxiliares:

IES Algarb (ctra. de l’Aeroport, km 3, Can Raspalls, 07817 Sant Jordi, Eivissa).

IES Josep Miquel i Guàrdia (av. Verge del Toro, 92, 07730 Alaior, Menorca).

 

j) Para las cualificaciones profesionales TMV197_2 Mantenimiento de los sistemas eléctricos y electrónicos de vehículos, TMV194_1 Operaciones auxiliares de mantenimiento de carrocerías de vehículos y TMV195_1 Operaciones auxiliares de mantenimiento de electromecánica de vehículos

- Sede principal:

IES Son Pacs (crta. de Sóller, 13, 07010 Son Sardina, Palma)

- Sedes auxiliares:

IES Isidor Macabich (c. de Sa Blanca Dona, s/n, 07800 Eivissa).

IES Maria Àngels Cardona (c. de Francesc F. Andreu, 1, 07703 Maó, Menorca).

 

2. Todas las inscripciones y reclamaciones se deberán presentar en una de las sedes determinadas.

En caso de que no se presente directamente a estas sedes, es necesario enviar una copia de la hoja de inscripción (o, si es el caso, de la reclamación), una vez formalizado el registro de entrada, al fax 971 22 80 83 o por correo electrónico a la dirección iqpib@dgoifp.caib.es antes de que acabe el plazo establecido en la base 9 de este anexo.

3. Todas las notificaciones relacionadas con el procedimiento y la publicación de listas se realizará a través las sedes designadas y de la página web http://experienciaprofessional-ib.caib.es.

4. Las comisiones de evaluación informarán a las personas participantes de los cambios de ubicación que se puedan producir para atender mejor el desarrollo de todas las fases del procedimiento. Esta información se deberá publicar en los lugares especificados como centros sede.

 

8. Inscripción al procedimiento

1. Las personas que deseen participar en esta convocatoria han de formalizar la solicitud de inscripción, por duplicado, mediante el modelo oficial de inscripción (anexo 27 de esta Resolución) y la documentación establecida en la base 10. El modelo oficial de inscripción se puede encontrar a la página web http://experienciaprofessional-ib.caib.es.

2. La hoja de inscripción, cumplimentada por duplicado y firmada, y la documentación requerida se dirigirá a la comisión de evaluación correspondiente y se presentará a la sede correspondiente.

3. Todos los documentos que se presenten no redactados en lengua catalana o castellana deberán ir acompañados necesariamente de la traducción oficial correspondiente.

4. La falta de requisitos y/o la falsedad en los datos declarados o aportados comporta la pérdida del derecho a participar en esta convocatoria y la no devolución de las tasas abonadas.

5. El abono de la tasa de admisión al procedimiento se realizará de acuerdo a la base 22.

9. Plazos para presentar la solicitud de inscripción

El plazo para presentar la solicitud de inscripción al procedimiento es del 1 al 18 de marzo de 2015, ambos incluidos.

10. Documentación que se ha que presentar en la inscripción

La documentación que se ha de presentar junto con la solicitud de inscripción (anexo 27) es la siguiente:

a) Fotocopia del NIF o el NIE.

b) Justificante del pago de las tasas correspondientes o de la exención total o parcial del pago, de acuerdo con la base 22.

c) Listado de actividades profesionales relacionadas con las competencias profesionales que se quieren acreditar llevadas a cabo en los últimos 10 años, por orden cronológico.

d) Listado de la formación no formal relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar realizada en los últimos 10 años, por orden cronológico.

e) Documentación justificativa de la experiencia laboral de los últimos 10 años en las competencias profesionales que se quieren acreditar:

e.1). Para trabajadores asalariados:

- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social en que conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el periodo de contratación (vida laboral).

- Fotocopia de los contratos de trabajo o del certificado de la empresa o empresas donde se haya adquirido la experiencia laboral en que conste específicamente la duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad ejercida y el intervalo de tiempo en que se ha llevado a cabo la actividad.

e.2). Para trabajadores autónomos o por cuenta propia:

- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de los periodos de alta en la Seguridad Social en el régimen correspondiente.

- Declaración jurada con la descripción de la actividad ejercida e intervalo de tiempo en que se ha llevado a cabo.

e.3). Para trabajadores voluntarios o becarios:

- Fotocopia del certificado de la organización donde se haya prestado la asistencia en que consten, específicamente, las actividades y las funciones ejercidas, el año en que se han realizado y el número total de horas dedicadas.

f) Fotocopia de la documentación justificativa de la formación no formal de los últimos 10 años, que ha que reunir los requisitos siguientes:

- La formación recibida tiene que estar relacionada con las unidades de competencia que se pretenden acreditar.

- En la documentación acreditativa han de constar los contenidos, la duración en horas, el periodo en que se llevó a cabo y la expresión formal que confirme que ha sido superada, evaluada positivamente o cursada con aprovechamiento.

- Si la duración de la formación está expresada en créditos, se tiene que especificar la equivalencia en horas.

- No se valorarán los cursos de duración inferior a 10 horas y la asistencia a jornadas, simposios, acontecimientos o similares.

g) Declaración jurada (anexo 30) de no encontrarse en ninguna de las situaciones que prevé el aparado 3.3. de estas bases.

h) Declaración jurada o prueba admitida en derecho para justificar, si es necesario, los requisitos de experiencia laboral o formativa según lo que establece la base 3.2 de este anexo, relativa a la inscripción provisional.

 

11. Lugares para formalizar las inscripciones

Las solicitudes de inscripción y la documentación necesaria se han que dirigir a la comisión correspondiente y se han de presentar en la secretaría de la sede designada para cada cualificación.

Con respecto a la presentación se tendrán en cuenta el artículo 34.8 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento por el cual se regula la prestación de los servicios postales.

12. Criterios para determinar la admisión al procedimiento

1. En caso de que el número de solicitudes que cumplan los requisitos sea superior al número de plazas establecido en la convocatoria, se aplicará el baremo siguiente:

a) Por cada año de experiencia laboral relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar (como trabajador o trabajadora por cuenta ajena o como trabajador o trabajadora de carácter autónomo): 6 puntos (las fracciones inferiores al año se cuentan de forma proporcional, a razón de 0,5 puntos por mes y 0,0166 puntos por día. Si la experiencia no ha sido a jornada completa, la puntuación anterior se tiene que contar de forma proporcional a la jornada realizada).

b) Por cada 10 horas de trabajo relacionado con las competencias profesionales que se quieren acreditar como becario o voluntario: 0,033 puntos.

c)  Por cada 10 horas de formación recibida relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar: 0,1 puntos. Si la formación está expresada en créditos, un crédito equivale a 10 horas.

d) Por estar empadronado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el momento de la inscripción: 5 puntos (se ha de justificar con un certificado de empadronamiento).

2. Resultarán admitidas las personas con más puntuación de acuerdo con los criterios del apartado anterior hasta que se cubran todas las plazas que se ofrecen en esta convocatoria. En caso de empate, prevalecerá el aspirante con más puntuación en el apartado a. En caso de que continúe el empate entre candidatos, para resolverlo, se aplicará el criterio de admitir a la persona de más edad. En este último caso se tendrá en cuenta el día, el mes y el año de nacimiento.

