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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES

Núm. 22044
Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades sobre la contratación de personal laboral temporal para cubrir dos puestos vacantes en la plantilla de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears

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Texto

Hechos

1. A propuesta de la Junta Directiva del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears, el Patronato de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears, en la sesión de 24 de noviembre de 2014, aprobó las bases y la convocatoria de personal laboral temporal para cubrir dos puestos vacantes de la plantilla del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears.

2. De acuerdo con lo que dispone el artículo 16.2 de la Ley 8/2013, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2014 (BOIB nº. 181, de 31 de diciembre de 2013), la contratación de personal temporal tiene que tener lugar en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables y requiere las autorizaciones previas del director general de Presupuestos y Financiación y del director general de Función Pública, Administraciones Públicas y Calidad de los Servicios.

3. El 11 de noviembre de 2014, el director general de Función Pública, Administraciones Públicas y Calidad de los Servicios emitió un informe favorable sobre las bases que tienen que regir la convocatoria para la selección de personal laboral temporal para cubrir dos puestos vacantes en la plantilla de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears.

4. Respecto a la autorización del director general de Presupuestos y Financiación, el 24 de noviembre de 2014 se envió el informe solicitado por esta dirección general, relativo a las bases y convocatoria para cubrir dos puestos vacantes en la plantilla de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears y la previsión actualizada de la liquidación del presupuesto del capítulo I.

5. De conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de febrero de 2007 de modificación del ámbito de aplicación y de determinación del alcance del control del artículo 5 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 1995, el control previo, preceptivo y vinculante del cumplimiento de los principios de publicidad y de objetividad en la selección de personal -fijo y temporal- se extiende a las fundaciones del ámbito docente y el órgano competente para llevar a cabo este control es la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, es decir, la consejería competente en materia de personal docente.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar, con carácter previo, a la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears para que lleve a cabo la contratación temporal de dos profesores interinos, de acuerdo con lo que dispone el artículo 16.2 de la Ley 8/2013, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2014.

2. Autorizar la convocatoria y las bases para la selección de dos profesores con contrato laboral temporal para la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears, las cuales se adecuan a las reglas aplicables para seleccionar personal establecidas para estas entidades en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de febrero de 2007.

3. Ordenar la publicación de la convocatoria y de las bases en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 26 de noviembre de 2014

 

La consejera de Educación, Cultura y Universidades

Maria Núria Riera Martos

 

Convocatoria y bases para la selección de personal laboral temporal para cubrir dos puestos vacantes en la plantilla de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears

A propuesta de la Junta Directiva del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears, el Patronato de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears, en la sesión de día 15 de julio de 2014, aprobó las bases y la convocatoria de personal laboral para cubrir puestos vacantes de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears para el curso 2014-2015, las cuales se tenían que someter a los informes legales preceptivos.

Puesto que no hay ninguna bolsa de trabajo de las categorías que se tienen que cubrir, se lleva a cabo una convocatoria pública para seleccionar personal laboral de duración determinada para cumplir los principios de publicidad, concurrencia y objetividad en el acceso a la ocupación pública, según se prevé en la letra b del apartado B del punto segundo del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de febrero de 2007.

De acuerdo con eso, la Dirección General de Presupuestos y Financiación y la Dirección General de Función Pública, Administraciones Públicas y Calidad de los Servicios han emitido sendos informes favorables sobre esta convocatoria y las bases que la tienen que regir.

La consejera de Educación, Cultura y Universidades ha autorizado la contratación de personal laboral temporal derivada de esta convocatoria mediante la Resolución de día 7 de agosto de 2014.

Quedaron desiertos y por lo tanto sin cubrir dos puestos vacantes en esta convocatoria, y por este motivo se publica una nueva convocatoria para cubrir estos puestos vacantes.

