Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 5 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 21057
Juicio de faltas nº 915/2013
DÑA. MARGARITA AVELLÁ SALOM SECRETARIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 005 DE PALMA DE MALLORCA
DOY FE Y TESTIMONIO:
Que en el Juicio de Faltas nº 915/13 se ha dictado la presente sentencia, que en su parte dispositiva dice:
Que debo CONDENAR y CONDENO a JOSE MANUEL BENITEZ ARBOL Y LOURDES MARTINEZ OCETE como autores responsables de una falta de estafa, prevista y penada en el artículo 623,4 del del Código Penal, a la pena de un mes de multa a razón de seis euros diarios, y a que indemnicen conjunta y solidariamente a Zhijian Qili en la cantidad de 32,30 euros por el importe de la cuenta impagada, y a JOSE MANUEL BENITEZ ARBOL como autor de una falta de lesiones del art. 617 del Código Penal a la pena de un mes de multa a razón de seis euros diarios, y al abono de las costas causadas, con responsabilidad personal subsidiaria prevista en el artículo 53 del Código Penal de privación de un día de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y que se formalizará conforme lo dispuesto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a LOURDES MARTINEZ OCETE su publicación en el Boletín Oficial de ILLES BALEARS, expido la presente en PALMA DE MALLORCA a dieciocho de noviembre de dos mil catorce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL