Sección V. Anuncios
Subsección primera. Contratación Pública
AYUNTAMIENTO DE ES CASTELL
Núm. 21961
Comprobación de la residencia de los extranjeros
En virtud de los acuerdos del Consejo de Empadronamiento de 27 de Junio de 2008 este Ayuntamiento debe proceder a la comprobación de la residencia de los extranjeros
En base a la Resolución 9 d'abril de 1997, de la Subsecretaria del Ministerio de la Presidencia, por la cual se dispone la publicación de la Resolución del 1 de abril de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director general de Cooperación Territorial, per la cual se dictan las instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del Padrón Municipal, se notifica que el Ayuntamiento dara de baja de oficio por inscripción indebida en el Padrón Municipal de habitantes por incumplir los requisitos establecidos en el Art. 54 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, a las siguientes personas:
Nombre y Apellidos |
Documento |
F. Nacimiento |
---|---|---|
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
Dado que intentada la notificación, ésta no se ha podido practicar, se efectúa mediante anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el BOIB, dando un plazo de quince días a las personas anteriormente mencionadas o a sus representantes legales, para que manifiesten si están o no de acuerdo con su baja. Una vez transcurrido el plazo sin haber manifestado el interesado expresamente su conformidad con ella, se pondrá en conocimiento del Consejo de Empadronamiento para su oportuno informe y se dará de baja definitivamente.
Es Castell, 4 de diciembre de de 2014.
El Alcalde de Es Castell
José Luis Camps Pons