El marco normativo aplicable a esta convocatoria está constituido por las disposiciones siguientes:

  1. La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de fundaciones (BOE nº 310, de 27 de diciembre de 2002, y suplemento en catalán del BOE nº 3, de 21 de enero de 2003).
  2. Los Estatutos de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears (BOIB nº 162, de 1 de noviembre de 2012).
  3. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de febrero de 2007 de modificación del ámbito de aplicación y de determinación del alcance del control del artículo 5 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de día 19 de diciembre de 1995 sobre contabilidad y rendición de cuentas de las empresas públicas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 33, de 3 de marzo).
  4. El Reglamento de organización y funcionamiento académico del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears, aprobado mediante la Resolución del consejero de Educación y Cultura de 3 de febrero de 2006 (BOIB nº 22, de 14 de febrero).

Bases generales

1. Objeto de la convocatoria

El objeto de las bases de esta convocatoria es cubrir los dos puestos vacantes que han quedado desiertos en la convocatoria publicada en el BOIB nº 110 de 16 de agosto de 2014 y regular el proceso selectivo, dirigido a personas con experiencia profesional y con titulación, para proveer temporalmente, estos dos puestos vacantes de profesor de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears.

En el anexo 1 de esta convocatoria figuran los puestos vacantes, por asignaturas, que se tienen que cubrir para el curso 2014-2015 con carácter temporal y dedicación a tiempo parcial, con la indicación expresa de la previsión de horas lectivas, las titulaciones y los requisitos exigidos para cada puesto y las observaciones oportunas.

2. Puestos vacantes convocados

Departamento de Pedagogía

A15. Danza educativa: improvisación y coreografía.

Especialidad de interpretación: instrumentos de percusión

A26. Conjunto de percusión y conjunto instrumental.

3. Características del contrato

- Contrato laboral temporal de profesor interino a tiempo parcial para cubrir puestos vacantes desde el primer día para impartir clases hasta que acabe su contrato.

El número de horas que figura al lado de cada puesto convocado es orientativo y puede disminuir al empezar el curso académico (ved anexo 1). Una vez matriculados los alumnos, el horario lectivo de los profesores se tiene que adecuar a las necesidades docentes del centro, a partir de las cuales se tiene que definir la jornada laboral de cada profesor durante el curso y el sueldo total que tiene que percibir.

- La dedicación de los profesores es la que establece el artículo 44 del Reglamento de organización y funcionamiento académico del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears.

- El sueldo bruto que corresponde a cada profesor es proporcional a las horas de docencia que imparte.

4. Requisitos de los aspirantes

Para ser admitidos al proceso selectivo de esta convocatoria, el día en que acabe el plazo para presentar las solicitudes los aspirantes tienen que cumplir y acreditar los requisitos siguientes:

  1. Poseer la titulación suficiente o cumplir los requisitos específicos que se indican para cada puesto en el anexo 1. La titulación que presenten los aspirantes tiene que ser alguna de las reconocidas en el Espacio Europeo de Educación Superior.
  2. Tener la nacionalidad española o, de acuerdo con el que establecen el artículo 10.2 de la Ley 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público, ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea o extranjero con residencia legal en España. Según esta normativa, los extranjeros que cumplen alguno de estos requisitos pueden acceder a las administraciones públicas como personal laboral en igualdad de condiciones con los españoles.
  3. Haber cumplido dieciséis años y no exceder la edad de jubilación forzosa.
  4. No estar inhabilitado por sentencia firme para ejercer funciones públicas ni haber sido separado del servicio de ninguna entidad o institución del sector público por una resolución disciplinaria firme. Estas circunstancias se tienen que manifestar mediante el modelo de declaración escrita que se adjunta (anexo 3).

5. Derechos de admisión

Para ser admitidos a este procedimiento de selección, los aspirantes tienen que abonar, en concepto de derechos de inscripción, 40 € (cuarenta euros) por cada una de las plazas a las cuales optan, aunque sean de la misma especialidad. El abono se tiene que hacer a la entidad Banca March, a la cuenta corriente nº 0061-0206-92-0015690110 (IBAN: ES1000610206920015690110, BIC: BMARES2M), el titular del cual es la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears. Se tiene que hacer un ingreso por separado por cada puesto antes de acabar el plazo de admisión de solicitudes.

El hecho de no abonar los derechos de inscripción supone la no admisión del aspirante al proceso de selección.

