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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 21944
Procediment Ordinari 1357/2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  PAULA MATEO ERROZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER: 

Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001357/2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª RAQUEL DE JUAN SAN JUAN contra la empresa MARIA COSMA BALLESTER GORNALS, LIFETIME-SOLUTIONS S.L.U. sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, del tenor literal siguiente: 

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

SECRETARIO/A JUDICIAL SR/SRA D/Dª.  PAULA MATEO ERROZ 

En PALMA DE MALLORCA, a veinticuatro de Noviembre de dos mil catorce. 

Se ha presentado escrito por Dª RAQUEL DE JUAN SAN JUAN en fecha 05/11/14, solicitando ampliación de la demanda. 

Visto el contenido del mismo, acuerdo tener por ampliada la demanda contra LIFETIME-SOLUTIONS S.L.U., y visto que el domicilio designado por la parte actora corresponde a un local cerrado desde hace seis meses aproximadamente según diligencia practicada por el Servicio Común de Notificaciones, se le requiere para que en el plazo de 4 días comunique si conoce otro domicilio donde poder citar a la entidad contra la que se amplia demanda para los actos de conciliación y/o juicio el día 9 de marzo de 2016 a las 11:00 horas, sin perjuicio de lo cual, se procede a realizar consulta a través del P.N.J. del domicilio actual. Asimismo publíquense edictos en el BOIB. 

En cuanto a la prueba solicitada por la parte actora en el cuerpo de dicho escrito, pasen los autos a S.Sª para resolver. 

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal. 

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

Y para que sirva de notificación en legal forma a LIFETIME-SOLUTIONS S.L.U., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de BALEARES.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. 

En PALMA DE MALLORCA, a veinticuatro de Noviembre de dos mil catorce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL