Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 22917
081/14 Departamento Tributario. Aprobación definitiva Ordenanza Tasa ocupación via pública con mesas y sillas
Habiendo aprobado inicialmente el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria de día 30 de octubre de 2014, el expediente de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por la ocupación de los terrenos de titularidad pública local por bares o cafés, cafeterias y restaurantes con mesas y sillas y otros elementos, concepto 316,02, el Exmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión de día 18 de diciembre de 2014, ha resuelto las reclamaciones y aprobado definitivamente el expediente de modificación de la mencionada ordenanza a través de acuerdo, publica el texto íntegro:
A C U E R D O
"Primero.- Desestimar la reclamación presentada por el Grupo Municipal PSIB-PSOE en el Ayuntamiento de Palma contra el acuerdo de modificación de la ordenanza fiscal reguladora Tasa por la ocupación de los terrenos de titularidad pública local por bares o cafés, cafeterias y restaurantes con mesas y sillas y otros elementos, y mantener el texto aprobado por el Pleno de 30 de octubre de 2014.
Segundo.- Aprobar definitivamente el expediente de modificación de la Ordenanza fiscal de la tasa por la ocupación de los terrenos de titularidad pública local por bares o cafés, cafeterias y restaurantes con mesas y sillas y otros elementos, concepto 316,02, por lo que afecta al punto B) del anexo de la ordenanza; todo ello en base a la legislación vigente en la materia, constituida singularmente por los artículos 16 a 19 del Texto refundido de la Ley de haciendas locales aprobado por Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Se adjunta a la propuesta la nueva redacción.
Tercero.- La expresada modificación entrará en vigor el uno de enero de dos mil quince.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE TITULARIDAD PÚBLICO LOCAL POR BARES O CAFÉS, CAFETERÍAS Y RESTAURANTES CON MESAS, SILLAS Y OTROS ELEMENTOS
CONCEPTO 316,02
TEXTO QUE SE MODIFICA:
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE TITULARIDAD PÚBLICO LOCAL POR BARES O CAFÉS, CAFETERÍAS Y RESTAURANTES CON MESAS, SILLAS Y OTROS ELEMENTOS
CONCEPTO 316,02
ANEXO
TARIFAS VIGENTES A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2015
B) Es consideraran vies de categoria especial les següents:
Alemanya, Avinguda
Alexandre Rosselló, Avinguda
Almoina, Plaça
Antoni Maura, Avinguda
Aragó (tram entre Avdes. a Gabriel Maura)
Arenal, Carretera
Argentina, Avinguda
Baró de Pinopar
Bartomeu Riutort
Blanquerna
Born, Passeig
Capellers, Plaça
Cardenal Rossell
Cartago
Catalunya
Compte de Sallent
Cort, Plaça
Drassana, Plaça
Ecce Homo
Espanya, Plaça
Fàbrica
Gabriel Alomar i Villalonga, Avinguda
Gabriel Roca, Passeig.
Gomila, Plaça
Jaume II
Jaume III, Avinguda
Joan Miró
Joan March, Avinguda
Josep Tous Ferrer
Llotja, Plaça
Major, Plaça
Mallorca, Passeig
Mar Menor
Mare de Déu de la Salut, Plaça
Marquès del Palmer
Mercat, Plaça
Miquel Pellisa.
Olivar, Plaça
Oms
Parc de la Mar
Parcel·les
Palau Reial
Pescateria, Plaça
Porta Pintada, Plaça
Portixol, Passeig
Portugal, Avinguda
Rambla dels Ducs de Palma de Mallorca
Rei Joan Carles I, Plaça
Reina, Plaça
Rosari, Plaça
Sagrera, Passeig
Salvador Coll, Plaça
Sant Francesc, Plaça
Sant Miquel
Santa Eulàlia, Plaça
Sindicat
Torrent (zona Passeig Gabriel Roca)
Weyler, Plaça.
La categoría de las restantes vías se corresponderá con las fijadas en la “Clasificación de Vías Municipales a efectos de aplicación de las ordenanzas de exacciones” aprobada por este Ayuntamiento.
Lo que se publica para que se tenga conocimiento general y a los efectos oportunos, y se comunica que, conforme a lo que dispone el art. 19.1 de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer, contra el acuerdo definitivo de establecimiento y modificación de las ordenanzas mencionadas, recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante la Sala Contenciosa-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses, contados a partir del siguiente al de su publicación en el BOIB.
Palma, 18 de diciembre de 2014
El jefe del departamento,
por delegación Decreto de alcaldía núm. 3000 de 26/02/2014
(BOIB núm. 30 de 04/03/2014)
Xavier Calafat Rotger