6. El órgano de selección

Según lo que establece el artículo 46 del Reglamento de organización y funcionamiento académico del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears, el presidente del Patronato de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears tiene que nombrar una comisión técnica para que se encargue del proceso de selección de esta convocatoria, con capacidad para interpretar las bases y para resolver cualquier incidencia que se produzca durante el proceso. La composición de la Comisión Técnica de Selección se tiene que publicar, antes de que empiece a actuar, en el tablón de anuncios del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears (c. de Alfons el Magnànim, 64, 07004 Palma) y en la página web <http://www.conservatorisuperior.com>. Para que la Comisión se constituya válidamente, tienen que estar presentes, como mínimo, cuatro de los miembros que la integran.

Para las pruebas prácticas, se tienen que nombrar tribunales calificadores con especialistas. La composición de estos tribunales se tiene que publicar en el tablón de anuncios y en la web del Conservatorio Superior después de la sesión de constitución de la Comisión Técnica de Selección.

La Instrucción de 31 de julio de 2013 establece que, para la selección de personal laboral de las fundaciones del sector público reguladas en el título II de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (cómo es el caso de la Fundación para el Conservatorio), de conformidad con la disposición adicional primera del EBEP, únicamente son de aplicación a estas fundaciones los artículos 52, 53, 54, 55 y 59 del EBEP, y en cambio, no es de aplicación el artículo 60, relativo a los órganos de selección. No obstante, según las recomendaciones de la Dirección General de Función Pública, Administraciones Públicas y Calidad de los Servicios, en esta convocatoria se ha optado por aplicar los criterios del artículo 60.

El secretario de la Comisión es el responsable de publicar en el tablón de anuncios y en la página web del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears los documentos que se indican en esta convocatoria y en las bases que la regulan. Cada vez que se publique un documento, el secretario tiene que extender una diligencia en la cual se tiene que indicar la fecha de la publicación. Esta diligencia se tiene que incorporar al expediente correspondiente.

7. Reserva para aspirantes con discapacitat

Se tienen que adoptar las medites encasaries para cumplir lo que prevén el artículo 59 y la disposición adicional primera de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del estatut básico del empleado público (EBEP).

8. Solicitudes

Las personas interessades en tomar parta en este proceso de selección tienen que presentar la sol·licitud según el modelo que figura en el anexo 2 de esta convocatoria; temien está disponible en la página web <http://www.conservatorisuperior.com>.

Las solicitudes y la documentacions se tienen que presentar en el Registro del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears (c. de Alfons el Magnànim, 64, 07004 Palma). El horario para presentar la documentacions es de 9.00 h a 14.00 h, de lunes a viernes (excepto los días festivos). Las solicitudes también se pueden presentar por correo urgente y certificado. En este caso, la solicitud se tiene que llevar a una oficina de correos dentro de un sobre abierto para que la fechen y la sellen antes de certificar el envío.

Las solicitudes se tienen que dirigir a: Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears (c. de Alfons el Magnànim, 64, 07004 Palma).

Los aspirantes tienen que presentar una solicitud por cada puesto vacante en el cual optan, acompañada de dos sobres cerrados con el nombre y los apellidos, la referencia del puesto vacante y el número de cada sobre escrito al exterior, y con el contenido siguiente:

Sobre 1. Acreditación de los requisitos:

  • Fotocopia del DNI o del pasaporte del solicitante en vigor.
  • Fotocopia de la documentación acreditativa de las condiciones exigidas en la base 4 de esta convocatoria y de los requisitos exigidos para cada puesto en el anexo 1.
  • Original o copia del justificante bancario del pago de los derechos de admisión en que se hace referencia en la base 5.
  • Declaración por escrito de no estar inhabilitado por sentencia firme para ejercer funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de ninguna entidad o institución del sector público mediante una resolución disciplinaria firme (se adjunta un modelo del escrito en el anexo 3).

Sobre 2. Proyecto docente y acreditación de los méritos:

  • Proyecto docente del puesto al qual se opta.
  • Currículum acompañado de los documentos que acreditan la experiencia docente y laboral, la formación y los otros méritos alegados. La Comisión Técnica de Selección en ningún caso puede valorar ningún mérito que no se haya acreditado de esta manera. Un mismo mérito no se puede valorar en más de un apartado o subapartado.

La documentación que aporten los aspirantes tiene que seguir el orden establecido en el apartado 2.3 del anexo 1 según la especialidad; se tiene que entregar en el formato de fotocopias encuadernadas en un volumen o más. Si no se cumple alguno de estos requisitos, se tiene que dar un plazo de cinco días naturales para que el aspirante enmiende estas carencias.

La documentación acreditativa de los requisitos y de los méritos aportados tiene que estar en catalán o castellano, o bien, si es redactada en otro idioma, ir acompañada de la traducción jurada oficial correspondiente, que dé fe pública del contenido y la fidelidad de la traducción. No se valorará ningún documento que no se ajuste a este requisito.

9. Plazo y formato de presentación de las solicitudes y la documentación

El plazo para presentar las solicitudes y la documentación es de 10 días naturales a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Los documentos contenidos en los sobres 1 («Acreditación de los requisitos») y 2 («Proyecto docente» y «Acreditación de los méritos») tienen que ser originales o fotocopias simples. Posteriormente, cuando se haya publicado la lista definitiva de profesores seleccionados y siempre antes de la firma del contrato de trabajo, los aspirantes a los cuales se haya asignado algún puesto tienen que aportar los originales de las fotocopias simples presentadas junto con la solicitud, para que el personal del Registro de la Fundación las compulse.

La persona que en este plazo no aporte todos los originales de las fotocopias simples que presentó para acreditar los requisitos y los méritos será excluida automáticamente del proceso y el puesto que inicialmente le correspondía se adjudicará al profesor siguiente de la lista, según la orden de prelación de los aspirantes seleccionados.

La Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears tiene que garantizar la custodia, durante el tiempo que dure el proceso de selección, de toda la documentación entregada por los aspirantes. Una vez finalizado el proceso y publicada la lista definitiva de profesores seleccionados, las personas interesadas pueden solicitar la devolución de la documentación acreditativa de los requisitos y de los méritos. La documentación se tiene que recoger personalmente o a través de una tercera persona autorizada por escrito. Siempre que haya una petición expresa, también se puede devolver por correo postal contra reembolso de los gastos de envío. Una vez transcurrido el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de la publicación de la lista definitiva de profesores seleccionados, la Fundación puede destruir los documentos presentados por los aspirantes.

10. Admisión de aspirantes

Una vez transcurrido el plazo para presentar las solicitudes, la Comisión Técnica de Selección tiene que revisar la documentación aportada por los aspirantes en el sobre 1 y, una vez comprobada, se tiene que publicar la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos en el tablón de anuncios del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears (c. de Alfons el Magnànim, 64, 07004 Palma) y en la web <http://www.conservatorisuperior.com>. En el caso de los excluidos, se tiene que indicar la causa de exclusión.

En todo caso, con la finalidad de evitar errores y, si se producen, posibilitar la enmienda dentro del plazo previsto y en la forma apropiada, las personas interesadas tienen que comprobar no sólo que no figuran en la relación de personas excluidas sino que, además, su nombre consta en la relación de aspirantes admitidos.

Para enmendar los posibles errores o aportar los documentos preceptivos, los aspirantes disponen de un plazo de 3 días naturales a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la lista provisional. Una vez vistas las reclamaciones y enmendados los errores, si ha habido, se tiene que publicar la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en el tablón de anuncios y en la página web del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears. Contra la aprobación de la lista definitiva, se puede interponer un escrito de alegaciones en un plazo de cinco días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación, ante el Protectorado de la Fundación (Consejería de Educación, Cultura y Universidades), de acuerdo con lo que disponen los artículos 34, 35 y 43 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de fundaciones, y a efectos de controlar la legalidad del procedimiento.

La resolución del Protectorado se puede impugnar ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo.

11. Fases del proceso de selección

El proceso de selección consta de las dos fases siguientes:

  • La primera fase consiste en la defensa oral del proyecto docente. La finalidad de esta segunda fase es evaluar la aptitud pedagógica de los aspirantes, los cuales tienen que defender oralmente el proyecto docente de la especialidad ante el tribunal calificador, según el calendario y los criterios de organización que fije el tribunal. El calendario y los criterios se tienen que publicar en el tablón de anuncios del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears y en la página web <www.conservatorisuperior.com>.