13. Publicación de las listas de personas admitidas y no admitidas al procedimiento

1. Las listas provisionales de personas baremadas y no baremadas se han de publicar en los 8 días hábiles posteriores a la finalización del plazo de inscripción.

2. Los candidatos disponen de 3 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de las listas mencionadas para hacer las reclamaciones oportunas. Las reclamaciones tienen que ir dirigidas a la comisión de evaluación correspondiente y se adjuntará toda la documentación necesaria para enmendar los defectos, los errores en la valoración o la omisión en las listas.

3. Una vez resueltas las reclamaciones presentadas, en el plazo de 5 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de enmiendas se publicarán:

a) La relación definitiva de candidatos admitidos al procedimiento.

b) La relación de personas en reserva, con la puntuación correspondiente.

c) La relación de personas no admitidas, con indicación de la causa de la no admisión.

Toda esta información se deberá publicar en las sedes del procedimiento y en la página web http://experienciaprofessional-ib.caib.es.

4.Las personas admitidas estarán en disposición de pasar a las fases de asesoramiento y de evaluación. Los solicitantes de la lista de reserva podrán cubrir, según el orden de puntuación que hayan obtenido, los abandonos y las renuncias que se produzcan.

14. Inscripción a la fase de asesoramiento

1. Las personas incluidas en la relación definitiva de personas admitidas al procedimiento han de formalizar la inscripción correspondiente a la fase de asesoramiento al plazo de 7 días hábiles a partir del día siguiente de haberse publicado esta lista.

2. Las inscripciones, dirigidas a la comisión de evaluación respectiva, se han de presentar en las sedes designadas para el procedimiento con la documentación siguiente:

a) Hoja de inscripción, cumplimentada y firmada por duplicado, en la cual se ha de indicar la cualificación profesional para la cual solicita el asesoramiento (anexo 28).

b) Justificante de pago de las tasas de esta fase o la reducción o exención del pago, de acuerdo con la base 22.

c) Dossier del candidato o candidata.

3. Las personas admitidas prepararán el dossier con toda la documentación relativa a su historial profesional y formativo relacionado con las competencias que se han de evaluar de acuerdo con los criterios establecidos en el manual para la elaboración del dossier, que se encuentra a la página web  http://experienciaprofessional-ib.caib.es. Toda la documentación que conforma el dossier ha de estar compulsada debidamente.

4. El abono de la tasa de asesoramiento se realización de acuerdo a la base 22.

5. Si hay abandonos, bajas o no inscripciones en esta fase, la comisión de evaluación ofrecerá estas vacantes a los candidatos de la lista de reserva por orden de puntuación hasta cubrir el número de plazas convocadas.

6. En el plazo de cinco días hábiles desde la finalización de la inscripción a la fase de asesoramiento, la comisión de evaluación ha de publicar, en las sedes correspondientes y en la página web http://experienciaprofessional-ib.caib.es la relación provisional de personas admitidas a esta fase. Además, se ha de publicar la fecha de admisión a los candidatos en reserva para que puedan formalizar su inscripción a la fase de asesoramiento.

 7. Las personas que no consten en la relación provisional de personas inscritas disponen de tres días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación de la lista mencionada, para enmendar el defecto que haya ocasionado la omisión. Las peticiones y la documentación se dirigirán a las respectivas comisiones y se presentarán en las sedes designadas al efecto.

8. Una vez resueltas las reclamaciones presentadas, las comisiones tienen que publicar la relación definitiva de personas inscritas a la fase de asesoramiento.

15. Desarrollo de la fase de asesoramiento

1. La fase de asesoramiento se desarrollará de acuerdo con lo que dispone el artículo 15 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.

2. Esta fase se puede realizar tanto de forma presencial como por medios telemáticos, según las necesidades.

3. Esta fase se podrá realizar tanto de forma grupal como de forma individual.

4. En caso de que el candidato no comparezca en la fecha, la hora y el lugar indicados para el asesoramiento, dispone de 3 días naturales para presentar un justificante oficial de la ausencia a la comisión de evaluación correspondiente. En caso contrario, se entenderá que desiste de continuar participando en el procedimiento, por lo cual se le excluirá. Esta circunstancia se hará constar en su expediente. En este caso, y siempre que las circunstancias lo permitan, su plaza será cubierta por un candidato de la lista de reserva.

5. Para facilitar el acceso al reconocimiento de competencias profesionales objeto de esta convocatoria, las personas que están trabajando pueden utilizar los permisos individuales de formación, de acuerdo con lo que establece el artículo 10.7 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, y el resto de normativa vigente.

6. Esta fase finaliza el día de la fecha prevista para entregar a los interesados el informe no vinculante de asesoramiento. Esta fecha se publicará en las sedes del procedimiento y en la página web http://experienciaprofessional-ib.caib.es.

16. Inscripción a la fase de evaluación

1. Una vez finalizada la fase de asesoramiento, para poder participar en la fase de evaluación, cada persona admitida al procedimiento y que haya recibido el informe derivado de la fase de asesoramiento ha de formalizar la inscripción correspondiente a la fase de evaluación.

2. El plazo es de 7 días hábiles a partir del día siguiente de la fecha de finalización de la fase de asesoramiento.

3. Para inscribirse a la evaluación se ha de presentar en las sedes designadas la documentación siguiente:

a) Hoja de inscripción dirigida a la comisión de evaluación respectiva, rellenada y firmada por duplicado, según el modelo (anexo 29), que tiene que estar disponible en la página web  http://experienciaprofessional-ib.caib.es . En la solicitud se indicará, expresamente, las unidades de competencia de las cuales se solicita la evaluación.

b) Justificante de pago de las tasas de esta fase o la reducción o la exención del pago, de acuerdo con la base 22.

4. El presidente de cada comisión de evaluación publicará en la sede respectiva la relación de personas admitidas a la evaluación. La publicación se realizará en los 3 días hábiles posteriores a la finalización del plazo de inscripción a esta fase. Esta relación también se publicará en la página web http://experienciaprofessional-ib.caib.es.

5. Las personas que no consten en la relación de personas inscritas disponen de 3 días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación de la lista mencionada, para enmendar el defecto que haya ocasionado la omisión. Las peticiones y la documentación se dirigirán a las respectivas comisiones y se han de presentar en la sede correspondiente. La comisión respectiva las valorarán y las estimar o desestimar de forma motivada.

17. Desarrollo de la fase de evaluación

1. La evaluación de la competencia profesional de la persona candidata se ha de hacer de cada una de las unidades de competencia en las cuales se haya inscrito recogidas en esta convocatoria. Esta evaluación tiene por objeto comprobar si se demuestra la competencia profesional requerida en las realizaciones profesionales, en los niveles establecidos en los criterios de realización y en una situación de trabajo, real o simulada, fijada a partir del contexto profesional, siguiendo los criterios para la evaluación establecidos en las guías de evidencias. 

