Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS

Núm. 22788
Propuesta de Resolución y Resolución del Consejero de Hacienda y Presupuestos de 17 de diciembre de 2014 por la que autoriza la reversión al Ayuntamiento de Palma de Mallorca del inmueble denominado Son Llàtzer Vell ubicado en la parcela 137 del polígono 031 de Son Ferriol

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos 

1. El 8 de octubre de 2005 se publica en el BOIB núm. 150 la Resolución de 15 de septiembre del Consejero de Economía, Hacienda e Innovación por la que se acepta la cesión de uso gratuita y temporal de una parcela de terreno en Son Llàtzer Vell, ofrecida por el Ayuntamiento de Palma a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, con objeto de destinarla a la ubicación de la Fundación Illesport y las federaciones deportivas de las Illes Balears. 

2. El 14 de diciembre de 2005 mediante escritura pública ante el Notario de Palma, D. José Moragues Caffaro, protocolo 3.743, el Ayuntamiento de Palma hizo cesión de uso gratuita y temporal a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears de la finca rústica: 

Constituida por una porción de terreno procedente de los predios “Son Llatze” y “La Torre”, denominada “Son Llatze Vell”, en término de esta ciudad, lugar de Son Ferriol, ubicada junto a la Carretera de Palma Manacor que tiene una superficie de siete hectáreas trece áreas y cuarenta centiáreas, o sea, setenta y un mil trescientos cuarenta metros cuadrados (71.340 m2), lindante al norte, con el predio “Son Lliteras”, y en parte con porción segregada de la que se describe; al sur, con la Carretera de Palma a Manacor; al este, con porción […] conocida hoy por “Son Llatze Nou”, y al oeste, con la porción segregada de la que se describe”,

por un plazo de 50 años y con la finalidad de poder ubicar la Fundación Illesport y dar soporte a los deportistas, así como también a los servicios adyacentes de las cuarenta y siete federaciones inscritas en las Illes Balears de las que cuarenta y tres tienen sede en Palma. 

En el Catastro la parcela 137 del polígono 031 titularidad del Ayuntamiento de Palma tiene la referencia: 07040-A031001370000RA. En el Registro de la Propiedad de Palma nº 1 la finca está inscrita en el tomo 5.091, libro 1055, hoja 110, Sección IV, finca 60.970, inscripción 6ª. En el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears consta con el núm. de activo fijo 100000001224-0. 

3. El 18 de febrero 2009, el Concejal del Área – Sección de Patrimonio del Ayuntamiento de Palma, mediante oficio con registro de entrada núm. 2.648/20.02.09 en la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, solicita la reversión del inmueble de Son Llàtzer al Ayuntamiento, ya que no se destina al uso previsto (expediente SP/83/2009). Solicitud de reversión que reitera el 14 de enero de 2010 (con R/S núm. 2.557/15.01.10) en relación a la petición del 09.11.09 para que las Casas de Son Llàtzer Vell puedan ser destinadas a un espacio multifuncional para jóvenes gestionado por el Instituto Balear de la Juventud (expediente SP/303/2009), comunicando que: 

“[…] el Ayuntamiento está interesado en la reversión del resto de la finca que fue objeto de cesión junto con las casas y, en este último caso, se podría autorizar el cambio de destino respecto al Casal”. 

4. El 20 de septiembre de 2011, el Secretario General de la Consejería de Turismo y Deportes mediante oficio dirigido a la Directora General de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas adjunta copia de la mencionada escritura pública e indica que dicho inmueble de Son Ferriol fue cedido para que instalasen sus dependencias la Fundación ILLESPORT y los servicios adyacentes a las federaciones de las Illes Balears, todo ello en relación a su anterior oficio de 15 de septiembre de 2011 en el que relaciona la adscripción de los espacios a los edificios de servicio público de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. 

5. El 26 de septiembre de 2011, la Directora General de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas mediante oficio, responde y solicita del Secretario General de la Consejería de Turismo y Deportes su confirmación acerca de si la finca de referencia es de utilidad para la Consejería de Turismo y Deportes, y, en caso contrario, se propone su desadscripción y gestionar el ofrecimiento de este inmueble a las otras consejerías por si fuera de su interés o, en caso negativo, se procedería a la reversión de la citada finca al Ayuntamiento de Palma. 

6. El 30 de septiembre de 2011, el Secretario General de de la Consejería de Turismo y Deportes, en respuesta a la cuestión del 26 de septiembre relativa a la desadscripción del inmueble, confirma mediante oficio dirigido a la Directora General de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas que la finca denominada Son Llàtzer Vell, polígono 31, parcela 137 de Son Ferriol no es de utilidad para la Consejería de Turismo y Deportes. 

