Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

SINDICATURA DE CUENTAS

Núm. 22920
Acuerdo del Consejo de la Sindicatura por el que se aprueba la modificación parcial de la Relación de Puestos de Trabajo de personal funcionario de la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El artículo 34 de la Ley 4/2004, de 2 de abril, de la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares dispone que la Sindicatura de Cuentas deber aprobar una relación de puestos de trabajo permanentes, que ha de incluir su denominación y las características esenciales, las retribuciones y los requisitos para proveerlos.

El artículo 71 del Reglamento de Régimen Interior de la SCIB establece que el Consejo de la Sindicatura debe aprobar una relación de puestos de trabajo permanentes, que debe incluir su denominación y las características esenciales, las retribuciones y los requisitos para proveerlos, incluido el nivel de conocimientos de lengua catalana que les corresponda, siendo este nivel, como mínimo, el mismo establecido con carácter general para el personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. La relación de puestos de trabajo debe establecer la adscripción a personal funcionario, eventual o laboral; en el caso del personal funcionario debe especificar el sistema de provisión, el nivel en que se clasifica y las retribuciones complementarias.

En fecha 18 de julio de 2013, el Consejo de la Sindicatura modificó la Relación de Puestos de Trabajo de la SCIB, que se publicó debidamente actualizada en el BOIB núm. 113, de 13 de agosto de 2013.

Dada la actual estructura de la SCIB y las disponibilidades presupuestarias para el ejercicio 2015, se considera necesario desdotar un puesto de trabajo de auditor y un puesto de trabajo de personal subalterno.

Por todo ello, con la previa negociación con los representantes sindicales en la Mesa de Negociación de 29 de octubre de 2014, y haciendo uso de la competencia que le atribuye el artículo 16.k de la Ley 4/2004, el Consejo de la Sindicatura

ACUERDA

Primero. Aprobar la modificación parcial de la Relación de Puestos de Trabajo de personal funcionario de la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares, en los términos siguientes:

Puestos de trabajo que se modifican:

Auditor

Donde dice:                Dotaciones

                                        21

Debe decir:                Dotaciones     

                                        20  

Personal subalterno

Donde dice:                Dotaciones 

                                        4

Debe decir:                Dotaciones 

                                        3                                                               

Segundo. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

   

Palma, 28 de noviembre de 2014

  

El Síndico Mayor

Pedro Antonio Mas Cladera