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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES
Núm. 22398
Notificación de las resoluciones de los expedientes sancionadores instruidos por la Consejería de Turismo i Deportes
Puesto que no ha sido posible notificar las resoluciones de los expedientes sancionadores que se relacionan a continuación, instruidos por la Consejería de Turismo y Deportes por presuntas infracciones administrativas en materia de turismo, en ejecución de lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que también se indican a continuación que se ha decidido declarar que es procedente sobreseer las actuaciones iniciadas contra estos expedientes sancionadores, declarar la inexistencia de responsabilidad y archivar los presentes expedientes sancionadores.
Expediente número: 103/2014
Titular: Ahmed Istsan
Empresa: Restaurante Madrid
Ultimo Domicilio: C/ Trencadors, 3 del Arenal de Palma
Fecha: 23 de octubre de 2014
Expediente número: 104/2014
Titular: Cafetería Bridge CB
Empresa: Restaurante Bridge
Ultimo Domicilio: C/ Cartago, 26-28 de Playa de Palma
Fecha: 23 de octubre de 2014
Expediente número: 181/2014
Titular: Can Verdera Nou, SL
Empresa: Restaurante Can Verdera Nou
Ultimo Domicilio: C/ Mar Negre, 6 de Las Maravillas de Palma
Fecha: 6 de noviembre de 2014
Se comunica que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la CAIB, y el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, estas resoluciones ponen fin a la vía administrativa y, de acuerdo con lo que dispone el artículo 116 de la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, se puede interponer recurso potestativo de reposición frente al órgano competente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de las resoluciones, o directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo contencioso administrativo en el plazo de dos mesas a contar desde el día siguiente al de la notificación de las resoluciones, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
Palma, 12 de diciembre de 2014
El secretario general
Por delegación del consejero de Turismo y Deportes
(Resolución de 24.01.2014, BOIB núm. 15, 30.01.14)
Joaquín Legaza Cotayna