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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

Núm. 22478
Notificación de requerimiento de aportación de documentación relativa a los datos bancarios para el cobro de una subvención

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace pública la notificación siguiente a las personas que se relacionan a continuación, dado que se ha intentado notificarlas en su último domicilio conocido (Palma) y no ha sido posible.

Nombre: Fernando Ors Ordinas

Exp.: ELEC 1078/2011

Hecho que motiva el requerimiento: solicitud de datos bancarios actualizados.  

Nombre: Lina Paola Areiza Ortiz

Exp.: ELEC 1998/2011

Hecho que motiva el requerimiento: solicitud de datos bancarios actualizados.   

Nombre: Nuria Martí Fernández

Exp.: ELEC 4330/2011

Hecho que motiva el requerimiento: solicitud de datos bancarios actualizados. 

Nombre: Giorgio Rotolo

Exp.: ELEC 5768/2011

Hecho que motiva el requerimiento: solicitud de datos bancarios actualizados.   

Nombre: María Elena Pulet Matas

Exp.: ELEC 6985/2011

Hecho que motiva el requerimiento: solicitud de datos bancarios actualizados. 

Nombre: Rosario Puig Fernández

Exp.: ELEC 7143/2011

Hecho que motiva el requerimiento: solicitud de datos bancarios actualizados.   

Nom: Juan García Hernández

Exp.: FINEST 146/2011

Hecho que motiva el requerimiento: solicitud de datos bancarios actualizados.

Los documentos se pueden presentar en las oficinas de la DG Industria y Energía (Pl. Son Castelló, 1, 07009 Palma), en el registro de cualquier consejería o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/92. En el caso que no se presente la documentación solicitada no se podrá continuar con la tramitación del pago de la subvención.  

Asimismo, se informa que, de acuerdo con el artículo 27 de la Ley de finanzas de las Islas Baleares, salvo lo establecido por las leyes reguladoras de las distintas obligaciones, el derecho al reconocimiento de las obligaciones y al pago de las ya reconocidas prescribirá al cabo de cinco años desde el nacimiento de las obligaciones o desde su reconocimiento, respectivamente.

 Palma, 12 de diciembre de 2014

El director general de Industria y Energia
Jaime Ochogavía Colom