Esta fase, que tiene carácter eliminatorio, se tiene que calificar de 0 a 10 puntos. Para superar la prueba, los aspirantes tienen que obtener una calificación mínima de 5 puntos.

Una vez evaluados todos los aspirantes, el tribunal calificador tiene que hacer pública, en el tablón de anuncios del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears y en la página web <www.conservatorisuperior.com>, el acta con las calificaciones obtenidas por los candidatos, así como la convocatoria de los aspirantes que hayan superado esta segunda fase. El secretario del tribunal calificador tiene que extender una diligencia con la fecha de publicación del acta de la segunda fase en el tablón de anuncios y en la página web del centro.

  • En la segunda fase se tienen que valorar los currículums de los aspirantes (títulos, certificados, copias de documentos y grabaciones, etc.) según los baremos incluidos en el apartado 3.2 del anexo 1 de esta convocatoria. Los méritos se dividen en cuatro apartados: méritos académicos, méritos docentes, méritos profesionales y méritos artísticos. Para todas las plazas, la calificación mínima que se tiene que obtener en esta fase para poder ser contratado es de 4 puntos. A continuación se tiene que publicar la lista de aspirantes que tienen que enmendar alguna carencia; para enmendarla, disponen de 3 días naturales a contar a partir del día siguiente al de la fecha en que se publique la lista.

12. Finalización del concurso

Cuando la Comisión Técnica de Selección ha resuelto el concurso, tiene que aprobar la lista provisional de profesores seleccionados, que se tiene que exponer en el tablón de anuncios del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears (c. de Alfons el Magnànim, 64, 07004 Palma) y en la página web <http://www.conservatorisuperior.com>. Contra la aprobación de esta lista, se pueden presentar reclamaciones, en el plazo de tres días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación, ante la Comisión Técnica de Selección, la cual dispone de un plazo de cinco días naturales para resolverlas y aprobar la lista definitiva, que también se tiene que publicar en el tablón de anuncios y en la página web del Conservatorio Superior.

Contra la aprobación de la lista definitiva, se puede interponer, en el plazo de 5 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación, un escrito de alegaciones ante el Protectorado de la Fundación (Consejería de Educación, Cultura y Universidades), de acuerdo con lo que disponen los artículos 34, 35 y 43 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de fundaciones, a efectos de controlar la legalidad del procedimiento. La resolución del Protectorado se puede impugnar ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo.

13. Reclamaciones y alegaciones

Contra esta convocatoria y las bases que la rigen, se pueden interponer, en un plazo de diez días hábiles a contar desde la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, escritos de alegaciones ante el Protectorado de la Fundación (Consejería de Educación, Cultura y Universidades). La resolución del Protectorado se puede impugnar ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo, de acuerdo con los artículos 34, 35 y 43 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de fundaciones.

 

Palma, 24 de noviembre de 2014

    

La presidenta de la Fundación para el Conservatorio

Superior de Música y Danza de las Illes Balears

Maria Núria Riera Martos

  

 

ANEXO 1

Requisitos correspondientes a los puestos vacantes, descripción de las fases del proceso de selección y baremo de méritos

1. Requisitos correspondientes a los puestos vacantes

Especialidad de interpretación: instrumentos de percusión

1.1 Puestos vacantes A15 y A26

Las titulaciones requeridas para cada especialidad son las que se indican a continuación:

Departamento de Pedagogía

A15. Danza educativa: improvisación y coreografía (1,5 horas por semana): título superior de danza.

Especialidad de interpretación: instrumentos de percusión

A26. Conjunto de percusión y conjunto instrumental (3 horas por semana): título superior de la especialidad.

2. Fases del proceso de selección

2.1.Primera fase: defensa oral del proyecto docente (para todas las plazas)

La finalidad de la segunda fase es evaluar la aptitud pedagógica de los aspirantes, los cuales tienen que defender oralmente el proyecto docente de la especialidad ante el tribunal calificador, según el calendario y los criterios de organización que fije el mismo tribunal. El calendario y los criterios se tienen que publicar en el tablón de anuncios del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears y en la página web <www.conservatorisuperior.com>.

