Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 21987
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de diciembre de 2014 sobre el nombramiento de la vicepresidenta del Consejo Escolar de las Illes Balears
El artículo 9.1 de la Ley de Consejos Escolares de las Illes Balears, modificado por la disposición final segunda del Decreto Ley 5/2012, de 1 de junio, de medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público del sector público de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y otras instituciones autonómicas, determina los miembros que integran el Consejo Escolar de las Illes Balears (CEIB).
El artículo 9.3 del Decreto Legislativo 112/2001, de 7 de septiembre, por el que se aprueba la Ley de Consejos Escolares de las Illes Balears, establece que el presidente y el vicepresidente del CEIB deben ser nombrados por el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero competente en materia de educación, entre los miembros de este órgano consultivo.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Educación, Cultura y Universidades, en la sesión de día 5 de diciembre de 2014, adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:
“Primero. Dejar sin efecto el nombramiento como vicepresidenta del Consejo Escolar de las Illes Balears de la señora Ana Redondo Gutiérrez, a la cual se le agradecen los servicios prestados.
Segundo. Nombrar vicepresidenta del Consejo Escolar de las Illes Balears a la señora María del Pilar Torrero Ortiz.
Tercero. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.”
Palma, 5 de diciembre de 2014
El secretario del Consejo de Gobierno
Antonio Gómez Pérez