Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 5 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 22253
Juicio de faltas 1032/2013
D./DÑA. MARGARITA AVELLÁ SALOM SECRETARIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 005 DE PALMA DE MALLORCA
DOY FE Y TESTIMONIO:
Que en el Juicio de Faltas nº 1.032/2013 se ha dictado la presente sentencia, que en su parte dispositiva dice:
“Que debo ABSOLVER y ABSUELVO a BETINA TIMMERS, a GüETER FLICK, a AUTOS BONSAI y a la compañía ALLIANZ de la falta de imprudencia leve de la que han sido denunciados en este proceso, declarando de oficio las costas del presente procedimiento.
Díctese auto ejecutivo a favor del lesionado GRAIG GRANT SMITH con arreglo a lo establecido en el artículo 13 del Texto Refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2004 de 29 de octubre, y reformado por Ley 21/2007 de 1 de julio.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos en este Juzgado para ante la Iltma. Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.
Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.”
Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia al denunciante GRAIG GRANT SMITH y a los denunciados GüETER FLICK y a BETINA TIMMERS y su publicación en el Boletín Oficial de ILLES BALEARS, expido la presente en PALMA DE MALLORCA a 28 de noviembre de 2.014
EL/LA SECRETARIO