Esta fase es eliminatoria y se tiene que calificar de 0 a 10 puntos. Para superar la prueba, los aspirantes tienen que obtener una calificación mínima de 5 puntos.

Se tiene que valorar la viabilidad del proyecto docente dentro del proyecto educativo del centro y la innovación pedagógica que aporta. El aspirante dispone de un tiempo máximo de 20 minutos para defender oralmente el proyecto y el tribunal puede formular las preguntas que considere convenientes sobre el contenido de la exposición.

El tribunal calificador tiene que valorar la defensa oral del proyecto docente de acuerdo con los criterios siguientes:

  • Guía docente de la asignatura o asignaturas a que opta al aspirante: 2 puntos
  • Contenidos pedagógicos: 4 puntos
  • Metodología: 2 puntos
  • Claridad en la exposición: 2 puntos

Una vez evaluados todos los aspirantes, el tribunal calificador tiene que publicar el acta con las calificaciones obtenidas por los candidatos, en el tablón de anuncios del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears y en la página web <www.conservatorisuperior.com>. El secretario del tribunal calificador tiene que extender una diligencia con la fecha de publicación del acta.

2.2. Segunda fase: valoración del currículum de los aspirantes (títulos, certificados, copias de documentos y grabaciones, etc.)

La calificación final de esta fase es el resultado de ponderar cada uno de estos apartados según los porcentajes siguientes:

  • Méritos académicos: 25 %
  • Experiencia como a docente: 25 %
  • Experiencia laboral profesional: 25 %
  • Experiencia artística: 25 %

2.2.1. Méritos académicos (puntuación máxima: 10 puntos)

a. Titulación superior específica relacionada con la asignatura (excepto la titulación alegada como requisito) obtenida a una institución académica oficial o a una escuela internacional de prestigio reconocido: 2 puntos por titulación (máximo: 2 puntos).

b. Formación relacionada con la especialidad, cursada en universidades, centros oficiales y/o centros de prestigio reconocido: cursos de formación y posgrados. Puntuación máxima: 5 puntos. La puntuación por cada actividad formativa, según la duración, es la siguiente:

  • Sin especificación de la duración: 0,25 puntos
  • De 10 a 30 horas: 0,25 puntos
  • De 31 a 60 horas: 0,50 puntos
  • De 61 a 120 horas: 0,75 puntos
  • Más de 120 horas: 1 punto

c. Estudios de tercer ciclo. Puntuación máxima: 2 puntos, de acuerdo con los criterios siguientes:

  • Doctorado relacionado con la especialidad: 2 puntos
  • Master universitario oficial relacionado con la especialidad: 1 punto
  • Suficiencia investigadora relacionada con la especialidad: 0,75 puntos
  • Cursos de doctorado relacionados con la especialidad: 0,04 puntos por crédito (máximo: 0,80 puntos)

d. Otras titulaciones de régimen especial. Tienen esta consideración los estudios superiores de danza, de arte dramático, de conservación y restauración de bienes culturales, los estudios superiores de diseño y los de artes plásticas. En ningún caso se tienen que valorar las titulaciones que se aportan como requisito de la convocatoria. Documento justificativo: fotocopia del certificado o del justificante de abono de los derechos de expedición. Puntuación máxima: 1 punto, de acuerdo con los criterios siguientes:

  • Por cada certificado de nivel avanzado de las escuelas oficiales de idiomas o equivalente: 1 punto
  • Por cada certificado de nivel medio de las escuelas oficiales de idiomas o equivalente: 0,50 puntos
  • Por cada título de técnico superior de artes plásticas y diseño: 0,25 puntos
  • Por cada título de enseñanzas artísticas superiores: 1 punto