7. El 27 de septiembre de 2011, la Directora General de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas mediante oficio dirigido a todas las Secretarías Generales de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears comunica la disponibilidad de la finca “Son Llàtzer Vell” adscrita a la Consejería de Turismo y Deportes, ya que en estos momentos no le es de utilidad y, antes de proceder a la reversión al Ayuntamiento de Palma, da un plazo de 15 días a las Secretarías Generales para que indiquen si están interesadas en el inmueble. De ellas contestan: 

  • El 30 de septiembre de 2011, la Secretaría General de la Consejería de Presidencia comunica mediante oficio que no está interesada en este inmueble.
  • El 3 de octubre de 2011, la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio comunica mediante oficio que no está interesada en el inmueble mencionado.
  • El 10 de octubre de 2011, el Servicio de Salud de las Illes Balears comunica que, en estos momentos, no está interesado en el uso del inmueble de referencia.
  • El 28 de noviembre de 2011, la Secretaría General de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades solicita mediante oficio la adscripción del mencionado inmueble a la Consejería de Educación, Cultura y Universidades. 

8. El 29 de noviembre de 2011, la Secretaría General de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades reenvía, mediante correo interno dirigido a la Directora General de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas, un e-mail del Director Técnico del Área Económico-Financiera del Instituto de Infraestructuras y Servicios Educativos y Culturales (IBISEC) en el que se indica que para seguir la tramitación habría que conseguir que el Ayuntamiento vuelva a ceder las casas a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para poder poner un instituto y el consejo escolar, ya que el acuerdo de cesión era para una cosa muy concreta. En dicho correo se adjunta un informe, también interno, acerca de la licencia de obras línea de distribución Son Llàtzer. 

9. El 12 de enero de 2012, la Directora General de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas mediante oficio dirigido al Alcalde del Ayuntamiento de Palma y dadas las prioridades de carácter educativo de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears solicita de la “corporación municipal autorización expresa y escrita para el cambio de uso de deportivo a educativo, ya que las instalaciones albergarán las dependencias dedicadas al fomento de las infraestructuras educativas”. 

10. El 21 de marzo de 2012, el Secretario General de Turismo y Deportes mediante oficio a la Directora General de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas expone que “[…] la Administración de Deportes de la Comunidad Autónoma ha venido haciéndose cargo de los costes de mantenimiento, del servicio de seguridad y vigilancia, y póliza de seguro de dicha finca, así como la adaptación del inmueble para el correcto uso por la Administración. Ello, no obstante, y tras las consultas efectuadas a las distintas federaciones deportivas se ha considerado la no utilización de dicho inmueble cedido para las finalidades a que fue condicionada su utilización […]” y, en consecuencia, solicita que “[…], se adopten lo antes posible los trámites y el procedimiento que corresponda, […]”. 

11. El 12 de julio de 2012, la Directora General de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas mediante oficio dirigido al Alcalde del Ayuntamiento de Palma solicita de la corporación municipal autorización expresa y escrita para tramitar los cambios de uso, ya que, en estos momentos, la Comunidad Autónoma precisa ampliar los usos y destinarla a temas educativos, culturales y deportivos, independientemente de la consejería que en cada momento tenga la competencia, ya que éstas no tienen personalidad jurídica propia y dependen de la estructura organizativa de cada momento. 

12. El 13 de mayo de 2013, el Director General de Gestión Económica y Farmacia mediante oficio dirigido a la Secretaria General de la Consejería de Hacienda y Presupuestos y con registro de entrada en la Consejería de Administraciones Públicas núm. 6558/2013 comunica el interés de la Gerencia del Hospital Son Llàtzer en el inmueble, “si bien a la espera de disponer de más información sobre las condiciones que pueda imponer el Ayuntamiento de Palma en el momento de su cesión gratuita y temporal y una visita al edificio existente” y solicita más información sobre el solar en cuestión. 

13. El 28 de mayo de 2013, la Secretaria General de la Consejería de Salud mediante oficio dirigido a la Secretaria General de la Consejería de Hacienda y Presupuestos y tras una visita y valoración de las posibilidades del inmueble reitera la solicitud de información de las condiciones que pudiera imponer el Ayuntamiento de Palma para poder hacer un uso sanitario del solar.

14. El 2 de agosto de 2013 mediante oficio (con R/S núm. 61.549/05.08.13) dirigido al Servicio de Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Presupuestos, la Concejala Delegada de Función Pública y Gobierno Interior del Ayuntamiento de Palma comunica que:

 “Después de diversas reuniones a alto nivel, se ha llegado a un acuerdo entre este Ayuntamiento y la Consejería de Agricultura de permutar la propiedad del mencionado inmueble de titularidad municipal, por otro urbano de titularidad de la Consejería. 

Para articular esta operación de permuta deben iniciarse los trámites de depuración de la situación de las fincas, por lo que propone, o bien la reversión del uso cedido, o bien la transferencia de la titularidad del uso a la Consejería de Agricultura, para después ser completado con la propiedad total en el momento en que se haga la permuta”. 

15. El 17 de septiembre de 2013 el Servicio Balear de Salud y la Dirección General de Gestión Económica y Farmacia emiten un informe “[…] ante la importancia y, todavía viable, posibilidad de disponer para Uso Sanitario de las Instalaciones conocidas como “Les cases de Son Llàtzer Vell […] que permitiría ampliar las instalaciones del Hospital Son Llàtzer […]”, acompañado de fotografías y planos.

