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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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NOTARÍAS

MARÍA EUGENIA ROA NONIDE, NOTARIA DE EIVISSA

Núm. 19529
Acta de mayor cabida

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

HAGO CONSTAR:

Que en esta Notaría se tramita ACTA DE NOTORIEDAD PARA REGISTRACIÓN DE EXCESO DE CABIDA DE FINCA INSCRITA, a instancia de DOÑA MARÍA MARÍ SERRA, mayor de edad, casada, empleada, vecina de San José, con domicilio en Can Bagot Suñer, y provista de D.N.I. número 41.445.717 (Q), sobre la siguiente finca:

Porción de tierra bosque de diez turnais de cabida, procedente de la finca BOSCH DE CAN SUÑE, sita en la parroquia y término municipal de San José, de superficie catastral de DOCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y UN METROS, y sus linderos en la actualidad son: Norte, finca 07048A009001440000DD de José Marí Marí, Noreste colindante también por el este finca 07048A009001790000DJ de Vicente Prats Riera hoy propiedad de María Prats Ribas a quien le pertenece por herencia ;Sur, finca 07048A009000620000DW de Catalina Llorens Ferrer;  Este, finca 07048A009001390000DK de Ives Louis Carolas hoy propiedad de la entidad mercantil española denominada SAJESA INVERSIONES, S.L. a quien le pertenece por compra y finca 07048A009001380000DO de Cristina Marí Tur, pero en ralidad la que es colindante por dicho lindero es doña María Prats Ribas; Oeste, finca 07048A009001430000DR propiedad de la compareciente.

TITULO: le pertenece por escritura de herencia autorizada por el notario que fue de Ibiza, Don Marcelino de la Muela Torrubiano, el día veintiséis de Marzo de mil novecientos ochenta y seis, número 856 de orden.

INSCRIPCION: En el Registro de la propiedad de Ibiza número 2, al Tomo 1166, libro 225 de Sant Josep de Sa Talaia, folio 102, finca 8.855.

REFERENCIA CATASTRAL: 07048A009001400000DM

Durante un plazo de veinte días desde la publicación del presente EDICTO podrán los interesados comparecer en mi Notaría, sita en la calle Médico Antonio Serra, número 1, principal, de Ibiza, en horas de despacho, para oponerse a la tramitación de la misma o alegar lo que estimen oportuno en defensa de sus derechos.

En Ibiza a treinta de octubre de dos mil catorce.