2.2.2. Experiencia como a docente (puntuación máxima: 10 puntos)

  1. Por cada año de experiencia docente en estudios de grado superior de música de la misma especialidad a la cual opta, impartidos en centros públicos o privados: 0,50 puntos
  2. Por cada año de experiencia docente en estudios de grado superior de música de una especialidad diferente de la especialidad a la cual opta, impartidos en centros públicos o privados: 0,30 puntos
  3. Por cada año de experiencia docente en estudios de grado medio de música de la especialidad a la cual opta, impartidos en centros públicos o privados: 0,20 puntos
  4. Por cada año de experiencia docente en estudios de grado medio de música de una especialidad diferente de la especialidad a la cual opta, impartidos en centros públicos o privados: 0,15 puntos
  5. Por cada año de experiencia docente en educación secundaria en la especialidad de música en centros públicos o privados: 0,15 puntos
  6. Por cada año de experiencia docente en educación primaria en la especialidad de música en centros públicos o privados: 0,10 puntos
  7. Otra experiencia docente en música: hasta un máximo de 0,20 puntos
  8. Experiencia en cargos directivos en centros de enseñanza superior (director, ninguno de estudios o secretario): 0,25 puntos por curso (máximo: 0,50 puntos)

2.2.3. Experiencia laboral profesional (puntuación máxima: 10 puntos)

  1. Por cada año completo de experiencia laboral en puestos de trabajo relacionados con la especialidad a la cual opta: 1 punto
  2. Por cada mes de experiencia laboral en puestos de trabajo relacionados con la especialidad a la cual opta: 0,08 puntos

2.2.4. Experiencia artística (puntuación máxima: 10 puntos)

Otros méritos relacionados con el puesto al cual opta:

a. Por la impartición de seminarios y conferencias y la presentación de comunicaciones en congresos: 0,25 puntos por cada uno, hasta un máximo de 4 puntos

b. Por publicaciones relacionadas con la temática musical y grabaciones: hasta un máximo de 1,50 puntos. Documentos justificativos: los ejemplares correspondientes. No se valoran las publicaciones que estén obligadas a llevar el ISBN o el ISSN y que no lo lleven. Tampoco se valoran los ejemplares obligados a llevar el depósito legal correspondiente y que no lo lleven.

  • Por publicaciones, proyectos e innovaciones de carácter técnico o pedagógico (trabajos con un mínimo de 20 páginas, según el criterio del ANECA): hasta un máximo de 0,50 puntos, de acuerdo con los criterios siguientes:

Trabajos monográficos: 0,30 puntos

Trabajos sobre desarrollo curricular: 0,20 puntos

Documentos sobre organización de centros: 0,30 puntos

  • Por composiciones propias publicadas: 0,10 puntos por cada publicación, hasta un máximo de 0,50 puntos
  • Por arreglos y transcripciones publicadas: 0,05 puntos por cada arreglo o transcripción hasta un máximo de 0,25 puntos.
  • Por grabaciones como intérprete o como compositor: 0,10 puntos para cada uno hasta un máximo de 0,50 puntos.

c. Por conciertos ofrecidos y obras estrenadas (hasta un máximo de 1, 50 puntos). Toda la documentación justificativa de este apartado se tiene que presentar ordenada en función del hecho de que corresponda a la misma especialidad del puesto al cual se opta.

  • Por cada temporada como instrumentista de orquesta (siempre que no se haya valorado en el apartado 2.3.3): de 0,05 a 0,15 puntos, dependiendo del puesto de trabajo ocupado por el aspirante dentro de la formación (solista, concertino, tutti, etc.).

Documentos justificativos: una fotocopia del contrato o de los contratos laborales firmados con la orquesta, en la que se indique el puesto de trabajo que ha ocupado el aspirante (solista, concertino, tutti, etc.).

  • Por cada concierto como solista musical (director de orquesta o coro, solista individual o de música de cámara): de 0,05 a 0,20 puntos según la calidad, la dificultad, el interés musical, las salas de concierto, los músicos con los cuales ha participado, las orquestas, etc.

Sala importante:

Repertorio de gran dificultad: 0,20 puntos

Repertorio de dificultad media: 0,15 puntos

Repertorio de poca dificultad: 0,10 puntos

 

Sala media:

Repertorio de gran dificultad: 0,14 puntos

Repertorio de dificultad media: 0,10 puntos

Repertorio de poca dificultad: 0,05 puntos

 

Sala pequeña:

Repertorio de gran dificultad: 0,10 puntos

Repertorio de dificultad media: 0,05 puntos

Repertorio de poca dificultad: 0,025 puntos

Documentos justificativos: el original o una fotocopia de los programas de los conciertos, en que se indique el lugar donde se ofrecieron y las obras que se interpretaron. Si es el caso, una fotocopia del contrato o de los contratos laborales firmados con la institución organizadora del concierto.

