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ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
DELEGACIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA ILLES BALEARS
Núm. 22304
Abintestatos del Estado Illes Balears - 2014 Acuerdo de reparto Tercios munipales y provinciales
I.- Por la Unidad del Patrimonio del Estado de esta Delegación, se ha tramitado, conforme a lo establecido en el artículo 14 del R.D. 1373/2009 de 28 de agosto (BOE del 18 de septiembre) Reglamento General de la Ley 33/2003 de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, un expediente de reparto de los tercios municipales y provinciales de los abintestatos, cuyos causantes, vecindad y cuantías se señalan a continuación:
Causante |
Vecindad |
Tercio Municipal |
Tercio Provincial |
|
Miguel Salvà Salvà |
Llucmajor
|
115.010,44 € |
115.010,44 € |
|
Flora López Vicente |
Palma de Mallorca |
36.121,62 € |
36.121,62 €
|
|
Totales………….. |
|
151.132,06 € |
151.132,06 € |
|
II.- El anuncio de convocatoria, se publicó en el BOIB nº 124 de fecha 13/09/2014, finalizando el plazo improrrogable de un mes previsto en el RD 1373/2009, para que las instituciones interesadas pudiesen solicitar su inclusión en el reparto, el 13/10/2014. En dicho plazo reglamentario tuvieron entrada las peticiones de 66 entidades. Con posterior a dicho plazo tuvieron entrada otras dos solicitudes.
III.- Esta Delegación de Economía y Hacienda es el órgano competente para resolver la solicitud formulada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.2 del citado Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto.
IV.- El artículo 14.1 del indicado RD 1373/2009, considera instituciones de beneficencia, instrucción, acción social o profesional, las asociaciones declaradas de utilidad pública y las fundaciones debidamente inscritas en los registros públicos correspondientes. La consideración de su carácter provincial o municipal vendrá determinada por su ámbito geográfico de actuación, siendo necesario, respecto de instituciones de ámbito nacional -o de distintas Comunidades Autónomas-, su presencia y actuación efectiva en el territorio correspondiente.
V.- La distribución del caudal hereditario se ha realizado conforme a lo dispuesto en el artículo 956 del Código Civil, y siguiendo un criterio de reparto basado –fundamentalmente-, en la división aritmética del importe de los tercios municipales y provinciales, entre el número total de entidades solicitantes asignadas a cada tercio, (aunque matizando la asignación concreta a cada entidad, atendiendo a los presupuestos y número de usuarios, o personas atendidas), y teniendo en cuenta también las resoluciones adoptadas en expedientes de ejercicios anteriores, al objeto de garantizar un reparto equitativo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.2 del indicado RD 1373/2009. Todo ello con sujeción naturalmente a los criterios señalados por la DGPE, en las instrucciones emitidas el 24/09/10.
Debe significarse que, atendiendo a idénticos criterios, se ha considerado conveniente repartir únicamente 42.000 € del Tercio Municipal de Llucmajor, entre las entidades solicitantes que realizan efectivamente actividades en dicho término municipal, o tienen en Llucmajor su domicilio social. Destinando el resto de dicho tercio a incrementar el Tercio Provincial (y el Tercio Estatal al exigirlo así la normativa), teniendo en cuenta el presupuesto utilizado por las entidades en el ámbito territorial correspondiente.
VI.- La instrucción del procedimiento lo ha sido conforme a la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27).
Solicitado el informe preceptivo, previsto en el párrafo cuarto del artículo 14.2 del supraindicado RD 1373/2009, al Servicio Jurídico del Estado, se ha emitido en fecha 9/12/2014. Por cuanto antecede,
ACUERDO:
PRIMERO, REDISTRIBUCIÓN DEL TERCIO MUNICIPAL DE LLUCMAJOR.- Del total importe de este Tercio, (115.010,44 €), se reparten 42.000 €, entre las entidades solicitantes que realizan efectivamente actividades en dicho término municipal, o tienen en Llucmajor su domicilio social. Destinando el resto de dicho tercio (73.010,44 €), a incrementar el Tercio Provincial (y también el Tercio Estatal, al exigirlo así la normativa), teniendo en cuenta el número e importancia social de las entidades participantes en el presente reparto y considerando suficientemente atendidas las necesidades de las entidades solicitantes de éste ámbito municipal.
