Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 22581
Notificación de los acuerdos de iniciación de los expedientes administrativos sancionadores por infracción de normas en materia de transportes

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

No habiendo sido posible notificar el Acuerdo de Iniciación de los expedientes sancionadores y la apertura de los plazos de alegaciones y pruebas, por presunta infracción a las disposiciones ordenadoras del Transporte Terrestre, tipificadas en la Ley 16/87, de 30/07, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE 31/07/87) (en adelante, LOTT), reformada por Ley 9/2013, de 4 de julio, (BOE núm. 160 de 5 de julio de 2013) se procede a la notificación, conforme determina el artículo 59.5 de la Ley 30/92, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común, a las personas que se detallan en el ANEXO adjunto, haciendo constar:

1º.- Disponen los denunciados de un PLAZO DE 30 DIAS (TREINTA) DÍAS HÁBILES, a contar del siguiente al de la presente publicación, para hacer efectiva voluntariamente la sanción, en cuyo caso la cuantía pecuniaria de ésta se reducirá en un 30 por ciento; así como que el pago de la sanción pecuniaria con anterioridad a que se dicte resolución sancionadora implicará la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones y la terminación del procedimiento, dictándose a continuación resolución sancionadora que podrá ser impugnada mediante idénticos recursos a los que le hubieran correspondido en el supuesto de que el procedimiento se hubiese tramitado de forma ordinaria y hubiera terminado mediante resolución expresa. La mencionada terminación del procedimiento se producirá en todo caso, salvo en aquellos supuestos en que lleve aparejada una sanción accesoria; todo ello de acuerdo con lo establecido en los párrafos segundo y tercero del artículo 146.3 LOTT y en los artículos 210 párrafo cuarto y 213.1 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, reformado por Real Decreto 1225/2006, de 27 de octubre (BOE núm. 273, de 15 de noviembre de 2006, en adelante, ROTT).

2º.- Disponen los denunciados de un PLAZO DE 15 (QUINCE) DÍAS HÁBILES, a contar a partir del siguiente al de la presente publicación, para formular sus alegaciones, con aportación o proposición de las pruebas que las justifiquen, ante esta Dirección General.

3º Mientras dure la tramitación de los expedientes sancionadores, los interesados podrán tomar vista de los mismos, y conocer la identidad del Instructor que ha sido nombrado en el Acuerdo de Iniciación a los efectos de recusación previstos en los artículos 23 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44 de 3-04-2004 y BOE núm. 98 de 24 de abril de 2004) y 29 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4º El plazo máximo normativamente establecido para dictar resolución y notificarla es de un año a contar desde la fecha de iniciación del procedimiento, a tenor del artículo 50.3 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en relación con los artículos 146.2 párrafo tercero LOTT y 205 párrafo segundo ROTT. El transcurso de dicho plazo sin que se haya producido la resolución y notificación de la misma producirá la caducidad del procedimiento, dictándose a continuación la correspondiente resolución expresa de caducidad en aplicación del inciso final del párrafo segundo del artículo 205 ROTT, siempre que dicho procedimiento no se hubiese suspendido o paralizado por causa imputable al interesado, en cuyos casos se interrumpirá el cómputo del plazo para resolver y notificar la resolución, por el tiempo que esté en suspenso o paralizado el procedimiento.

Todo ello, de conformidad con lo establecido en los artículos 42.4 y 42.5 de la Ley 30/1.992 de 26 de Noviembre, según redacción dada por la Ley 4/1.999, de 13 de Enero, de modificación de la anterior.

Las personas interesadas pueden comparecer, en la Dirección General de Transportes situada en la calle Eusebio Estada, 28, 1º, de Palma de Mallorca, en el plazo que se establece, para conocer el contenido íntegro del acto mencionado y para que quede constancia de ese conocimiento, de acuerdo con el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

 

ANEXO

 

Número de expediente

Fecha de infracción

Nombre del titular

Preceptos infringidos

TR 306/2014

07/03/2014

MARTINEZ MONTORO SAMUEL

del art. 42 de la Ley 16/87, de 30 de julio (LOTT), modificada por ley 9/2013 de 4 de julio que el art. 140.1 LOTT, califica como infracción Muy Grave

TR 654/2014

20/05/2014

ROMO CORDOVA WALTER RENEE

del art. 42 de la Ley 16/87, de 30 de julio (LOTT), modificada por ley 9/2013 de 4 de julio, que el art. 141.25 LOTT en relación al art. 140.1 LOTT, califica como infracción Grave

TR 716/2014

27/06/2014

SANCHEZ EXPOSITO LUIS

del art. 42 de la Ley 16/87, de 30 de julio (LOTT), modificada por ley 9/2013 de 4 de julio, que el art. 141.25 LOTT en relación al art. 140.1 LOTT, califica como infracción Grave

TR 740/2014

04/06/2014

ARMANNI, GIULIA

del art. 42 de la Ley 16/87, de 30 de julio (LOTT), modificada por ley 9/2013 de 4 de julio, que el art. 141.25 LOTT en relación al art. 140.1 LOTT, califica como infracción Grave

