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AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
Núm. 22269
Notificación de la Resolución caducidad expediente disciplina urbanística núm DU-15/2011 a Erdensa Balear de Construcciones, SLU
Notificación de la Resolución caducidad expediente disciplina urbanística núm. DU-15/2011 a Erdensa Balear de Construcciones, SLU
"Visto el expediente de Disciplina Urbanística núm.DU-15/11, instruido a STAMP, SA como promotor y ERDENSA BALEAR DE CONSTRUCCIONES, SLU como constructor de las obras de cambio de tejado y cambio de baldosas sin licencia municipal de obras a Av.Tucà, nº5.
Visto que se ha emitido informe jurídico de 26 de marzo de 2014, que transcrito literalmente dice así:
"Informe jurídico que se emite en relación al expediente de DU-15 /2011
Dado que por Decreto núm. 524 de fecha 14.04.2011 se inició expediente de disciplina urbanística en la entidad STAMP, SA en calidad de promotor, y a la entidad ERDENSA BALEAR DE CONSTRUCCIONES, SLU en calidad de empresa constructora de las obras consistentes en cambio de tejado y cambio de baldosas en el local llamado Menta ubicado en la Avenida Tucán, nº5, sin licencia municipal de obras.
Dado que la obligación administrativa a que se refiere el artículo 43 de la Ley 30/1992, se da por cumplimentada con la resolución del procedimiento y su notificación (art.44).
Visto lo que determina el artículo 23 del Decreto 14/1994 por el que se aprueba el reglamento del procedimiento sancionador al ámbito de la Comunidad Autónoma, según el cual el procedimiento se deberá resolver en el plazo de un año contado desde la fecha de inicio del mismo, salvo el caso de que el procedimiento se hubiera suspendido por causas imputables al interesado.
Se informa de la obligación de dictar Resolución de Caducidad del procedimiento de disciplina urbanística y a la vez ordenar su reinicio, ya que no ha prescrito la acción de restablecimiento de la legalidad urbanística, si bien las obras parece que se han legalizado, procede reiniciar expediente sancionador de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 10/1990 de DU.
Alcúdia a 26 de marzo de 2014.- SERVICIOS JURÍDICOS.- Sgt.E.Ochogavía. "
Es por lo que RESUELVO:
1. Dictar la caducidad del expediente de disciplina urbanística núm.DU-15/11 y reiniciar un nuevo expediente.
2. Notificar a las partes otorgarles los recursos de ley.
Alcudia, 31 de marzo de 2014
El delegado de Urbanismo
.Martí Ferrer Totxo
Ante mí, El Secretari
Joan Seguí Serra. "
Conforme con lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento Administrativo Común, y habiéndose intentado dos veces la notificación, al interesado o su representante, y que no fue posible realizarla por causas no imputables a la Administración, por la presente se procede a la notificación de dicho acuerdo de inicio mediante información pública.
Las personas interesadas en el presente procedimiento dispondrán de un plazo de quince días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación del presente edicto para ejercer su derecho a formular las alegaciones que estimen conveniente ya la audiencia en el procedimiento así como proponer la práctica de pruebas que estimen convenientes, especificando los medios de que pretendan valerse, que deberán llevarse a cabo dentro de este mismo plazo de quince días.
En el supuesto de no efectuarse alegaciones sobre el contenido del acuerdo de iniciación en el plazo antes mencionado, la iniciación del procedimiento podrá ser considerada propuesta de resolución siempre que contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada.
Alcudia, 8 de mayo de 2014
El Delegado de Urbanismo
Martín Ferrer Totxo