Por consiguiente las cantidades a repartir en dichos tercios (municipal de Llucmajor y Provincial) quedarían reflejadas en los siguientes cuadros:
Causante |
Vecindad |
Tercio Municipal |
Acrecimiento T. Provincial |
Acrecimiento T. Estatal |
Miguel Salvà Salvà |
Llucmajor |
42.000,00 € |
36.505,22 € |
36.505,22 € |
Y en consecuencia las cantidades a repartir, por tercios municipales y provinciales de los abintestatos de 2014, quedarían de la siguiente forma:
Causante |
Vecindad |
Tercio Municipal |
Tercio Provincial |
||
Miguel Salvà Salvà |
Llucmajor |
42.000,00 € |
151.515,66 € |
|
|
Flora López Vicente |
Palma Mallorca |
36.121,62 € |
36.121,62 € |
|
|
Totales |
|
78.121,62 € |
187.637,28 € |
|
SEGUNDO, REPARTO TERCIO MUNICIPAL DE LLUCMAJOR.- Se declaran Instituciones beneficiarias del Tercio Municipal de Llucmajor, a las siguientes entidades e importes que se relacionan en el ANEXO I.
TERCERO, REPARTO TERCIO MUNICIPAL DE PALMA DE MALLORCA.- Se declaran Instituciones beneficiarias del Tercio Municipal de Palma de Mallorca, a las siguientes entidades e importes que se relacionan en el ANEXO II.
CUARTO, REPARTO TERCIOS PROVINCIALES.- Se declaran Instituciones beneficiarias de los Tercios Provinciales, a las siguientes entidades e importes que se relacionan en el ANEXO III.
QUINTO, EXCLUSIONES.- Se excluye de la participación en el reparto, por presentación fuera de plazo, o por no acreditar presencia física real en el ámbito provincial, a las siguientes entidades que se relacionan en el ANEXO IV.
La presente resolución no agota la vía administrativa, y contra la misma puede interponerse recurso de alzada ante la Subdirección General de Recursos, Reclamaciones y Relaciones con la Administración de Justicia del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su notificación o publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la mencionada Ley 30/1992 de 26 de noviembre.
Los gastos que originen las publicaciones establecidas en el artículo 14.2 del RD 1373/2009 serán sufragados por los beneficiarios de la herencia, incluida la Administración General del Estado, proporcionalmente a los importes a percibir, para lo cual se prorratearán los dos tercios del coste de los mismos entre las instituciones beneficiarias, soportando la Administración General del Estado el tercio restante del coste.
El abono del importe líquido resultante, previos los trámites correspondientes, tendrá lugar cuando adquiera firmeza la presente resolución.
Palma a 10 de diciembre de 2014.
EL DELEGADO DE ECONOMÍA Y HACIENDA,
Luis Antonio Bachiller García.
ANEXO I
(REPARTO TERCIO MUNICIPAL DE LLUCMAJOR)
- PARRROQUIA DE SANT MIQUEL DE LLUCMAJOR
R0700214J.………………………………………………………………………….... 3.000,00 €
- ASSOCIACIÓ D´AJUDA A L´ACOMPANYANT DEL
MALALT A LES ILLES BALEARS (ADAA).
G57230724 …………………………………………………………………………. 12.000,00 €
- CONFRARÍA DE PENITENTS DEL CRIST
DE L´AGONIA DE LA CIUTAT DE LLUCMAJOR.
V57187072 ………………………………………………………………………....... 3.000,00 €
- INSTITUTO DE TRABAJO SOCIAL Y DE
SERVICIOS SOCIALES (INTRESS). BARCELONA
G08973224
para su Delegación en Baleares …………………………………………………. 12.000,00 €
- FUNDACIÓ DEXAILLES.