2. Esta fase se tiene que desarrollar de acuerdo con lo que dispone el artículo 16 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.

3. En caso de que el candidato o candidata no comparezca en la fecha, la hora y el lugar indicados para la evaluación, dispone de 3 días naturales para presentar el justificante oficial de la ausencia a la comisión de evaluación correspondiente. En caso contrario, se entenderá que desiste de continuar participando en el procedimiento, por lo cual se le excluirá. Esta circunstancia se hará constar en su expediente.

4. Para facilitar el acceso al reconocimiento de competencias profesionales objeto de esta convocatoria, las personas que estén trabajando pueden utilizar los permisos individuales de formación, de acuerdo con lo que establece el artículo 10.7 del Real decreto 1224/2009, de 17 de julio, y el resto de normativa vigente.

5. Los resultados de la evaluación de la competencia profesional en cada unidad de competencia se han de expresar en los términos de demostrada o no demostrada y se han de que comunicar a la persona candidata.

6. La fecha de finalización de la fase de evaluación coincidirá con el día establecido para comunicar los resultados de evaluación al candidato o candidata. Esta fecha se ha de publicar en las sedes respectivas y también en la página web http://experienciaprofessional-ib.caib.es.

18. Reclamaciones contra los resultados de la evaluación

1. La persona evaluada, si no está de acuerdo con el resultado de la evaluación, tiene derecho a reclamar ante la comisión de evaluación en el plazo de 5 días hábiles contadores desde el día siguiente de la fecha fijada para comunicar los resultados.

2. En el plazo de 10 días naturales, la comisión de evaluación tiene que comunicar al candidato o candidata el resultado de la reclamación.

3. Contra el resultado de la reclamación se puede presentar un recurso de alzada ante la directora del IQPIB en el plazo de un mes a partir del día siguiente en que la comisión de evaluación notifique a la persona interesada la resolución de la reclamación.

19. Plan de formación

Con independencia de los resultados obtenidos, la comisión de evaluación tiene que proporcionar a todas las personas candidatas el correspondiente plan de formación, en el cual se ha de hacer constar:

a) Posibilidades de formación, con las orientaciones pertinentes, para que puedan acreditar en convocatorias posteriores las unidades de competencia no demostradas.

b) Posibilidades de formación, con las orientaciones pertinentes, para completar la formación conducente a la obtención de un certificado de profesionalidad o un título de formación profesional que esté relacionado.

c) Si los candidatos cumplen los requisitos para obtener un certificado de profesionalidad o un título de formación profesional, se indicarán los trámites necesarios para que lo puedan obtener.

El plan de formación se entregará al candidato junto con la acreditación oficial de las unidades de competencia demostradas.

20. Fase de acreditación y registro de la competencia profesional 

1. La directora del IQPIB expedirá la acreditación de las unidades de competencia evaluadas positivamente a cada persona candidata, expresadas como demostradas, de acuerdo con el modelo recogido en el anexo 3 A del Real decreto 1224/2009, de 17 de julio.

2. El Instituto de Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears registrará de oficio en el Registro de Unidades de Competencias Profesionales de las Illes Balears, creado mediante el Decreto 55/2011, las acreditaciones de unidades de competencia expedidas en el marco del procedimiento establecido por el Real decreto 1224/2009, de 17 de julio, y ha de transferir los resultados en el registro de carácter estatal que se cree en cumplimiento del artículo 18.2 del Real decreto 1224/2009.

21. Financiación de esta convocatoria

Estas actuaciones están cofinanciadas por el Servicio Público de Ocupación Estatal del Ministerio de Ocupación y Seguridad Social y cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, con cargo en la partida presupuestaria presupuestaría 13401 / 421 G02 / 64000 / 00/ 19207 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el 2014.

22. Tasas

1. Las tasas para implementar los procesos de reconocimiento de competencias profesionales alcanzadas por experiencia laboral en las Illes Balears son las que se establecen para cada una de las fases en los artículos 103 septvicies en 103 untricies de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, añadidos por el apartado 4 de la disposición final cuarta de la Ley 9/2009, de 21 de diciembre.

2. La participación en el procedimiento implica el pago de tres cuotas. La cuantía de estas cuotas serán las propias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2015 y estarán disponibles en la página web <http://experienciaprofessional-ib.caib.es> antes del inicio del plazo para solicitar la inscripción al proceso de reconocimiento de competencias profesionales. Las tres cuotas son las siguientes:

a) Inscripción al proceso de reconocimiento de competencias profesionales alcanzadas por experiencia laboral o por formación no formal.

b) Inscripción a la fase de orientación y asesoramiento.

c) Inscripción a la fase de evaluación y de acreditación (incluye los gastos del tribunal y la expedición del certificado de acreditación de unidades de competencia).

3. Están exentas del pago de estas tasas las personas con una discapacidad igual o superior al 33 %, siempre que lo pidan en el momento de la inscripción y aporten, en el mismo momento, el certificado que acredita el tipo y el grado de discapacidad que tienen, expedido por un organismo oficial competente en materia de asuntos sociales.

4. De acuerdo con el artículo 12.2 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas, los miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría especial están exentos del pago de las tasas mencionadas y los miembros del resto de familias numerosas tienen derecho a la bonificación del 50%. En este caso, han de justificar esta situación con el documento que acredita que son parte de una familia numerosa expedido por el órgano competente.

5. Las personas en situación de desempleo en el momento de formalizar la inscripción están exentas del pago de las tasas mencionadas según la Ley 11/1998, de 14 de diciembre. El candidato tiene que aportar en el momento de la inscripción un documento del Servicio Público de Ocupación que justifique la situación.

23. Nombramiento de los asesores, evaluadores y miembros de las comisiones de evaluación

La directora del IQPIB designará los asesores, los evaluadores, la composición y el número de comisiones de evaluación necesarias para llevar a cabo este procedimiento, de acuerdo con lo que prevé el artículo 7 del Decreto 55/2011, de 20 de mayo. La designación se ha publicar en el BOIB y en la página web  http://experienciaprofessional-ib.caib.es.

24. Compensaciones económicas

1. Las personas designadas como miembros de las comisiones de evaluación pueden percibir compensaciones por cada uno de los conceptos que figuran a continuación y por el número máximo de asistencias que figura a cada concepto:

Para las tareas relacionadas con las inscripciones:

- Un máximo de 6 sesiones para cada miembro de la comisión, si el número de inscripciones es inferior o igual 50.

- Un máximo de 7 sesiones para cada miembro de las comisiones de si el número de inscripciones oscila entre 51 y 75.

- Un máximo de 8 sesiones para cada miembro de las comisiones si el número de inscripciones oscila entre 76 y 100, y una sesión más por cada 100 inscripciones adicionales.

Para la fase de evaluación:

- Un máximo de 6 sesiones para cada miembro si el número de unidades de competencia asignado a la comisión es inferior o igual a 4.

- Un máximo de 7 sesiones para cada miembro si el número de unidades de competencia asignado a la comisión es de 5 a 7.

