Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES
Núm. 22277
Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades, de día 20 de noviembre de 2014, por la cual se autorizan las enseñanzas correspondientes a los nuevos títulos de formación profesional, cambio de ciclos de título LOGSE a ciclos de título LOE, en aplicación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el centro privado concertado Sant Josep Obrer I de Palma
Antecedentes
1. El Real decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el cual se establece la ordenación general de la formación profesional en el sistema educativo, determina la estructura de los títulos de formación profesional, y toma como referencia el Catálogo Nacional de Calificaciones Profesionales, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social. El Real decreto mencionado concreta, en el artículo 17, que las administraciones educativas tienen que desarrollar los currículum correspondientes respetando lo que dispone el Real decreto indicado y las normas que regulan los títulos respectivos.
2. El Real decreto 806/2006, de 30 de junio, por el cual se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, determina que la implantación de las titulaciones correspondientes a los estudios de formación profesional y de los nuevos currículos se tiene que completar dentro del plazo de aplicación de la LOE, sin perjuicio de la actualización permanente que sea pertinente de acuerdo con las exigencias del Sistema Nacional de las Calificaciones y de la Formación Profesional.
3. El 26 de marzo de 2014, el Sr. Joan Ramon Reus, como representante de la titularidad del centro privado concertado Sant Josep Obrer I de Palma, solicitó la actualización de la autorización de los ciclos formativos de formación profesional y la supresión de una unidad del ciclo formativo de formación profesional de grado medio Gestión Administrativa (dos grupos).
4. El 17 de noviembre de 2014, el jefe de departamento de Planificación y Centros emitió informe favorable sobre la autorización de las enseñanzas correspondientes a los nuevos títulos de formación profesional y de los respectivos currículum, en aplicación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, al centro privado concertado Sant Josep Obrer I de Palma.
Una de las competencias de la Dirección General de Planificación e Infraestructuras Educativas es la de autorizar las enseñanzas que se tienen que implantar en los centros educativos y, en este caso, se ha tenido en cuenta que con esta transformación no se modifican los espacios y los equipamientos que fueron autorizados en su momento y por lo tanto se considera pertinentes llevar a término esta transformación.
Fundamentos de derecho
1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4 de julio), reguladora del derecho a la educación.
2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4 de mayo), de educación.
3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo (BOIB de 3 de abril), de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. El Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el cual se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo establecido por la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE de 14 de julio).
5. El Real decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el cual se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias.
6. El Real decreto 332/1992 (BOE de 9 de abril), sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, modificado por el Real decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo).
7. El Real decreto 1147/2011, de 29 de julio (BOE de 30 de julio), por el cual se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
8. El Decreto 91/2012, de 23 de noviembre (BOIB nº. 177, de 29 de noviembre), por el cual se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo en el sistema integrado de formación profesional en las Illes Balears
9. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 2/1983, de 25 de febrero (BOE de 1 de marzo), reformado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE de 16 de marzo), que en el artículo 36.2 establece que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo que disponen los artículos 27 y 149.1.30a de la Constitución española.
Por todo eso, y a propuesta, con fecha de 18 de noviembre de 2014, de la Dirección General de Planificación e Infraestructuras, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar las enseñanzas correspondientes a los nuevos títulos de formación profesional, cambio de ciclos de título LOGSE a ciclos de título LOE, en aplicación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, al centro privado concertado Sant Josep Obrer I de Palma.
CICLO FORMATIVO LOGSE |
CICLO FORMATIVO LOE |
---|---|
CFGM Gestión administrativa |
CFGM Gestión administrativa ADG21 |
CFGM Comercio |
CFGM Actividades comerciales COM21 |
CFGM Equipos electrónicos de consumo |
CFGM Equipos electrónicos de consumo ELE23 |
CFGS Administración de sistemas informáticos |
CFGS Administración de sistemas informáticos en red IFC31 |
CFGS Administración y finanzas |
CFGS Administración y finanzas ADG32 |
CFGS Secretariado |
CFGS Asistencia a la dirección ADG31 |
2. Autorizar el cambio de configuración con la supresión de una unidad del ciclo formativo de formación profesional de grado medio Gestión Administrativa (dos grupos) en el centro privado concertado Sant Josep Obrer I
3. Como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la manera siguiente:
Código de centro: 07006500
Denominación genérica: Centro de Educación secundaria, Bachillerato y Formación Profesional
Denominación específica: Sant Josep Obrer I
Titular: Bisbat de Mallorca
Domicilio: C/ Mare de Déu de Montserrat, nº. 67
Localidad: Palma
Municipio: Palma
CP: 07008
Enseñanzas autorizadas:
- Bachillerato: 18 unidades en las modalidades de: Humanidades y Ciencias Sociales, Ciencias y Tecnología y Artístico
- Ciclos formativo formación profesional grado media:
3 unidades CFGM Gestión administrativa (6 grupos)
1 unidad CFGM Actividades comerciales (2 grupos)
1 unidad CFGM Equipos electrónicos de consumo (2 grupos)
- Ciclos formativo formación profesional grado superior:
1 unidad CFGS Administración de sistemas informáticos en red (2 grupos)
1 unidad CFGS Administración y finanzas (2 grupos)
1 unidad CFGS Asistencia a la dirección (2 grupos)
La Consejería de Educación y Cultura tiene que adoptar las medidas oportunas para la implantación de las enseñanzas que se disponen en esta Resolución.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante de la consejera de Educación, Cultura y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 20 de noviembre de 2014
La consejera de Educación, Cultura y Universidades
Maria Núria Riera Martos