G07255953 …………………………………………………………………………. 12.000,00 €
TOTAL.……………………………………………………….............................. 42.000,00 €
ANEXO II
(REPARTO TERCIO MUNICIPAL DE PALMA DE MALLORCA)
- PARROQUIA DE SANT PAU DE PALMA DE MALLORCA.
R0700281I ………………………………………………………………………… 3.000,00 €
- ASSOCIACIÓ PASTORAL PENITENCIÀRIA.
G57272619 ………………………………………………………………………… 3.800,00 €
- CENTRE MATER MISERICORDIAE
R0700137C ………………………………………………………………………… 4.000,00 €
- ASSOCIACIÓ DE VEÏNS I VEÏNES DE CAMP RODÓ.
G07181647 …………………………………………………………………………. 4.000,00 €
- FUNDACIÓ SOCIAL LA SAPIENCIA.
G57050874 ……………………………………………………………………….... 4.000,00 €
- FUNDACIÓ JOANA BARCELÓ
R0700335C …………………………………………………………………………. 3.000,00 €
- FUNDACIÓN RANA (RED DE AYUDA A NIÑOS ABUSADOS).
G57698540 ………………………………………………………………………….. 3.000,00 €
- S´ALTRA SENALLA, ASSOCIACIÓ DE TENDES
SOLIDÀRIES DE LES ILLES.
G07653710 ………………………………………………………………………….. 3.800,00 €
- ASOCIACIÓN BETEL (ESPAÑA) MADRID.
G78581386
Para su
DELEGACIÓN EN ILLES BALEARS ……………………………………….……. 3.000,00 €
- ASOCIACIÓN PARA LA SALUD MENTAL GIRA-SOL.
G07729908 ………………………………………………………………………….. 3.000,00 €
- FUNDACIÓ AMICS DEL PATRIMONI.
(Antes Fundació ARCA)
G57088197 ……………………………………………………………….…………. 1.521,62 €
TOTAL.………………………………………………………........................... 36.121,62 €
ANEXO III
(REPARTO TERCIO PROVINCIAL)
- ASOCIACIÓN MÉDICOS DEL MUNDO. MADRID.
G79408852.
Para su
COORDINADORA AUTÓNOMICA ILLES BALEARS ………………………… 4.128,81 €
- ASOCIACIÓN VIAMANOS. PALMA DE MALLORCA.
G57715161 ………………………………………………………………………… 3.000,00 €
- PLATAFORMA SOCIO-SANITARIA DE LAS PITIUSAS, (P.S.P.)
G57158271. ………………………………………………………………………… 4.128,81 €
- FUNDACIÓN UNICEF – COMITÉ ESPAÑOL. MADRID.
G84451087
Para su
COMITÉ DE ILLES BALEARS …………………………………………...……… 4.128,81 €
- ASOCIACIÓN SÍNDROME DE DOWN DE LAS
ISLAS BALEARES (ASNIMO).
G07063217 …………………………………………………………………………. 4.128,81 €
- ASSOCIACIÓ BALEAR D’ESCLEROSI MÚLTIPLE (ABDEM).
G07721970 …………………………………………………………………………. 4.128,81 €
- ASOCIACIÓN MALLORCA SENSE FAM.
G57632234 ……………………………………………………………….….………4.128,81 €
- ASOCIACIÓN LA SONRISA MÉDICA.
V07664188 …………………………………………………………………………. 4.128,81 €
- FUNDACIÓN SÍNDROME DE DOWN DE LAS
ISLAS BALEARES (FSDIB).
G57133423 …………………………………………………………………………. 3.000,00 €
- COORDINADORA, FEDERACIÓ BALEAR DE
PERSONES AMB DISCAPACITAT (COCEMFE).
G07084445 ………………………………………………………………………..... 4.128,81 €
- ASOCIACIÓN ORGANIZACIÓN JUVENIL ESPAÑOLA (OJE), MADRID
G28556728
Para su
JUNTA REGIONAL DE LA ORGANITZACIÓ
JUVENIL ESPANYOLA A LES ILLES BALEARS ……………………………….3.000,00 €
- AMADIP.ESMENT FUNDACIÓN.