16. El 6 de noviembre de 2014 mediante oficio (con R/S del Ayuntamiento de Palma núm. 94.738/10.11.14 y R/E núm. 12.716/2014 de la Consejería de Hacienda y Presupuestos) dirigido a la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, el Secretario Adjunto y Director de la Secretaría de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma comunica que, en la actualidad, el Ayuntamiento de Palma y la Consejería de Agricultura llevan a cabo actuaciones para permutar la titularidad municipal del inmueble rústico de Son Llàtzer Vell por otro de titularidad de esta Consejería en la plaza de Santa Eulalia y, por ello: 

“[…] le reitero que proceda a la reversión del uso de la finca de Son Llàtzer en el plazo más breve posible”. 

17. El 2 de diciembre de 2014, ha tenido entrada núm. 13.625/2014 en el Registro de la Consejería de Hacienda y Presupuestos un oficio del Gerente de la Fundación para el Deporte Balear dirigido al Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio del Gobierno de las Illes Balears mediante el que se adjunta el Certificado de la sesión del Patronato de la Fundación de 26 de noviembre de 2014 en la que se aprueba por unanimidad de los patronos asistentes la propuesta de devolución a la Dirección General de Patrimonio del Casal de Son Llàtzer y terrenos anexos, que: 

En fecha 21 de noviembre de 2005, se pusieron a disposición del Consorcio Escuela Balear del Deporte los terrenos del inmueble núm. 911, parcela de terreno en Son Llàtzer Vell al efecto de tramitar el correspondiente expediente de contratación para ejecutar las obras de rehabilitación del Casal de Juventud y Asociaciones de Son Llàtzer con la finalidad de ubicar la Fundación Illesport y las federaciones deportivas de las Illes Balears. 

Licitadas y ejecutadas las obras, recepcionado el edificio, los terrenos y la infraestructura permanecen sin ningún tipo de uso, dado que con motivo de la fusión de la Fundación Illesport y el Consorcio Escuela Balear del Deporte, la entidad resultante, Fundación para el Deporte Balear, tiene las oficinas en el Polideportivo Príncipes de España, lugar donde se desarrolla en un porcentaje muy elevado la actividad propia de la empresa y las federaciones deportivas de las Illes Balears permanecen en otro lugar.” 

Fundamentos de derecho 

1. El artículo 62 de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 49, de 24 de abril). 

2. El artículo 129.2 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 192, de 24 de diciembre). 

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. (BOIB núm. 44, de 3 de abril). 

4. Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de abril de 2012 por el que se aprueba la primera fase del Proyecto de Reestructuración del Sector Público Instrumental de las Illes Balears (BOIB núm. 53, de 14 de abril). 

5. Resolución del Presidente de la Fundación para el Deporte Balear de 15 de noviembre de 2012 por la cual se ordena la publicación de la modificación de Estatutos de la Fundación para el Apoyo y la Promoción del Deporte Balear, Illesport, que incluye cambio de domicilio y de denominación, pasando a ser Fundación para el Deporte Balear (BOIB núm. 173, de 22 de noviembre).

6. El Decreto 5/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 60, de 2 de mayo). 

7. El Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 60, de 2 de mayo), y el Decreto 15/2013, de 7 de junio, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se modifica el Decreto 6/2013 (BOIB núm. 82, de 8 de junio). 

8. El Decreto 7/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 60, de 2 de mayo). 

9. El Decreto 35/2013, de 21 de junio, por el que se dispone el nombramiento del Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Presupuestos del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 88, de 22 de junio). 

10. Resolución del Consejero de Hacienda y Presupuestos de 18 de junio de 2013 por la que se modifica la Resolución de 24 de mayo de 2013 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Hacienda y Presupuestos, de otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Hacienda y Presupuestos (BOIB núm. 89, de 25 de junio). 

Propuesta de Resolución 

Propongo al Consejero de Hacienda y Presupuestos que dicte una Resolución en los siguientes términos: 

1. Autorizar la reversión solicitada por el Ayuntamiento de Palma, del inmueble denominado Son Llàtzer Vell, ubicado en la parcela 137 del polígono 031 de Son Ferriol del término municipal de Palma, ya que para la Comunidad Autónoma de las Illes Balears no es necesario, al no haber podido cambiar los usos.

2. Notificar esta reversión al Ayuntamiento de Palma, a la Fundación para el Deporte Balear, a la Consejería de Turismo y Deportes, a la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, al Servicio de Salud de las Illes Balears, a la Consejería de Salud y a la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio. 

3. Autorizar la escritura pública de reversión de la cesión de uso gratuita y temporal.  

4. Anotar esta reversión en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. 

5. Publicar esta reversión en el Boletín Oficial de las Illes Balears. 

Interposición de recursos 

Contra la Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Hacienda y Presupuestos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. 

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haberse publicado la Resolución, de acuerdo con los artículos 10.1 a y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. 

 

Palma de Mallorca, 17 de diciembre de 2014 

El Director General del Tesoro,Política Financiera y Patrimonio
Miguel Miralles Sastre

De acuerdo con la Propuesta. Dicto Resolución
El Consejero de Hacienda y Presupuestos
José Vicente Marí Bosó