TR 749/2014

19/06/2014

FREIRE ZAMBRANO AGUSTIN NECKER

del art. 42 de la Ley 16/87, de 30 de julio (LOTT), modificada por ley 9/2013 de 4 de julio, que el art. 141.25 LOTT en relación al art. 140.1 LOTT, califica como infracción Grave

TR 786/2014

11/05/2014

AUTOCARES RAFAEL NADAL, S.L.

del art. 7 Regl. (CE) 561/06 de 15 de marzo, que el art. 140.37.4 de la Ley 16/87, de 30 de julio (LOTT), modificada por ley 9/2013 de 4 de julio, califica como infracción Muy Grave

TR 787/2014

03/05/2014

MALLORCA GRUP BUS SL

del art. 8.2 Regl. (CE) 561/06 de 15 de marzo, que el art. 140.37.5 de la Ley 16/87, de 30 de julio (LOTT), modificada por ley 9/2013 de 4 de julio, califica como infracción Muy Grave

TR 789/2014

16/05/2014

MALLORCA GRUP BUS SL

del art. 8.2 Regl. (CE) 561/06 de 15 de marzo, que el art. 141.24.4 de la Ley 16/87, de 30 de julio (LOTT), modificada por ley 9/2013 de 4 de julio, califica como infracción Grave

TR 791/2014

31/05/2014

PEDRO'S BUS SL

del art. 14.1 Regl. CEE 3821/85 de 20 de diciembre, que el art. 141.11 de la Ley 16/87, de 30 de julio (LOTT), modificada por ley 9/2013 de 4 de julio, califica como infracción Grave

TR 793/2014

13/05/2014

MAJORCA TRANSFERS SL

del art. 8 .6 Regl. (CE) 561/06 de 15 de marzo, que el art. 141.24.5 de la Ley 16/87, de 30 de julio (LOTT), modificada por ley 9/2013 de 4 de julio, califica como infracción Grave

 

TR 794/2014

11/05/2014

AUTOCARES RAFAEL NADAL, S.L.

de los art. 147 de la Ley 16/87, de 30 de julio (LOTT), modificada por ley 9/2013 de 4 de julio y art. 222 RD 1211/90, de 28 de setiembre (ROTT), modificado por RD 1225/2006, de 27 de octubre, y Ord. FOM/1230/13 de 31 de mayo, que el art. 141.17 LOTT, califica como infracción Grave

TR 795/2014

31/05/2014

PEDRO'S BUS SL

del art. 14.1 Regl. CEE 3821/85 de 20 de diciembre, que el art. 141.11 de la Ley 16/87, de 30 de julio (LOTT), modificada por ley 9/2013 de 4 de julio, califica como infracción Grave

TR 797/2014

03/05/2014

MALLORCA GRUP BUS SL

del art. 8.2 Regl. (CE) 561/06 de 15 de marzo, que el art. 140.37.5 de la Ley 16/87, de 30 de julio (LOTT), modificada por ley 9/2013 de 4 de julio, califica como infracción Muy Grave

TR 799/2014

16/05/2014

MALLORCA GRUP BUS SL

del art. 8.2 Regl. (CE) 561/06 de 15 de marzo, que el art. 140.37.5 de la Ley 16/87, de 30 de julio (LOTT), modificada por ley 9/2013 de 4 de julio, califica como infracción Muy Grave

TR 806/2014

16/05/2014

MALLORCA GRUP BUS SL

del art. 8.2 Regl. (CE) 561/06 de 15 de marzo, que el art. 140.37.5 de la Ley 16/87, de 30 de julio (LOTT), modificada por ley 9/2013 de 4 de julio, califica como infracción Muy Grave

TR 807/2014

16/05/2014

MALLORCA GRUP BUS SL

del art. 8 .6 Regl. (CE) 561/06 de 15 de marzo, que el art. 140.37.6 de la Ley 16/87, de 30 de julio (LOTT), modificada por ley 9/2013 de 4 de julio, califica como infracción Muy Grave

TR 825/2014

08/06/2014

MALLORCA GRUP BUS SL

del art. 7 Regl. (CE) 561/06 de 15 de marzo, que el art. 140.37.4 de la Ley 16/87, de 30 de julio (LOTT), modificada por ley 9/2013 de 4 de julio, califica como infracción Muy Grave

TR 870/2014

02/06/2014

C.T.LOGISTICAY TRANSPORTES SL

del art. 42 de la Ley 16/87, de 30 de julio (LOTT), modificada por ley 9/2013 de 4 de julio, que el art. 141.25 LOTT en relación al art. 140.1 LOTT, califica como infracción Grave

TR 932/2014

29/07/2014

C.T.LOGISTICAY TRANSPORTES SL

del art. 42 de la Ley 16/87, de 30 de julio (LOTT), modificada por ley 9/2013 de 4 de julio que el art. 140.1 LOTT, califica como infracción Muy Grave

 

Palma, 15 de diciembre de 2014

 

El director general de Transports

Juan Salvador Iriarte