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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

SINDICATURA DE CUENTAS

Núm. 23142
Acuerdo del Consejo de la Sindicatura de Cuentas por el que se aprueba la instrucción relativa a la remisión a esta Institución de la información contractual del sector público local de las Islas Baleares

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Texto

La Ley 4/2004, de 2 de abril, de la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares, al regular el contenido de la función fiscalizadora, incluye expresamente la fiscalización de los contratos, cualquiera que sea su carácter, formalizados por los distintos sujetos incluidos en su ámbito de actuación (artículo 7.d).

Por otra parte, el artículo 5.1.a de esta Ley establece que la Sindicatura de Cuentas está facultada para “Exigir de cuantos están sujetos a su acción fiscalizadora que proporcionen los antecedentes, datos, informes y documentos, cualquiera que sea su soporte, que considere necesarios para el debido conocimiento y comprobación del acto fiscalizable. La Sindicatura podrá establecer, con carácter general, el formato en que ha de ser facilitada dicha información.”

El artículo 29 del RDL 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, regula la remisión de información contractual a los órganos de control externo, sin perjuicio de sus facultades para reclamar cuantos datos, documentos y antecedentes estimen pertinentes con relación a los contratos de cualquier naturaleza y cuantía. Estas facultades, en el caso de la Sindicatura de Cuentas, están reconocidas en los artículos 5 y 7 de su Ley reguladora.

El artículo 25.2 del Reglamento de Régimen Interior prevé que la Sindicatura de Cuentas determine las características y el contenido de la información en materia de contratos.

La Sindicatura de Cuentas se encuentra inmersa en un progresivo proceso de implantación de los medios electrónicos, informáticos y telemáticos que coadyuven a lograr una mayor eficacia en el ejercicio de sus funciones.

En este sentido, el Consejo de la Sindicatura, en fecha 28 de febrero de 2012, aprobó la Instrucción relativa a la remisión a esta institución de la información contractual del sector público local en la que se establecía un procedimiento de envío electrónico de la dicha información.

En el ámbito del sector público local, la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares junto con el Tribunal de Cuentas y otros cinco órganos de control externo autonómicos, en el ejercicio 2007, impulsaron la creación de una plataforma de rendición telemática que ha permitido alcanzar una mejora continua en los plazos de rendición de cuentas por parte de las entidades locales.

El 4 de diciembre de 2014, se dio un nuevo impulso a esta plataforma con la firma de un nuevo convenio entre el Tribunal de Cuentas y ocho órganos de control externo autonómicos que prolonga la vigencia hasta el ejercicio 2018 de la utilización, la explotación y el mantenimiento de las aplicaciones informáticas que forman la plataforma y del portal de rendición de cuentas de las entidades locales.

Previamente el Tribunal de Cuentas y la Sindicatura, el 27 de junio de 2014, suscribieron una adenda al convenio de colaboración para la implantación de la rendición telemática firmado el 13 de julio de 2011, por la que las relaciones de contratos formalizados por las entidades locales se deben enviar a través de la plataforma de rendición y esta surtirá efecto para las dos instituciones de control externo.

En coherencia con los antecedentes anteriores, el Consejo de la Sindicatura, de acuerdo con lo previsto en el artículo 5 de la Ley 4/2004, de 2 de abril, de la Sindicatura de Cuentas, considera necesario actualizar la instrucción que regula la remisión, por parte del sector público local, de la información relativa a su actividad contractual.

Visto el Informe emitido por el Servicio Jurídico de fecha 11 de diciembre de 2014.

Por todo ello, a propuesta del Síndico del Área de Auditoría de Ayuntamientos y Entidades Locales, y en uso de la competencia que le atribuye el artículo 16.b de la Ley 4/2004, el Consejo de la Sindicatura.

Acuerda

Primero. Aprobar la Instrucción relativa a la remisión a esta institución de la información contractual del sector público local, que se adjunta como anexo a este Acuerdo.

Segundo. Dar difusión a la Instrucción mencionada y publicarla en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Palma, 18 de diciembre de 2014

El Síndico Mayor

Pedro Antonio Mas Cladera

Instrucción relativa a la remisión a la Sindicatura de Cuentas de la información contractual del sector público local de las Islas Baleares

Artículo 1. Objeto

Esta instrucción tiene por objeto regular la información contractual y las relaciones anuales de contratos que remitan a la Sindicatura de Cuentas las entidades que integran el sector público local de las Islas Baleares, el cual incluye los consejos insulares.

Artículo 2. Ámbito de aplicación

Forman parte del sector público local de las Islas Baleares, a efectos de esta Instrucción, las entidades que se especifican en el artículo 2.1.b y las dependientes de éstas del apartado 2.1.d de la Ley 4 / 2004, de 2 de abril, de la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares.

Artículo 3. Información contractual que debe enviarse

1. Dentro de los tres meses siguientes a la formalización del contrato, el órgano de contratación, a través del representante de la corporación, enviará a la Sindicatura de Cuentas una copia del documento en el que se haya formalizado el contrato, sin anexos ni documentos complementarios, y del extracto del expediente según el modelo previsto en el anexo I de esta Instrucción, en los siguientes supuestos:

a) Contratos de obras, concesiones de obras públicas, gestión de servicios públicos y contratos de colaboración entre el sector público y el sector privado, cuya cuantía supere los 600.000,00 euros (IVA excluido).

b) Contratos de suministros de cuantía superior a 450.000,00 euros (IVA excluido).

c) Contratos de servicios y contratos administrativos especiales de cuantía superior a 150.000,00 euros (IVA excluido).

d) Si se trata de contratos mixtos, se remitirán cuando la suma de todas sus prestaciones supere los 150.000,00 euros (IVA excluido).

2. Igualmente, con relación a los contratos señalados en el apartado anterior, las modificaciones, las prórrogas o las variaciones de plazos, las variaciones de precios y el importe final, la nulidad y la extinción normal o anormal se comunicarán en el trimestre siguiente al que se hayan producido, de acuerdo con el modelo que figura en el anexo II de esta Instrucción, y se adjuntará copia del documento en el que se haya formalizado.

Artículo 4. Relación anual de contratos que se remitirá

1. Con el fin de tener un conocimiento adecuado de la actividad contractual llevada a cabo en cada ejercicio y poder planificar oportunamente la actividad fiscalizadora, todas las entidades públicas locales deberán remitir a la Sindicatura de Cuentas una relación certificada comprensiva de todos los contratos formalizados en cada ejercicio, por ellas y por sus entidades dependientes, con independencia del régimen jurídico al que estén sometidas, exceptuados los contratos menores, identificados a estos efectos como los contratos de obras inferiores a 50.000,00 euros (IVA excluido) y los contratos de cualquier otra modalidad que no superen el importe de 18.000,00 euros (IVA excluido).

2. La relación anual de contratos se remitirá por procedimiento telemático a través de las aplicaciones informáticas de la Plataforma de Rendición de Cuentas de las Entidades Locales (www.rendiciondecuentas.es), produciendo esta remisión efectos ante esta Sindicatura de Cuentas y ante el Tribunal de Cuentas con arreglo al artículo 40.1 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, reguladora de su Funcionamiento. La remisión habrá de hacerse antes de finalizar el mes de febrero del ejercicio siguiente al de formalización de los contratos incluidos en la relación. La información hará referencia a los diversos aspectos establecidos en los ficheros contenidos al efecto en dicha Plataforma y contendrá, entre otros, los datos relativos a la entidad y el órgano contratante, y los básicos del contrato o sus modificaciones, descriptivos del objeto, procedimiento, adjudicatario, publicidad, precio y plazo. En caso de que no se hubiera formalizado ningún contrato que supere las cuantías mencionadas, se hará constar esta circunstancia mediante la comunicación negativa que dicha aplicación contiene, sea como información única de la entidad local o como información parcial de algunas de sus entidades contratantes u órganos de contratación.

En los expedientes de contratación que hayan dado lugar a múltiples adjudicatarios, y por tanto a múltiples contratos, por la existencia de lotes o partidas, en el modelo establecido para relacionar los contratos sólo se deberá anotar un único número de orden para cada expediente de contratación y se hará constar el importe total de los contratos del expediente; a continuación se incluirán, los datos correspondientes a todos los contratos derivados del mismo, ordenados de mayor a menor importe de adjudicación, cualquiera que éste sea.

A efectos de unificar el criterio a seguir en la inclusión de los contratos en la referida relación anual, se atenderá al ejercicio de su formalización, por lo que la relación certificada deberá comprender todos aquellos contratos que se hubieran formalizado en el ejercicio de referencia aunque su ejecución se hubiera podido realizar dentro del ejercicio siguiente.

Artículo 5. Formato de los documentos y remisión

1. La documentación a que se refiere el artículo 3 de esta Instrucción se remitirá firmada digitalmente, según los modelos que figuran en los anexos de esta Instrucción.