- Un máximo de 8 sesiones para cada miembro si el número de unidades de competencia asignado a la comisión es mayor de 7.

Según el Decreto 55/2011, las personas designadas como asesores, evaluadores y/o miembros de las comisiones de evaluación pueden percibir las compensaciones económicas en razón del servicio según el Decreto 54/2002, de 12 de abril, por el cual se regulan las indemnizaciones en razón del servicio del personal al servicio de la Administración autonómica de las Illes Balears, y lo que establece el artículo 14 de la Ley 9/2011, de 23 de diciembre, de presupuestos generales (BOIB nº. 195, ext., de 30 de diciembre).

 

2. Las personas designadas como asesores para ejercer sus funciones de acuerdo con esta convocatoria pueden percibir un máximo 25,00 euros por hora, con el número máximo de horas siguientes:

- 4 horas máximo por candidato si se ha de asesorar hasta 3 unidades de competencia,

- 6 horas máximo por candidato si se ha de asesorar de 4 a 5 unidades de competencia,

- 7 horas máximo por candidato si se ha de asesorar de 6 a 7 unidades de competencia,

- 8 horas máximo por candidato si se ha de asesorar más de 7 unidades de competencia

 

3. Las personas designadas como evaluadores para ejercer sus funciones de acuerdo con esta convocatoria pueden percibir un máximo de 25,00 euros por hora, con el número máximo de horas siguientes:

- 2 horas por unidad de competencia y candidato si la unidad se de nivel 1 y 2.

- 3 horas por unidad de competencia y candidato si la unidad se de nivel 3.

 

25. Protección de datos

 

1. De acuerdo con el que dispone el artículo 5 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos que las personas participantes en alguna parte del procedimiento faciliten en los diferentes formularios se incorporan a los ficheros de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades del Gobierno de las Illes Balears para el tratamiento estadístico y para poder gestionar el procedimiento de evaluación y de acreditación de las competencias profesionales.

2. Se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos dirigiendo la petición al IQPIB.

3. Las personas que lo hagan constar de forma expresa se pueden oponer al tratamiento de los datos, siempre que existan motivos fundamentados y legítimos relativos a una situación personal concreta.

ANEXO 2
Cualificación profesional de Actividades de gestión administrativa (ADG308_2)

1. Relación de las unidades de competencia de acuerdo con el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales:

  • UC0976_2: Realizar las gestiones administrativas del proceso comercial.
  • UC0979_2: Realizar las gestiones administrativas de tesorería.
  • UC0980_2: Efectuar las actividades de apoyo administrativo de Recursos Humanos.
  • UC0981_2: Realizar registros contables.
  • UC0973_1: Introducir datos y textos en terminales informáticos en condiciones de seguridad, calidad y eficiencia.
  • UC0978_2: Gestionar el archivo en soporte convencional e informático.
  • UC0233_2: Manejar aplicaciones ofimáticas en la gestión de la información y la documentación.

2. Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • ADGD0308: Actividades de gestión administrativa, establecido en el Real Decreto 645/2011, de 9 de mayo.

3. Título de formación profesional en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • Título de técnico en gestión administrativa, establecido en el Real Decreto 1631/2009, de 30 de octubre. 


 

ANEXO 3
Cualificación profesional de Administración de recursos humanos (ADG084_3)

1. Relación de las unidades de competencia de acuerdo con el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales:

  • UC0987_3: Administrar los sistemas de información y archivo en soporte convencional e informático.
  • UC0238_3: Realizar el apoyo administrativo a las tareas de selección, formación y desarrollo de recursos humanos.
  • UC0237_3: Realizar la gestión y control administrativo de recursos humanos.
  • UC0233_2: Manejar aplicaciones ofimáticas en la gestión de la información y la documentación.

2. Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • ADGD0208: Gestión integrada de recursos humanos establecido en los Reales Decretos 1210/2009, de 17 de julio y 645/2011, de 9 de mayo.

3. Título de formación profesional en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • Técnico Superior en Asistencia a la Dirección, establecido en el Real Decreto 1584/2011, de 4 de noviembre.
  • Técnico Superior en Administración y Finanzas, establecido en el Real Decreto 1582/2011, de 4 de noviembre.

ANNEX 4
Cualificación profesional de Asistencia documental y de gestión en despachos y oficinas (ADG310_3)
 

1. Relación de las unidades de competencia de acuerdo con el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales:

  • UC0982_3: Administrar y gestionar con autonomía las comunicaciones de la dirección.
  • UC0979_2: Realizar las gestiones administrativas de tesorería.
  • UC0986_3: Elaborar documentación y presentaciones profesionales en distintos formatos.
  • UC0987_3: Administrar los sistemas de información y archivo en soporte convencional e informático.
  • UC0988_3: Preparar y presentar expedientes y documentación jurídica y empresarial ante Organismos y Administraciones Públicas.
  • UC0980_2: Efectuar las actividades de apoyo administrativo de Recursos Humanos.

2. Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  •  (ADGG0308) Asistencia documental y de gestión en despachos y oficinas (RD 645/2011 de 9 de mayo).

3. Título de formación profesional en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • Técnico Superior en Administración y Finanzas, establecido en el Real Decreto 1582/2011, de 4 de noviembre.
  • Técnico Superior en Documentación y Administración Sanitarias, establecido en el Real Decreto 768/2014, de 12 de septiembre.

ANEXO 5
Cualificación profesional de Socorrismo en espacios acuáticos naturales
(AFD340_2) 

1. Relación de las unidades de competencia de acuerdo al Catálogo Nacional de las Cualificación Profesional

  • UC0272_2: Asistir como primer interviniente en caso de accidente o situación de emergencia.
  • UC0269_2: Ejecutar técnicas específicas de natación con eficacia y seguridad.
  • UC1083_2: Rescatar a personas en caso de accidente o situaciones de emergencia en espacios acuáticos naturales.
  • UC1082_2: Prevenir accidentes o situaciones de emergencia en espacios acuáticos naturales.

2. Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • (AFDP0209) Socorrismo en espacios acuáticos naturales (RD 711/2011, de 20 de mayo, modificado por el RD 611/2013, de 2 de agosto).

3. Título de formación profesional en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • Técnico Deportivo en Salvamento y Socorrismo establecido en el Real Decreto 878/2011, de 24 de junio.


 

ANEXO 6
Cualificación profesional de Instalación y mantenimiento de jardines y zonas verdes (AGA168_2)

1. Relación de las unidades de competencia de acuerdo con el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales:

  • UC0531_2: Instalar jardines de interior, exterior y zonas verdes.
  • UC0532_2: Mantener y mejorar jardines de interior, exterior y zonas verdes.
  • UC0525_2: Controlar las plagas, enfermedades, malas hierbas y fisiopatías.
  • UC0526_2: Manejar tractores y montar instalaciones agrarias, realizando su mantenimiento.

2. Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • AGAO0208: Instalación y mantenimiento de jardines y zonas verdes, establecido en el Real Decreto 1375/2008, de 1 de agosto.

