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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 21975
Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se modifica, se incrementa el crédito y se reabre el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria, para el ejercicio 2014, de las subvenciones para acciones de información y formación en los sectores agrícola y agroalimentario

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Texto

El Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears para el período 2007-2013, aprobado por Decisión de la Comisión C (2008) 3833 de 16 de julio, contempla una serie de medidas de ayuda destinadas al sector agrario, de acuerdo con los Reglamentos (CE) nº 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y nº 1974/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1698/2005. 

Mediante la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de 26 de septiembre de 2014, publicada en el BOIB nº 133, de día 2 de octubre de 2014, se convocan para el año 2014, subvenciones para acciones de información y formación en los sectores agrícola y agroalimentario, de acuerdo con lo que se prevé en el Texto Refundido de la Orden de bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2007-2013, aprobado por la Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 4 de diciembre de 2012. 

A dicha convocatoria se destinó un importe máximo de doscientos veinte mil ochenta y siete euros con cincuenta y un céntimos (220.087,51€). De dicho importe, seis mil seiscientos siete euros con ochenta y dos céntimos (6.607,82€) serán a cargo del presupuesto del FOGAIBA del ejercicio 2014 y doscientos trece mil cuatrocientos setenta y nueve euros con sesenta y nueve céntimos (213.479,69€) serán a cargo del presupuesto del FOGAIBA del ejercicio 2015. De este crédito, un 35% corresponde a la cofinanciación del FEADER y un 65% a la cofinanciación de la CAIB. 

Esta convocatoria prevé, en el apartado segundo, la posibilidad de ampliar el crédito disponible con créditos que se destinen a tal fin, en cuyo caso deberá distribuirse el importe del incremento de forma proporcional entre los tipos de beneficiarios y territorios. 

Atendiendo al gran número de solicitudes cursadas al objeto de acceder a estas ayudas, correspondientes a la convocatoria del ejercicio 2014, y dada la importancia que tiene para el sector agrario la adopción de medidas dirigidas a la información y formación en los sectores agrícola y agroalimentario, como el hecho de que esta línea todavía se está tramitando, se estima necesario incrementar la dotación en cuarenta y siete mil doscientos veintitrés euros con ochenta céntimos (47.223,80€), a cargo del presupuesto de 2014, con el objeto de poder atender a todas las solicitudes cursadas. 

Además, en la presente Resolución se ha detectado, una vez publicada, un error de coherencia interna, ya que en el cuadro de cuantía máxima previsto en el apartado quinto, no se detallan todas las duraciones posibles de los cursos previstos en el Plan de Formación Agraria que figura en el Anexo IV. 

Advertido dicho error, se procede a efectuar la corrección correspondiente, de acuerdo con el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. 

Por otra parte, y con el objetivo de que no se vea afectado el principio de concurrencia, se considera oportuno reabrir el plazo de presentación de solicitudes. 

Por todo ello, haciendo uso de las atribuciones que tengo conferidas, a propuesta del Director Gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente  

RESOLUCIÓN  

Primero

Se incrementa el crédito destinado a la línea de ayudas para la medida de acciones de información y formación en los sectores agrícola y agroalimentario, previsto en la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de 26 de septiembre de 2014, publicada en el BOIB nº 133 de día 2 de octubre de 2014, por la que se convocan, para el ejercicio 2014, subvenciones para acciones de información y formación en los sectores agrícola y agroalimentario, en cuarenta y siete mil doscientos veintitrés euros con ochenta céntimos (47.223,80€), a cargo de los presupuestos del FOGAIBA del año 2014, resultando un crédito final en esta línea de ayudas de doscientos sesenta y siete mil trescientos once euros con treinta y un céntimos (267.311,31€). 

De dicho crédito, un 35% corresponde cofinanciarlo al FEADER y un 65% a la CAIB. 

Segundo

Se modifica el punto 1 del apartado segundo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de 26 de septiembre de 2014, publicada en el BOIB nº 133 de día 2 de octubre de 2014, por la que se convocan, para el ejercicio 2014, subvenciones para acciones de información y formación en los sectores agrícola y agroalimentario, quedando redactado de la siguiente forma: 

“1. Para la presente convocatoria se destina un importe máximo de doscientos sesenta y siete mil trescientos once euros con treinta y un céntimos (267.311,31€), de los que cincuenta y tres mil ochocientos treinta y un euros con sesenta y dos céntimos (53.831,62€) serán a cargo del presupuesto del FOGAIBA del ejercicio 2014 y doscientos trece mil cuatrocientos setenta y nueve euros con sesenta y nueve céntimos (213.479,69€) serán a cargo del presupuesto del FOGAIBA del ejercicio 2015, cuantía que podrá incrementarse con créditos que puedan destinarse a tal fin. 

El importe de esta convocatoria se distribuirá de la siguiente forma: 

a) 79.053,23€ se destinarán a las solicitudes presentadas por los beneficiarios definidos en el párrafo a) del apartado tercero.

b) 188.258,08€ se destinarán a las solicitudes presentadas por los beneficiarios definidos en el párrafo b) del apartado tercero, con la siguiente distribución territorial, en base a la superficie agraria útil: 140.889,92€ para acciones formativas en Mallorca, 20.647,66€ para acciones formativas en Menorca, 20.647,66€ para acciones formativas en Eivissa y 6.072,84€ para acciones formativas en Formentera. En caso de que no se agote el crédito en alguno de los territorios, el remanente se repartirá proporcionalmente a los otros grupos. 

En caso de que no se agote el crédito de uno de los grupos de beneficiarios, el remanente pasará al otro grupo y se distribuirá proporcionalmente, de acuerdo con los repartos establecidos. 

En caso de incrementar los créditos destinados a tal fin, se distribuirá proporcionalmente entre los tipos de beneficiarios y territorios.” 

Tercero

Modificar el segundo párrafo del apartado quinto de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), por la que se convocan, para el ejercicio 2014, subvenciones para acciones de información y formación en los sectores agrícola y agroalimentario, quedando redactado de la siguiente forma: 

“En cualquier caso, se establecen los siguientes importes máximos por curso:

Número de horas de curso

Máximo €

60

9.180

50

7.650

40

6.120

25

3.825

20

3.060

15

2.295

10

1.530

8

1.368

7

1.323

5

1.125

4

900

2

450

 .” 

Cuarto

Reabrir el plazo de presentación de solicitudes previsto en el punto 1 del apartado sexto de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 26 de septiembre de 2014, por la que se convocan, para el ejercicio 2014, subvenciones para acciones de información y formación en los sectores agrícola y agroalimentario, y publicada en el BOIB nº 133 de 2 de octubre de 2014, por un período de tres días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOIB. 

Quinto

La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears. 

 

Palma, 4 de diciembre de 2014

El Presidente del FOGAIBA
Gabriel Company Bauzá