2. Las características del formato de estos documentos, así como las demás circunstancias que se refieran a su remisión por medios telemáticos, serán determinadas por la Sindicatura de Cuentas y comunicadas a las entidades locales para su cumplimiento.

Artículo 6. Requerimiento de otra documentación

Independientemente de la información indicada en esta Instrucción, la Sindicatura podrá requerir la remisión de la documentación adicional que estime pertinente con relación a los contratos de cualquier naturaleza y cuantía. Este requerimiento deberá ser atendido en los términos y plazos en que se haya planteado.

Disposición Transitoria

Relaciones de contratos de los ejercicios 2011, 2012, 2013 y 2014

A partir de la entrada en vigor de la presente Instrucción, las relaciones de contratos formalizados durante los ejercicios 2011, 2012, 2013 y 2014, pendientes de remitir a la Sindicatura, se deberán tramitar de acuerdo con el procedimiento habilitado a tal efecto en la misma, excepto que dichas relaciones se remitan antes del 31 de enero de 2015, en cuyo caso se podrán tramitar por el procedimiento y los formatos establecidos en la Instrucción de 28 de febrero de 2012.

Disposición Derogatoria

Derogación de normativa

Queda derogada la Instrucción relativa a la remisión a la Sindicatura de Cuentas de la información contractual del sector público local aprobada por el Consejo de la Sindicatura el 28 de febrero de 2012.

Disposición Final

Entrada en vigor

Esta Instrucción entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOIB, con relación a todos los contratos que se formalicen a partir de esta fecha y en las relaciones anuales de contratos que se tienen que remitir a la Sindicatura de Cuentas.

Anexos:

I. Extracto del expediente del contrato

II. Extracto de la modificación del contrato

 

 ANEXO I

Extracto del expediente del contrato

En cumplimiento del artículo 29 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y de la Instrucción sobre la remisión a la Sindicatura de Cuentas de la información contractual del Sector Público Local de las Islas Baleares, comunico, a continuación, los datos correspondientes al extracto del expediente del contrato, así como una copia del documento en que se han formalizado.  

Extracto expediente contratación

Ente: ..............................................................................................................................................................

Órgano contratación: ..................................................  Órgano delegado: ..............................................

Identificación expediente

Ejercicio: ..........................................  SARA: ...........................................  Núm. ref.: ............................

Tipo: .....................................................  Procedimiento: .......................................................................

Objeto: ......................................................................................................................................................

Adjudicatario

Nombre: ..................................................................................  NIF: ............................................................

Precio y plazo

Valor estimado: ...................................   Precio licitación: ........................................   Precio adjudicado: ...................................

Plazo (meses): ..........................................................................................................

Tramitación

Tramitación: ..........................................  Fecha PCAP: ....................................   Fecha PPT: ......................................

Fecha formalización: ...........................................................................................................................

Municipio,  .......................................................................   fecha ......................................................

SECRETARIO/A DE LA CORPORACIÓN

Firmado digitalmente

Se adjunta copia del documento de formalización en formato PDF y firmado digitalmente.

 

ANEXO II

Extracto de la modificación del contrato

En cumplimiento del artículo 29 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y de la Instrucción sobre la remisión a la Sindicatura de Cuentas de la información contractual del Sector Público Local de las Islas Baleares, comunico, a continuación, los datos correspondientes al extracto del expediente de modificación del contrato (las modificaciones, las prórrogas o las variaciones de plazos, las variaciones de precios y el importe final, la nulidad y la extinción normal o anormal), así como una copia del documento en qué se han formalizado.

Comunicación modificación expediente contratación

Ente: ..........................................................................................................................................................

Órgano contratación: ..........................................................  Órgano delegado: ..................................

Identificación expediente

Ejercicio: .........................................   SARA: ..........................................  Núm. ref.: .....................................

Tipo: .............................................................   Procedimiento: ......................................................................

Precio adjudicado: ......................................................   Plazo (meses): ........................................................

Objeto: ................................................................................................................................................................

Modificación

Fecha              Plazo               Importe           Comentario

............           ..............             .............          ...........................

............           ..............             .............          ...........................

............           ..............             .............          ...........................

............           ..............             .............          ...........................

Extinción

Fecha: ...................................................................  Tipo ........................................................................

Motivo: ....................................................................................................................................................

Municipio, .................................................................................fecha ...................................................

SECRETARIO/A DE LA CORPORACIÓN

Firmado digitalmente