G07065709 ………………………………………………………………………..…. 4.128,81 €
- ASOCIACIÓN VETERINARIOS SIN FRONTERAS
(VETERMON), BARCELONA.
G58429077
Para su
DELEGACIÓN EN LES ILLES BALEARS ……………………………….….….... 3.000,00 €
- CRUZ ROJA ESPAÑOLA, MADRID.
Q2866001G.
Para su
COMITÉ AUTONÓMICO DE LA CRUZ ROJA
ESPAÑOLA EN LES ILLES BALEARS …………………………………….……... 4.128,81 €
- ASOCIACIÓN NACIONAL DE HOGARES PARA NIÑOS
PRIVADOS DE AMBIENTE FAMILIAR NUEVO FUTURO. MADRID
G28309862
Para su
DELEGACIÓN EN PALMA ………………………………………….……..………. 4.128,81 €
- FUNDACIÓN BANCO DE ALIMENTOS DE MALLORCA
-ORDEN DE MALTA, (antes de Baleares).
G57152639 ………………………………………………….……………………….. 4.128,81 €
- FUNDACIÓ RESPIRALIA.
G57399537 ………………………………………………………….……….………. 4.128,81 €
- FUNDACIÓN DIAGRAMA-INTERVENCIÓN PSICOSOCIAL, MURCIA
G73038457
Para su
DELEGACIÓN EN BALEARES……………………..……………………..………. 4.128,81 €
- CONFEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE
ENFERMOS DE CROHN Y COLITIS ULCEROSA DE ESPAÑA, MADRID
G82047143
Para su
DELAGACIÓN EN MENORCA………………………….…………………..….….. 3.000,00 €
- FUNDACIÓ PROJECTE JOVE
G07803570 …………………………………………………………………………… 4.128,81 €
- FUNDACIÓ NOUS VENTS.
G57390320 …………………………………………………………………………… 4.128,81 €
- FUNDACIÓN CANÓNICA HOMBRE LIBRE
(Projecte Home Balears).
G07488059…………………………………………………………………..……….. 4.128,81 €
- ASSOCIACIÓ DE LLUITA ANTI-SIDA DE LES ILLES BALEARS
G07277734 ……………………………………………………………………….….. 4.128,81 €
- CONGREGACIÓN HERMANAS FRANCISCANAS DE
LA CARIDAD HIJAS DE LA MISERICORDIA (Curia General).
R0700022G ………………………………………………………………………….. 4.128,81 €
- ASSOCIACIÓ PER A LAS PERSONES AMB DISCAPACITAT
INTEL.LECTUAL DE MANACOR I COMARCA, (APROSCOM)
G07065386 ………………………………………………………………………..…. 4.128,81 €
- FUNDACIÓN TUTELAR APROSCOM
G57758096 ………………………………………………………………….……….. 3.000,00 €
- (ASOCIACIÓN) TREBALL SOLIDARI.
G57040404 …………………………………………………………………………… 4.128,81 €
- ASOCIACIÓN PARA LA LUCHA CONTRA LAS
ENFERMEDADES DEL RIÑÓN ALCER ILLES BALEARS. (ALCER-IME)
G07094865 …………………………………………………………………...…….... 4.128,81 €
- ASOCIACIÓN DE PERSONAS CON DIABETES DE
LES ILLES BALEARS, (ADIBA).
G07084098 ……………………………………………………………….………….. 4.128,81 €
- CÁRITAS DIOCESANA DE MALLORCA
R0700067B …………………………………………………………………………… 4.128,81 €
- MANOS UNIDAS – COMITÉ CATÓLICO DE LA CAMPAÑA
CONTRA EL HAMBRE EN EL MUNDO, MADRID.
G28567790
Para su
DELEGACIÓN EN PALMA DE MALLORCA…………………………..…………. 4.128,81 €
FUNDACIÓN ALDABA, MADRID.