3.Título de formación profesional en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • Técnico en jardinería y floristería establecido en el Real Decreto 1129/2010, de 10 de septiembre.


 

ANEXO 7
Cualificación profesional de Actividades de floristería  (AGA457_2)
 

1. Relación de las unidades de competencia de acuerdo con el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales:

  • UC1468_2: Coordinar y realizar las actividades propias de empresas de floristería.
  • UC1469_2: Realizar composiciones florales.
  • UC1470_2: Realizar composiciones con plantas.
  • UC1471_2: Vender e informar sobre productos y servicios de floristería.

2. Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • AGAJ0110: Actividades de floristería, establecido en el Real Decreto 1519/2011, de 31 de octubre.

3. Título de formación profesional en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • Técnico en jardinería y floristería establecido en el Real Decreto 1129/2010, de 10 de septiembre.

ANEXO 8
Cualificación profesional Montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas de baja tensión (ELE257_2)

1. Relación de las unidades de competencia de acuerdo con el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales:

  • UC0820_2: Montar y mantener instalaciones eléctricas de baja tensión en edificios destinados principalmente a viviendas.
  • UC0821_2: Montar y mantener instalaciones eléctricas de baja tensión en edificios comerciales, de oficinas y de una o varias industrias.
  • UC0822_2: Montar y mantener instalaciones de automatismos en el entorno de viviendas y pequeña industria.
  • UC0823_2: Montar y mantener redes eléctricas aéreas de baja tensión.
  • UC0824_2: Montar y mantener redes eléctricas subterráneas de baja tensión.
  • UC0825_2: Montar y mantener máquinas eléctricas.

2. Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • ELEE0109_2: Montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas de baja tensión establecido en el Real Decreto 683/2011, de 13 de mayo.

3. Título de formación profesional en que están incluías las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • Título de Técnico en Instalaciones eléctricas y automáticas, establecido en el Real Decreto 177/2008, de 8 de febrero.

ANEXO 9
Cualificación profesional Montaje y mantenimiento de instalaciones solares fotovoltaicas  (ENA261_2)

1. Relación de las unidades de competencia de acuerdo con el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales:

  • UC0835_2: Replantear instalaciones solares fotovoltaicas.
  • UC0836_2: Montar instalaciones solares fotovoltaicas.
  • UC0837_2: Mantener instalaciones solares fotovoltaicas.

2. Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • ENAE0108: Montaje y mantenimiento de instalaciones solares fotovoltaicas, establecido en el Real Decreto 1381/2008, de 1 de agosto y RD 617/2013, de 2 de agosto.

3. Título de formación profesional en que están incluías las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • Título de Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas, establecido por Real Decreto 177/2008, de 8 de febrero.


 

ANEXO 10
Cualificación profesional de
Cocina (HOT093_2) 

1. Relación de las unidades de competencia de acuerdo al Catálogo Nacional de las Cualificación Profesional

  • UC0259_2: Definir ofertas gastronómicas sencillas, realizar el aprovisionamiento y controlar consumos
  • UC0711_2: Actuar bajo normas de seguridad, higiene y protección ambiental en hostelería.
  • UC0262_2: Preparar y presentar los platos más significativos de las cocinas regionales de España y de la cocina internacional
  • UC0260_2: Preelaborar y conservar toda clase de alimentos
  • UC0261_2: Preparar elaboraciones básicas de múltiples aplicaciones y platos elementales

2. Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • (HOTR0408) Cocina (RD 1376/2008, de 1 de agosto, modificado por el RD 619/2013, de 2 de agosto).

3. Título de formación profesional en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • Técnico en Cocina y Gastronomía establecido en el Real Decreto 1396/2007, de 29 de octubre.
  • Técnico en Servicios en Restauración establecido en el Real Decreto 1690/2007, de 14 de diciembre (no incluye la cualificación profesional completa).


 

ANEXO 11
Cualificación profesional de
Servicios de bar y cafetería (HOT327_2)  

1. Relación de las unidades de competencia de acuerdo al Catálogo Nacional de las Cualificación Profesional

  • UC0711_2: Actuar bajo normas de seguridad, higiene y protección ambiental en hostelería.
  • UC1048_2: Servir vinos y prestar información básica sobre los mismos.
  • UC1051_2: Comunicarse en inglés, con un nivel de usuario independiente, en los servicios de restauración.
  • UC1046_2: Desarrollar los procesos de servicio de alimentos y bebidas en barra y mesa.
  • UC1047_2: Asesorar sobre bebidas distintas a vinos, prepararlas y presentarlas.
  • UC1050_2: Gestionar el bar-cafetería.
  • UC1049_2: Preparar y exponer elaboraciones sencillas propias de la oferta de bar-cafetería.

2. Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • (HOTR0508) Servicios de bar y cafetería (RD 1256/2009, de 24 de julio, modificado por el RD 685/2011, de 13 de mayo y por el RD 619/2013, 2 de agosto).

3. Título de formación profesional en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • Técnico en Servicios en Restauración establecido en el Real Decreto 1690/2007, de 14 de diciembre.

 

ANEXO 12
Cualificación profesional de
Recepción (HOT094_3)  

1. Relación de las unidades de competencia de acuerdo al Catálogo Nacional de las Cualificación Profesional:

  • UC0264_3: Realizar las actividades propias de la recepción.
  • UC0263_3: Ejecutar y controlar el desarrollo de acciones comerciales y reservas.
  • UC0265_3: Gestionar departamentos del área de alojamiento.
  • UC1057_2: Comunicarse en inglés, con un nivel de usuario independiente, en las actividades turísticas.

2. Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • (HOTA0308) Recepción en alojamientos (RD 1376/2008, de 1 de agosto modificado por el RD 619/2013, de 2 de agosto).

3. Título de formación profesional en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos establecido en el Real Decreto 1686/2007, de 14 de diciembre.

ANEXO 13
Cualificación profesional de
Gestión de pisos y limpieza en alojamientos. (HOT333_3) 

1. Relación de las unidades de competencia de acuerdo al Catálogo Nacional de las Cualificación Profesional:

  • UC1067_3: Definir y organizar los procesos del departamento de pisos y prestar atención al cliente.
  • UC1068_3: Supervisar los procesos del departamento de pisos.
  • UC0265_3: Gestionar departamentos del área de alojamiento.

2. Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • (HOTA0208) Gestión de pisos y limpieza en alojamientos (RD 1376/2008, de 1 de agosto modificado por el RD 619/2013, de 2 de agosto).

3. Título de formación profesional en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos establecido en el Real Decreto 1686/2007, de 14 de diciembre.

ANEXO 14
Cualificación profesional de Venta de productos y servicios turísticos (HOT095_3)
 

1. Relación de las unidades de competencia de acuerdo al Catálogo Nacional de las Cualificación Profesional:

  • UC1057_2: Comunicarse en inglés, con un nivel de usuario independiente, en las actividades turísticas.
  • UC0267_2: Desarrollar la gestión económico-administrativa de agencias de viajes.
  • UC0268_3: Gestionar unidades de información y distribución turísticas.
  • UC0266_3: Vender servicios turísticos y viajes.

2. Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • (HOTG0208) Venta de productos y servicios turísticos (RD 1376/2008, de 1 de agosto modificado por el RD 619/2013, de 2 de agosto).

3. Título de formación profesional en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • Técnico Superior en Agencias de Viajes y Gestión de Eventos establecido en el Real Decreto 1254/2009, de 24 de julio.

ANEXO 15
Cualificación profesional de
Creación y gestión de Viajes combinados y eventos (HOT330_3) 

1. Relación de las unidades de competencia de acuerdo al Catálogo Nacional de las Cualificación Profesional:

  • UC1057_2: Comunicarse en inglés, con un nivel de usuario independiente, en las actividades turísticas.
  • UC1055_3: Elaborar y operar viajes combinados, excursiones y traslados.
  • UC1056_3: Gestionar eventos.
  • UC0268_3: Gestionar unidades de información y distribución turísticas.

2. Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • (HOTG0108) Creación y gestión de viajes combinados y eventos (RD 1376/2008, de 1 de agosto, modificado por el RD 619/2013, de 2 de agosto)

3. Título de formación profesional en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • Técnico Superior en Agencias de Viajes y Gestión de Eventos establecido en el Real Decreto 1254/2009, de 24 de julio.
  • Técnico Superior en Guía, Información y Asistencias Turísticas establecido en el Real Decreto 1255/2009, de 24 de julio (No incluye la cualificación profesional completa). 

ANEXO 16
Cualificación profesional de Montaje y mantenimiento de instalaciones de refrigeración comercial e industrial (IMA040_2)

1. Relación de las unidades de competencia de acuerdo con el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales:

  • UC0115_2: Mantener instalaciones de refrigeración comercial e industrial.
  • UC0114_2: Montar instalaciones de refrigeración comercial e industrial.

2. Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • IMAR0108: Montaje y mantenimiento de instalaciones frigoríficas, establecido en el Real Decreto 1375/2009, de 28 de agosto.

3. Título de formación profesional en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • Técnico en Instalaciones Frigoríficas y de Climatización, establecido en el Real Decreto 1793/2010, de 30 de diciembre.  

ANEXO 17
Cualificación profesional de Montaje y mantenimiento de instalaciones de climatización y ventilación-extracción  (IMA369_2)

1.         Relación de las unidades de competencia de acuerdo con el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales:

  • UC1158_2: Montar instalaciones de climatización y ventilación-extracción.
  • UC1159_2: Mantener instalaciones de climatización y ventilación-extracción.

2.        Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • IMAR0109: Montaje y mantenimiento de instalaciones de climatización y ventilación-extracción, establecido en el Real Decreto 1375/2009, de 28 de agosto.

3.       Título de formación profesional en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • Técnico en Instalaciones Frigoríficas y de Climatización, establecido en el Real Decreto 1793/2010, de 30 de diciembre. 

 ANEXO 18
Cualificación profesional de Operaciones de fontanería y calefacción - climatización doméstica (IMA367_1)

1. Relación de las unidades de competencia de acuerdo con el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales:

  • UC1154_1: Realizar la instalación de tuberías, preparando, cortando y uniendo tubos para la conducción de fluidos de agua y desagües.
  • UC1155_1: Realizar operaciones básicas de instalación y mantenimiento de aparatos sanitarios, radiadores y aparatos de climatización de uso doméstico.

2. Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • IMAI0108: Operaciones de fontanería y calefacción - climatización doméstica, establecido en el Real Decreto 1375/2009,  de 28 de agosto.

3. Título de formación profesional en que están incluías las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • Profesional básico en fabricación y montaje establecido en Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero. 

 

ANEXO 19
Cualificación profesional de Peluquería (IMP119_2)

1. Relación de las unidades de competencia de acuerdo con el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales:

  • UC0347_2: Realizar el análisis capilar, para diseñar protocolos de trabajos técnicos y aplicar cuidados capilares estéticos.
  • UC0058_1: Preparar los equipos y lavar y acondicionar el cabello y cuero cabelludo.
  • UC0348_2: Realizar cambios de color totales o parciales en el cabello.
  • UC0349_2: Modificar la forma del cabello temporalmente, peinarlo y/o recogerlo.
  • UC0350_2: Realizar cambios de forma permanente en el cabello.
  • UC0351_2: Cortar el cabello y realizar el arreglo y rasurado de barba y bigote.
  • UC0352_2: Asesorar y vender productos y servicios para la Imagen Personal. 

2. Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • IMPQ0208: Peluquería, establecido en el Real Decreto 716/2011, de 20 de mayo.

3. Título de formación profesional en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • Título de técnico en peluquería y cosmética capilar, establecido en el Real Decreto 1588/2011, de 4 de noviembre.

 

ANEXO 20
Cualificación profesional de Cuidados estéticos de manos y pies (IMP121_2)

1. Relación de las unidades de competencia de acuerdo con el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales:

  • UC0356_2: Atender al cliente del servicio estético de manos y pies en condiciones de seguridad, higiene y salud.
  • UC0359_2: Realizar tratamientos estéticos de manos y pies.
  • UC0357_2: Aplicar técnicas estéticas para cuidar y embellecer las uñas.
  • UC0358_2: Elaborar y aplicar uñas artificiales.

2. Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • IMPP0108: Cuidados estéticos de manos y pies, establecido en el Real Decreto  1379/2009 y Real Decreto 716/2011.

3. Título de formación profesional en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • Título de técnico en peluquería y cosmética capilar, establecido en el Real Decreto 1588/2011, de 4 de noviembre.

 

ANEXO 21
Cualificación profesional de Tanatopraxia (SAN491_3)
 

1. Relación de las unidades de competencia de acuerdo al Catálogo Nacional de las Cualificación Profesional:

  • UC1608_3: Realizar extracciones de tejidos, prótesis, marcapasos y otros dispositivos contaminantes del cadáver.
  • UC1609_3: Manejar las técnicas y habilidades relacionales para prestar el servicio de tanatopraxia.
  • UC1606_3: Realizar restauraciones y reconstrucciones en cadáveres.
  • UC1607_2: Aplicar técnicas estéticas para la presentación o exposición del cadáver.
  • UC1605_3: Aplicar técnicas de conservación transitoria o embalsamamiento del cadáver con productos biocidas.

2. Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • (SANP0108) Tanatopraxia (RD 1535/2011, de 31 de octubre).

3. Título de formación profesional en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • Técnico Superior en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico, establecido en el Real Decreto 767/2014, de 12 de septiembre

ANEXO 22
Cualificación profesional de Atención sociosanitaria a personas en el domicilio (SSC089_2)

1. Relación de las unidades de competencia de acuerdo con el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales:

  • UC0249_2: Desarrollar intervenciones de atención física domiciliaria dirigidas a personas con necesidades de atención sociosanitaria.
  • UC0251_2: Desarrollar las actividades relacionadas con la gestión y funcionamiento de la unidad convivencial.
  • UC0250_2: Desarrollar intervenciones de atención psicosocial domiciliaria dirigidas a personas con necesidades de atención sociosanitaria.

2. Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • SSCS0108: Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales, establecido en el Real Decreto 1379/2008, de 1 de agosto.

3. Título de formación profesional en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia establecido en el Real Decreto 1593/2011, de 4 de noviembre.  

ANEXO 23
Cualificación profesional de Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales (SSC320_2)

1. Relación de las unidades de competencia de acuerdo con el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales:

  • UC1016_2: Preparar y apoyar las intervenciones de atención a las personas y a su entorno en el ámbito institucional indicadas por el equipo interdisciplinar.
  • UC1017_2: Desarrollar intervenciones de atención física dirigidas a personas dependientes en el ámbito institucional.
  • UC1018_2: Desarrollar intervenciones de atención sociosanitaria dirigidas a personas dependientes en el ámbito institucional.
  • UC1019_2: Desarrollar intervenciones de atención psicosocial dirigidas a personas dependientes en el ámbito institucional.

2. Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • SSCS0208: Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales, establecido en el Real Decreto 1379/2008, de 1 de agosto.

3. Título de formación profesional en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia establecido en el Real Decreto 1593/2011, de 4 de noviembre.

ANEXO 24
Operaciones auxiliares de mantenimiento de carrocería de vehículos  (TMV194_1)
 

1. Relación de las unidades de competencia de acuerdo con el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales:

  • UC0620_1: Efectuar operaciones de mecanizado básico.
  • UC0621_1: Desmontar, montar y sustituir elementos amovibles simples de un vehículo.
  • UC0622_1: Realizar operaciones auxiliares de preparación de superficies.

2. Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • (TMVL0109) Operaciones auxiliares de mantenimiento de carrocerías de vehículos (RD 723/2011, de 20 de mayo).

3. Título de formación profesional en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • Título Profesional Básico en Mantenimiento de Vehículos establecido en el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero.
     

ANEXO 25
Operaciones auxiliares de mantenimiento en electromecánica de vehículos (TMV195_1)

1. Relación de las unidades de competencia de acuerdo con el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales:

  • UC0623_1: Desmontar, montar y sustituir elementos mecánicos simples del vehículo.
  • UC0624_1: Desmontar, montar y sustituir elementos eléctricos simples del vehículo
  • UC0620_1: Efectuar operaciones de mecanizado básico

2. Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • (TMVG0109) Operaciones auxiliares de mantenimiento en electromecánica de vehículos (RD 723/2011, de 20 de mayo).

3. Título de formación profesional en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • Título Profesional Básico en Mantenimiento de Vehículos establecido en el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero


 ANEXO 26
Mantenimiento de los sistemas eléctricos y electrónicos de vehículos (TMV197_2)

1. Relación de las unidades de competencia de acuerdo con el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales:

  • UC0626_2: Mantener los sistemas de carga y arranque de vehículos.
  • UC0627_2 : Mantener los circuitos eléctricos auxiliares de vehículos.
  • UC0628_2: Mantener los sistemas de seguridad y confortabilidad de vehículos.

2. Certificado de profesionalidad en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • (TMVG0209) Mantenimiento de los sistemas eléctricos y electrónicos de vehículos (RD 723/2011, de 20 de mayo).

3. Título de formación profesional en que están incluidas las unidades de competencia susceptibles de acreditación mediante esta convocatoria:

  • Título de Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles establecido en el Real Decreto 453/2010, de 16 de abril.

 ANEXO 27
Procedimiento para acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN

Apellidos y nombre:1 ______________________________________________Sexe:5 Hombre (  )               Mujer (  )

Nacionalidad: ____________________ DNI/NIE:2 ______________________  Provincia/Isla: _______________________

Domicilio: _____________________________________________________________________________________

Población: ________________________________________________ CP: ____________ Tel.: _________________

Fecha de nacimiento:_______________ Dirección Electrónica: _________________________

EXPONGO:

Que reúno los requisitos personales establecidos en el punto 3 del anexo 1 de la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 18 de diciembre de 2014 por la cual se convoca el procedimiento para acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, incluidas en las unidades de competencia de diversas cualificaciones profesionales.

SOLICITO:

Que me admitan al procedimiento para acreditar las competencias profesionales, relativo a la calificación profesional siguiente: ____________________________________________________________________________

Relación de unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en las cuales solicito la inscripción:3

UC: ___________________________________________________________________________________________

UC: ___________________________________________________________________________________________

UC: ___________________________________________________________________________________________

UC: ___________________________________________________________________________________________

UC: ___________________________________________________________________________________________

Por eso, adjunto la documentación requerida en el punto 10 de la Resolución de convocatoria y que detallo en las hojas siguientes, de la autenticidad de la cual me hago responsable.

_______________, _____ d ________________ de 2015

[Rúbrica]

COMISIÓN DE EVALUACIÓN. CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES

Sede del procedimiento:4 _____________________________________________________________________

OBSERVACIONES GENERALES: De acuerdo con lo que dispone el artículo 5 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos facilitados en este formulario se incorporan a los ficheros de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades del Gobierno de las Illes Balears con la finalidad de poder gestionar los derechos derivados del reconocimiento de vuestra acreditación.

 

 DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS

Apellidos y nombre:1 ___________________________________________________________

Indicad la documentación justificativa que adjuntáis a la solicitud.

Nacionalidad5

(  ) Fotocopia del documento oficial de identidad.

(  ) Fotocopia del certificado de registro de ciudadano comunitario.

(  ) Fotocopia de la autorización de residencia o autorización de residencia y trabajo.

(  ) Fotocopia de la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea.

Tasas5

Justificación del pago de la tasa:

(  ) Documento de ingreso 046.

Justificación de la exención del pago o de la reducción de la tasa:

(  ) Certificado que acredita un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.

(  ) Documento justificativo de situación de desempleo.

(  ) Título o certificado de ser familia numerosa.

Solicitantes con experiencia profesional

Experiencia laboral relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar:

_____ años, _____ meses y _____ días.

(  ) Relación de documentos acreditativos de experiencia profesional relacionada con las unidades de competencia que se quieren acreditar de acuerdo con el punto 10 de la convocatoria (según el modelo facilitado con la solicitud de inscripción).

Solicitantes con formación no formal

Formación no formal relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar:

Total:_____ horas.

(  ) Relación de documentos acreditativos de la formación no formal relacionada con las unidades de competencia que se quieren acreditar de acuerdo con el punto 10 de la convocatoria (según el modelo facilitado con la solicitud de inscripción).

Información necesaria para el tratamiento estadístico

Nivel de estudios:5

(  ) Sin estudios.

(  ) Graduado escolar o equivalente.

(  ) Graduado en ESO o equivalente.

(  ) BUP o equivalente.

(  ) Bachillerato o equivalente.

