Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 21916
Modificación artículo 29 C b), apartado 5, del Convenio y del Pacto colectivo de los empleados públicos del Ayuntamiento de Manacor
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria de día 10 de noviembre de 2014, adoptó el acuerdo que - a reserva de los términos definitivos que resulten de la aprobación del acta correspondiente -, a continuación se transcribe:
“Dictámenes de la Comisión Informativa General
8. Para la aprobación de la propuesta de la delegada de Recursos Humanos de modificación del artículo 29 C b) apartado 5 y del artículo 29 bis del Convenio y del Pacto colectivo de los empleados públicos del Ayuntamiento de Manacor.
La Sra. Rufiandis Cabrer da cuenta de la propuesta que seguidamente se transcribe, la cual ha sido dictaminada favorablemente por la Comisión Informativa General, en sesión de día 3 de noviembre de 2014:
“PROPUESTA DE LA DELEGADA DE RECURSOS HUMANOS A LA COMISIÓN INFORMATIVA GENERAL PARA SU POSTERIOR ELEVACIÓN Al AYUNTAMIENTO EN PLENO
Antecedentes
Acuerdo de la MGNC, de 20 de octubre de 2014, de modificar el artículo 29 C b), apartado 5, y el artículo 29 bis del Convenio y del Pacto colectivo de los empleados públicos del Ayuntamiento de Manacor respecto a prorrogar su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2015.
RDLegislatiu 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaría y de fomento de la competitividad.
Decreto 5/2012, de 1 de junio, de medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público del sector público de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y otras administraciones autonómicas.
Fundamentos de derecho
Primero. El arte. 3 del EBEP, que determina que el personal funcionario de las administraciones locales se rige por la legislación estatal que resulte de aplicación, de la cual forma parte este Estatuto y por la legislación de la Comunidad Autónoma, con respecto a la autonomía local.
Segundo. Las modificaciones contenidas en este acuerdo se toman en el marco de las normas urgentes que, mediante Real Decreto Ley, fueron aprobadas por el Estado y en ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en materia de Haciendas locales, en concordancia con las que ejerce en materia de organización de sus instituciones y en materia de personal funcionario de la Comunidad Autónoma y de la Administración Local.
De este modo se trata de reducir el gasto público en materia de gasto de personal y de medidas estructurales de racionalidad y de eficiencia en la gestión de los recursos humanos del sector público.
Tercero. El acuerdo de la MGNC modifica varias materias del Convenio y Pacto de los empleados públicos del Ayuntamiento de Manacor, que se tienen que informar de manera individualizada. Así:
- En cuanto a la modificación del art. 29.bis: excedencia voluntaria especial y 29.C.b) apartado 5: permiso especial por asuntos propios, se informa:
Esta modificación se lleva a cabo en base a las previsiones del Capítulo III del Decreto autonómico 5/2012, de 1 de junio, de medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, donde se incluyen una serie de medidas específicas para el personal funcionario y laboral de los servicios generales, relativas a la introducción de una excedencia voluntaria especial y una licencia especial por asuntos propios.
Y la Disposición Adicional Octava del mencionado Decreto Ley prevé que los órganos competentes de las administraciones locales de las Islas Baleares tienen que adoptar los acuerdos necesarios para garantizar, con el ámbito de las competencias específicas, la aplicación efectiva de medidas equivalentes a las que se establecen.
PROPUESTA
Primero. Modificar el artículo 29 C b), apartado 5, del Convenio y del Pacto colectivo de los empleados públicos del Ayuntamiento de Manacor respecto a prorrogar la vigencia, y que queda redactado así:
“Hasta el 31 de diciembre de 2015, el personal funcionario de carrera y el personal laboral fijo podrá solicitar un permiso especial por asuntos propios con una duración máxima de seis meses anuales, sin derecho a percibir retribuciones, durante los cuales tendrán derecho a reserva del puesto de trabajo y al cómputo de tiempo a efectos de trienios y grado personal, con la obligación de cotizar lo que corresponda de acuerdo con la normativa vigente. La concesión de esta licencia, que será discrecional, está supeditada, en todo caso, a las necesidades del servicio y no supondrá la autorización para la contratación o el nombramiento de personal temporal sustituto.”
Segundo. Modificar el artículo 29 bis del Convenio y del Pacto colectivo de los empleados públicos del Ayuntamiento de Manacor respecto a prorrogar la vigencia, y que queda redactado así:
“Excedencia voluntaria especial:
1. Hasta el 31 de diciembre de 2015, el personal funcionario de carrera y el personal laboral fijo podrán solicitar una excedencia voluntaria especial con duración mínima de seis meses y máxima de tres años, durante la cual tendrán derecho a la reserva del puesto de trabajo y al cómputo del tiempo de excedencia a efectos de trienios y grado personal.
2. Durante la vigencia de esta excedencia la persona beneficiaria no podrá prestar servicios en el sector público.
3. La concesión de excedencia estará supeditada a las necesidades del servicio y no presupondrá la autorización para la contratación o nombramiento de personal temporal sustituto.”
Tercero. Elevar este acuerdo al pleno del Ayuntamiento para su aprobación y posterior publicación en el BOIB. Su vigencia empezará a partir del día siguiente de la mencionada publicación.
Manacor, 21 de octubre de 2014
La delegada de Recursos Humanos
Francisca Rufiandis Cabrer
(...)
Finalizadas las intervenciones, se pasa a votación y el Pleno del Ayuntamiento acuerda por diecisiete votos a favor (Coalición por Manacor, AIPC, ALM, Grupo Municipal Socialista, PSM-IV-ME, Esquerra Republicana y el Sr. Miquel Perelló Román), ningún voto en contra y dos abstenciones (Partido Popular de Manacor) aprobar la propuesta precedente.”
Manacor, 12 de noviembre de 2014
El batle,
por delegación de firma (decreto 4807/2011)
1ra. Teniente de Alcalde y delegada
Catalina Riera Mascaró