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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES

Núm. 22665
Resolución del director general de Planificación e Infraestructuras Educativas de 27 de noviembre de 2014 por la cual se modifica la Resolución definitiva del director general de Planificación e Infraestructuras Educativas de 21 de noviembre de 2014 sobre la dotación adicional de personal de atención a la diversidad a la enseñanza privada concertada para el curso 2014-2015

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Texto

Antecedentes

1. La Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 16 de abril de 2014 establece el procedimiento para la ampliación de la dotación de personal de atención a la diversidad a la enseñanza privada concertada para el curso 2014-2015 (BOIB nº. 57, de 26 de abril de 2014).

2. De acuerdo con el apartado 3 del punto quinto de la Resolución de la consejera antes mencionada y de acuerdo con la normativa que regula el régimen de control interno que tiene que ejercer la Intervención General de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el director general de Planificación e Infraestructuras Educativas dictó la resolución definitiva de 21 de noviembre de 2014 sobre la dotación adicional de personal de atención a la diversidad en la enseñanza privada concertada para el curso 2014-2015.

3. El apartado 5 del punto cuarto de la Resolución de la consejera de 16 de abril de 2014 establece que, una vez iniciado el curso 2014-2015, se podrán revisar puntualmente aquellas situaciones en que la dotación adicional de personal de atención a la diversidad se tenga que ajustar a las necesidades educativas de aquellos centros que así lo requieran.

4. El 22 de septiembre de 2014, el Servicio de Escolarización, Servicios Complementarios de la Enseñanza, Títulos y Convalidaciones emitió un informe favorable para incrementar la dotación adicional del CC Santa Maria (código 07002920) en 1 AD-ESO con la finalidad de poder llevar a cabo un desdoblamiento del mencionado nivel educativo.

5. El 22 de septiembre de 2014, el Servicio de Escolarización, Servicios Complementarios de la Enseñanza, Títulos y Convalidaciones emitió un informe favorable para incrementar la dotación adicional del CC Sant Francesc d'Assís (código 07002579) en 1 AD-IP con la finalidad de poder llevar a cabo un desdoblamiento en la etapa de educación infantil.

6. El 30 de septiembre de 2014, el Servicio de Soporte Educativo de la Dirección General de Ordenación, Planificación  y Formación Profesional emitió un informe por el cual considera necesaria la dotación de 0,5 ATE al CC Santíssima Trinitat (código 07003377) por las necesidades que presenta un alumno matriculado en este centro.

7. El 30 de septiembre de 2014, el Servicio de Soporte Educativo comunicó que el CC Ramon Llull (código 07005301), al inicio del curso, tenía establecida una dotación adicional de 0,5 ATE porque estaba prevista la escolarización de un alumno con NESE pero finalmente este alumno se matriculó en otro centro y, por lo tanto, este recurso ya no era necesario. El Servicio de Soporte Educativo propone efectuar una redistribución y retirar el recurso de 0,5 ATE que tenía establecido el CC Ramon Llull (código 07005301) y transferirlo al CC Santíssima Trinitat (código 07003377).

8. El 25 de noviembre de 2014, el jefe de Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable a modificar la Resolución definitiva del director general de Planificación e Infraestructuras Educativas de 21 de noviembre de 2014 sobre la dotación adicional de personal de atención a la diversidad en la enseñanza privada concertada para el curso 2014-2015.

Fundamentos de derecho

1. Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación.

2. Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en la redacción dada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.

3. Decreto 39/2011, de 29 de abril, por el cual se regula la atención a la diversidad y la orientación educativa en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos.

4. Decreto 67/2008, de 6 de junio, por el cual se establece la ordenación general de las enseñanzas de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria obligatoria en las Illes Balears.

5. Orden de la consejera de Educación y Cultura de 7 de mayo de 2008 por la cual se regula la dotación de los equipos docentes a los niveles educativos concertados.

6. Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 16 de abril de 2014 establece el procedimiento para la ampliación de la dotación de personal de atención a la diversidad en la enseñanza privada concertada para el curso 2014-2015.

Por todo lo expuesto y de acuerdo con los informes emitidos por el Servicio de Apoyo Educativo, por el Servicio de Escolarización, Servicios Complementarios de la Enseñanza, Títulos y Convalidaciones y por el jefe del Departamento de Planificación y Centros que se han citado en los antecedentes, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar la Resolución definitiva del director general de Planificación e Infraestructuras Educativas de 21 de noviembre de 2014 sobre la dotación adicional de personal de atención a la diversidad en la enseñanza privada concertada para el curso 2014-2015 en los términos que se relacionan a continuación. Esta modificación queda establecida en el anexo de esta resolución.

- Incrementar 1 AD-ESO la dotación adicional del CC Santa Maria (código 07002920). Esta modificación tendrá efectos desde el 1 de septiembre de 2014.

- Incrementar 1 AD-IP la dotación adicional del CC Sant Francesc d'Assís (código 07002579). Esta modificación tendrá efectos desde el 1 de septiembre de 2014.

- Reducir 0,5 ATE de la dotación adicional del CC Ramon Llull (código 07005301). Esta modificación tendrá efectos desde el 1 de septiembre de 2014.

- Incrementar 0,5 ATE la dotación adicional del CC Santíssima Trinitat (código 07003377). Esta modificación tendrá efectos desde el 1 de enero de 2015.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web de la Dirección General de Planificación e Infraestructuras Educativas.

3. Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la consejera de Educación, Cultura y Universidades en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de su publicación, según los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears .

 

Palma, 27 de noviembre de 2014

 

El director general de Planificación e Infraestructuras Educativas

Bartolomé Isern Lladó

       

ANEXO

CÓDIGO

CENTRO

Municipio

PT-EP

PT-ESO

AL-EP

AL-ESO

AD-IP

AD-ESO

ATE

 07002920

CC Santa Maria

Palma

0,00

0,00

0,50

0,00

0,00

1,00

0,00

 07002579

CC Sant Francesc d'Assís

Muro

0,50

0,00

0,00

0,00

1,00

0,00

0,00

07005301

CC Ramon Llull

Santa Maria del Camí

0,00

0,00

0,50

0,00

0,00

0,00

0,00

07003377

CC Santíssima Trinitat

Palma

0,00

0,50

0,50

0,00

0,00

0,00

0,50