(  ) Técnico o técnico auxiliar de FP en6 _______________________________________

(  ) Técnico superior o técnico especialista de FP en6 _______________________________

(  ) Titulado universitario en6 _____________________________________________

Situación laboral:

(  ) Desempleo (  ) Activo autónomo (  ) Activo asalariado

____________________, ______ de ____________ de 2015

[Rúbrica]

  1. Nombre y apellidos de la persona solicitando.
  2. En el caso de personas extranjeras, se tiene que especificar el número de identidad de extranjero (NIE).
  3. Indicad el código y la denominación que figuran en los anexos del 2 al 26 de la convocatoria.
  4. Centro indicado en la Resolución de la directora del IQPIB.
  5. Marcad con una X donde corresponda.
  6. Indicad la titulación.

 

 RELACIÓN DE DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE LA FORMACIÓN NO FORMAL

Apellidos y nombre: ____________________________________________________________________________

Relación de documentos de los cuales aporto fotocopia que acreditan que he superado la formación (si el espacio no es suficiente, hay que adjuntar una segunda relación):

1.

 

2.

 

3.

 

4.

 

5.

 

6.

 

7.

 

8.

 

9.

 

10.

 

11.

 

12.

 

_______________, ____ de _____________ de 2015

 

[Rúbrica]

 

 

RELACIÓN DE DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE EXPERIENCIA PROFESIONAL

Apellidos y nombre: ____________________________________________________________________________

Presenta la documentación siguiente: 

(  ) Informe de vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social.

(  ) Fotocopia de los contratos de trabajo.

(  ) Certificado de la empresa o las empresas donde se haya adquirido la experiencia laboral en que conste específicamente la duración de los periodos de prestación del contrato, las actividades ejercidas y el intervalo de tiempo en que se ha llevado a cabo la actividad.

(  ) Declaración jurada con la descripción de la actividad ejercida e intervalo de tiempo en qué se ha llevado a cabo, si es necesario.

(  ) En caso de voluntarios o becarios, certificado de la organización en que se haya prestado la asistencia en que consten, específicamente, las actividades y las funciones ejercidas, el año en que se han llevado a cabo y el número total de horas que se ha dedicado.

Si el espacio no es suficiente, hay que adjuntar una segunda relación.

1.

 

2.

 

3.

 

4.

 

5.

 

6.

 

7.

 

8.

 

9.

 

10.

_______________, ____ de ____________ de 2015

[Rúbrica]

 

ANEXO 28

Procedimiento para acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN A LA FASE DE ASESORAMIENTO

DATOS PERSONALES

Apellidos y nombre: __________________________________________________ DNI/NIE: _______________________

Domicilio: ____________________________________________________ Población: _____________________________

CP: ____________ Illa: _______________________ Provincia/Isla: ____________________________________________

Tfno.: _____________________    Dirección Electrónica: _____________________________________________________

DATOS PROFESIONALES

Situación laboral:                               (  ) Parado              (  )Activo autónomo            (  ) Activo asalariado

Centro de trabajo: _________________________________ Dirección: ________________________________

Población: ____________CP: ______ Provincia: ____________ Horario de trabajo: _______________________

EXPONGO:

Que, de acuerdo con la lista definitiva, se me ha admitido al procedimiento para acreditar las competencias profesionales.

Por eso, confirmo mi inscripción a la fase de asesoramiento de las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales siguientes:

Cualificación profesional: _________________________________________________________________

Indicad las unidades de competencia de vuestra cualificación (se tiene que cumplimentar obligatoriamente):

UC: ___________________________________________________________________________________________

UC: ___________________________________________________________________________________________

UC: ___________________________________________________________________________________________

UC: ___________________________________________________________________________________________

UC: ___________________________________________________________________________________________

 

ADJUNTO:

(  )El justificante del pago de la tasa que se indica en la base 22 de la convocatoria o el justificante de exención o de reducción de la tasa.

(  ) El dossier con la documentación compulsada.

______________, ____ de _____________ de 2015

[Rúbrica]

COMISIÓN DE EVALUACIÓN. CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES

Sede del procedimiento:4 _____________________________________________________________________

OBSERVACIONES GENERALES: De acuerdo con lo que dispone el artículo 5 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos facilitados en este formulario se incorporan a los ficheros de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades del Gobierno de las Illes Balears con la finalidad de poder gestionar los derechos derivados del reconocimiento de vuestra acreditación.

 

 

ANEXO 29

Procedimiento para acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación

 

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN A LA FASE DE EVALUACIÓN

DATOS PERSONALES

Apellidos y nombre: __________________________________________________ DNI/NIE: __________________

Domicilio: _______________________________________________________ Población: ____________________

CP: ____________ Provincia/Isla __________________________________________________________________

Tfno.: _________ Dirección Electrónica: ____________________________________________________________

DATOS PROFESIONALES

Situación laboral:                              (  )  Parado       (  )    Activo autónomo       (  )  Activo asalariado

Centro de trabajo: _________________________________ Dirección: ___________________________________

Población: ______________CP: ______ Provincia: ____________ Horario de trabajo: ______________________

 

EXPONGO:

Que, una vez finalizada la fase de asesoramiento, he recibido el informe de asesoramiento.

SOLICITO:

La inscripción para la evaluación de las unidades de competencia indicadas a continuación:

Cualificación profesional: _________________________________________________________________

Unidades de competencia (se tiene que cumplimentar obligatoriamente):

UC: ___________________________________________________________________________________________

UC: ___________________________________________________________________________________________

UC: ___________________________________________________________________________________________

UC: ___________________________________________________________________________________________

UC: ___________________________________________________________________________________________

 

ADJUNTO:

 El justificante del pago de la tasa que se indica en la base 22 de la convocatoria o el justificante de exención o de reducción de la tasa

____________, ____ de ______________ de 2015

[Rúbrica]

COMISIÓN DE EVALUACIÓN. CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES

Sede del procedimiento:4 _____________________________________________________________________

 

OBSERVACIONES GENERALES: De acuerdo con lo que dispone el artículo 5 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos facilitados en este formulario se incorporan a los ficheros de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades del Gobierno de las Illes Balears con la finalidad de poder gestionar los derechos derivados del reconocimiento de vuestra acreditación.

 

ANEXO 30
Declaración jurada

_________________________________________________, con documento de identidad __________________,

 DECLARO:

1. Que no tengo ningún título de formación profesional o certificado de profesionalidad que contenga las unidades de competencia objeto de esta convocatoria.

2. Que no estoy matriculado, en el momento de la inscripción, en ninguna oferta formativa del sistema educativo o ninguna acción formativa para la ocupación que contenga unidades de competencia para las cuales solicito la evaluación y la acreditación.

3. Que no estoy participando en ningún procedimiento de acreditación de competencias profesionales en el cual las unidades de competencia sean las mismas que las de esta convocatoria.

 

____________, ____ de _____________ de 2015

 

[Rúbrica]

 

 

 

 

 

 

 

OBSERVACIONES GENERALES: De acuerdo con lo que dispone el artículo 5 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos facilitados en este formulario se incorporan a los ficheros de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades del Gobierno de las Illes Balears con la finalidad de poder gestionar los derechos derivados del reconocimiento de vuestra acreditación.