G82453606
Para su
DELEGACIÓN EN BALEARES………………..…………………….……………. 4.128,81 €
- FUNDACIÓN UNIENDO ESPERANZAS (UNES)
(antes FUNDACIÓ CRÈIXER JUNTS)
G57167892 ……………………………………………………………………..……. 4.128,81 €
- ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DEL TELÉFONO DE LA
ESPERANZA (ASITES), MADRID.
G85590685
Para su
DELEGACIÓN EN ISLAS BALEARES……………………………..…….……..… 3.000,00 €
- FUNDACIÓ TUTELAR PER A PERSONES AMB DISCAPACITAT
INTEL.LECTUAL DE MALLORCA (AMADIP.ESMENT).
G07448509 …………………………………………………………………………... 4.128,81 €
.
- GRUP BALEAR D´ORNITOLOGIA I DEFENSA DE LA
NATURALESA (GOB).
G07089600 ………………………………………………………………………….. 4.128,81 €
.
- FUNDACIÓ INSTITUT DE REINSERCIÓ SOCIAL (IRES), BARCELONA.
G64147184
Para su
DELEGACIÓN EN ILLES BALEARS………………………………………………. 4.128,81 €
- AMINISTÍA INTERNACIONAL DEL ESTADO ESPAÑOL, MADRID.
G28667152
Para su
DELEGACIÓN DE LES ILLES BALEARS. (Mallorca y Menorca)………..…….. 4.128,81 €
- ESTEL DE LLEVANT, (Associació pro-salut mental).
G07815905 …………………………………………………………………………... 4.128,81 €
- FUNDACIÓN HANDISPORT.
G57468035 ……………………………………………………………………..……. 4.128,81 €
- FUNDACIÓ PER A PERSONES AMB DISCAPACITAT
ILLA DE MENORCA (FPDM).
G57505885 …………………………………………………………..………………. 6.000,00 €
- ASOCIACIÓN INSULAR DE ATENCIÓN A PERSONAS
CON DISCAPACIDAD DE MENORCA (ASINPROS).
G07038987 …………………………………………………………………….…….. 3.000,00 €
- FUNDACIÓN TUTELAR DE MENORCA
G07828585 ……………………………………………………………………….….. 1.500,00 €
- FUNDACIÓ CONVIVENCIA.
G07313091 ……………………………………………………………………….….. 3.000,00 €
- FRATERNIDAD CRISTIANA DE ENFERMOS Y
MINUSVÁLIDOS DE MENORCA (FRATER),
G57151714 …………………………………………………………………………… 1.500,00 €
- ASOCIACIÓN DE FAMILIARES DE ENFERMOS
MENTALES DE MENORCA, AFEM.
G07574346 ……………………………………………………………………….….. 3.000,00 €
- FUNDACIÓ ES GARROVER.
G57356057 ………………………………………………………………….……….. 4.128,81 €
- CÁRITAS DIOCESANA DE IBIZA.
R0700071D ………………………………………………………………………….. 4.128,81 €
- ASOCIACIÓN DE ESCLEROSIS MÚLTIPLE DE IBIZA
Y FORMENTERA (AEMIF).
G07849730 ………………………………………………………………………….. 4.128,93 €
TOTAL.………………………………………………………..................... 187.637,28 €
ANEXO IV (ENTIDADES EXCLUIDAS)
ENTIDAD |
MOTIVO |
FUNDACIÓN ANAR. (ayuda a niños y adolescentes en riesgo) MADRID. G80453731
|
No tiene Sede en Baleares |
FUNDACIÓ TUTELAR DEMÀ (PER A MALALTS MENTALS CRÒNICS). G57676124
|
Presentar solicitud fuera de plazo, el 21-10-14 |
ASOCIACIÓN DE PERSONAS CON NECESIDADES ESPECIALES DE EIVISSA Y FORMENTERA (APNEEF) G07937097
|
Presentar solicitud fuera de plazo, el 24-10-2014 |