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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 22287
DISCIPLINA: DS-2009/271-02 Notificación imposición multa

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Como consecuencia del expediente incoado en este negociado por presunta infracción urbanística a  TIRA ENDAVANT SL,  exp. nº DS- 2009/271 02, como promotor y dado que se ha intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a TIRA ENDAVANT SL de conformidad con los arts. 59-4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; y 194 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, que transcrito dice:

Por resolución de la Alcaldía  nº 14782 d’1.09.2014,  se ha dispuesto lo siguiente:

El 22/10/2013 se adoptó el acuerdo del CGU de inicio de expediente sancionador a TIRA ENDAVANT SL por la realización de acciones que no se ajustan a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes en materia urbanística en el camí Palmer RR 05700065, denunciadas por el informe del celador de 12.06.2009 consistentes en: "reforma total en el interior de la sala / cueva.  Instalaciones de aire acondicionado y maquinaria en el exterior. Nueva construcción junto a la piscina de unos 25 m2 con cubierta inclinada de tejas. Construcciones con cubierta plana al nivel del camino (+ -30 m2). Escalera nueva de madera con aparato para minusválidos de la calle hasta la cueva. Construcción con cubierta practicable (terraza) de unos 15 m2 (cocina). 2 aparcamientos nuevos con hormigón estampado de unos 400 m2 de superficie. Ampliación edificación existente junto al aparcamiento (+ -40 m2) y cambio de cubierta de la construcción vieja (+ -60 m2) y construcción caseta para contenedores de basura. Instalación de maquinaria para aire acondicionado en el aparcamiento (dentro de una jaula)".

Intentada, sin efecto, la notificación del inicio del procedimiento sancionador se realizó esta (en cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común) mediante publicación en el BOIB nº 73 de 29.05.2014 y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Palma (16/04/2014), a fecha de hoy no se han presentado alegaciones al acuerdo de inicio y por tanto se le puede considerar propuesta de resolución.

Las acciones denunciadas son constitutivas de infracción urbanística, de carácter grave, art. 28 de la Ley 10/1990, sancionable con una multa del 50% a 10% del valor de las obras ejecutadas, según el art 45 de la misma ley.

Las obras ejecutadas han sido valoradas en 181.232,58 €, de acuerdo con el informe técnico de 27/09/2013.

No se aprecia ninguna de las circunstancias atenuantes y agravantes, detalladas en el artículo 34 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística. En consecuencia se considera apropiado, siguiendo el principio de proporcionalidad previsto en el artículo 131 de la Ley 30/1992, proponer la imposición de la sanción en su grado medio.

La instructora que suscribe, de acuerdo con el Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el que se aprueba el reglamento del procedimiento a seguir por la administración de la CAIB; el Reglamento de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma (BOIB nº 98 de 28/06/05); el art. 21 y 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; el art. 35 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística, el Decreto de Alcaldía nº 8436, de nombramiento de los titulares de las áreas de gobierno, de 13 de mayo de 2013, y el Decreto de alcaldía 954, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma, de 27 de enero de 2014, y demás normativa aplicable, considera que el teniente de alcalde del Área de Urbanismo y Vivienda puede dictar el siguiente:

DECRETO

1º. Imponer TIRA ENDAVANT SL (CIF B57391716), en su calidad de promotor, una multa de ciento treinta y cinco mil novecientos veinte y cuatro euros con cuarenta y cuatro céntimos (135.924,44 €, 75% sobre la valoración efectuada de  181.232,58 €, art. 45 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística) por la realización de las acciones denunciadas el 12.06.2009, de acuerdo con lo dispuesto en el expositivo de este decreto.

2º. Dar cuenta del presente decreto al interesado.

El importe de la multa precedente, según lo dispuesto en el art. 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, deberá hacerse efectivo, en período voluntario en los plazos siguientes:

- Si la publicación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

- Si la publicación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. La multa deberá hacerse efectiva en la recaudación municipal ubicada en la plaza Santa Eulalia, 8, 1 º, de 9'00 h. a 13'30 de lunes a viernes. Se advierte:

1 º Que la interposición de cualquier recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de acuerdo con el artículo 111 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

2 º Que, si no ha satisfecho la deuda, a partir del día siguiente del vencimiento del plazo de ingreso en periodo voluntario hasta el día del pago de la deuda, de acuerdo con el artículo 161 de la Ley General Tributaria, deberá de satisfacer los recargos propios del período ejecutivo a que hace referencia el artículo 28 de la mencionada ley.

Lo que le comunico a los efectos oportunos. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el art. 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción de la Ley 4/99, de 13 de enero. El plazo para interponer el citado recurso es de un mes contado desde el día siguiente de esta publicación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo se deberá presentar en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedida la vía contenciosa administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el art. antes mencionado y el 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de esta publicación todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.

Para el Servicio de Registro de documentos, Caja, así como Información General y Fiscal, se pueden dirigir a las siguientes Oficinas: OAC Cort Pl. Santa Eulàlia, 9; OAC Sant Ferran Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policia Local); OAC S’Escorxador, c. Emperadriu Eugènia, 6 (S’Escorxador); OAC S’Arenal,  Av Amèrica, 11 (S’Arenal);  OAC Avingudes , Av. Gabriel Alomar, 18 (Edifici Avingudes); OAC Son Ferriol,  Av. Cid, 8 (Son Ferriol); OAC Sant Agustí,  c. Margaluz, 30 (Sant Agustí). OAC Pere Garau, c. Pere Llobera, 9. Horario de atención al Público: Todo el año de 8.30 a 14 h de lunes a viernes.  Horario ampliado de octubre a mayo: de lunes a jueves de 8.30 a 17 h, a l'OAC AVINGUDES, Av. Gabriel Alomar, 18. Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h en la OAC Cort, Plaza Sta. Eulália, 9 (sólo Registro).

 

Palma, 11.12.2014

 

La jefa de Departamento de Disciplina urbanística y Seguridad de los Edificios

(p.d. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012, BOIB nº 85 de 14/6/2012)

Elvira Salva Armengod