  • Por cada obra estrenada como compositor: de 0,05 a 0,20 puntos según la duración de la obra, la complejidad de la composición, etc.

Documentos justificativos: el original o una fotocopia de los programas de los conciertos, en que se indique el lugar donde se ofrecieron, las obras que se interpretaron y la obra o las obras que se estrenaron.

d. Premios y distinciones. Documento justificativo: una fotocopia del certificado o del diploma acreditativo del galardón.

  • Por premios obtenidos en concursos o certámenes de ámbito autonómico, nacional o internacional: hasta un máximo de 0,50 puntos de acuerdo con el criterio siguiente:

De ámbito local: 0,05 puntos

De ámbito autonómico: 0,10 puntos

De ámbito nacional: 0,15 puntos

De ámbito internacional: 0,20 puntos

  • Otras distinciones recibidas: hasta un máximo de 0,50 puntos, de acuerdo con el criterio siguiente:

De ámbito local: 0,05 puntos

De ámbito autonómico: 0,10 puntos

De ámbito nacional: 0,15 puntos

De ámbito internacional: 0,20 puntos

 

ANEXO 2

Modelo de solicitud

Solicitud para participar en la convocatoria de selección de personal laboral temporal a tiempo parcial de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears

Código y nombre de la asignatura a la cual opta: ____________________________

Solicitante:

DNI/Passaport/NIE: __________________________________________________

Primer apellido: _______________________________________________________

Segundo apellido: _______________________________________________________

Nombre: _______________________________________________________________

Fecha de nacimiento: ___________________________________________________

Hombre/Mujer: ________________________________________________________

Localidad de nacimiento: ________________________________________________

Provincia de nacimiento: ________________________________________________

Teléfonos: _____________________________________________________________

Dirección (calle o plaza y número): ________________________________________

Código postal: ____________Municipio:____________________________________

Provincia: ____________________________________________________________

Correo electrónico: _____________________________________________________

Nacionalidad (sólo para extranjeros): ____________________________________

Datos académicos:

Titulación presentada para participar en el proceso de selección: ____________________________________________

Centro de expedición: _____________________________________________

SOLICITO:

Ser admitido/admitida en el proceso de selección de personal laboral temporal a tiempo parcial de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears.

Declaro que son ciertos los datos consignados en esta solicitud y me comprometo a probarlos documentalmente en los plazos fijados en la convocatoria y en las bases del proceso de selección.

[Firma]

___________________, ___ d _____________ de 2014

PATRONATO DE LA FUNDACIÓN PARA EL CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA Y DANZA DE LAS ILLES BALEARS

 

ANEXO 3

Modelo de declaración escrita de no estar inhabilitado

Convocatoria para la selección de personal laboral temporal a tiempo parcial de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears

Asignatura a la cual opta: ________________________________________________

DNI/Passaport/NIE: ___________________________________________________

Primer apellido: ________________________________________________________

Segundo apellido: ______________________________________________________

Nombre: ______________________________________________________________

Fecha de nacimiento: ___________________________________________________

Hombre/Mujer: ________________________________________________________

Localidad de nacimiento: ________________________________________________

Provincia de nacimiento: ________________________________________________

Teléfonos: _____________________________________________________________

Dirección (calle o plaza y número): ________________________________________

Código postal: _______ Municipio: ________________________________________

Provincia: ____________________________________________________________

Nacionalidad (sólo para extranjeros): ___________________________________

DECLARO:

Que no he sido inhabilitado por sentencia firme para ejercer funciones públicas, ni he sido separado por resolución disciplinaria firme del servicio de ninguna entidad o institución del sector público.

_____________________________, _______ d ____________ de 2014

[Firma]

PATRONATO DE LA FUNDACIÓN PARA EL CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA Y DANZA DE LAS ILLES BALEARS