Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 21815
Disciplina y seguridad de los edificios ite-multas. Notificación decreto dejar sin efecto decreto de multa coercitiva ITM 2013/0049-0002
Como consecuencia del expediente ITM 2013/0049-0002 referente a la Inspección técnica de Edificios, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a Sagrera Caldentey Miguel, de conformidad con el Art. 59-4 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, que transcrito dice:
Os Notifico que el Presidente del Consejo de Gerencia de Urbanismo por Decreto del núm. 12847 fecha 07/17/2014 ha resuelto:
"I. Dado que por Decreto del Presidente del Consejo de Gerencia de Urbanismo núm. 1741 de fecha 6 de febrero de 2014, se impuso multa coercitiva a la Sra. María Antonia Gelabert Bover y el Sr. Manuel Sagrera Caldentey, copropietarios del inmueble ubicado en la C. San Francesc, 2 con RC 00202014 como consecuencia del incumplimiento de los deberes de conservación de los inmuebles establecidos en la ordenanza Municipal de Inspección Técnica de Edificios (BOIB nº 185- ext, 31.12.2008) por no haber presentado el informe de ITE del citado inmueble en el plazo correspondiente.
II. Una vez consultados los datos del Catastro Regional se ha averiguado que el inmueble de referencia pertenece a la Sra. María Antonia Gelabert Bover y el Sr. Miguel Sagrera Caldentey y dos personas más con diferentes coeficiente de propiedad cada uno según el cargo catastral
El técnico que suscribe propone de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 172 y 175 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, art. 186.6 de la Ley 20/2006, municipal y de régimen local, artículos 83 y 84 de la Ley 23/2006, de 20 de diciembre de Capitalidad de Palma de Mallorca; el artículo 6º de la Ordenanza Municipal sobre Inspección de Edificios publicada en el BOIB 185-Ext, de 31 de diciembre de 2008; y los artículos 4.2-j), 12-b), del Reglamento de la Gerencia de urbanismo, y dados el Decreto de Alcaldía núm. 8436, de nombramiento de los titulares de las áreas de gobierno, de 13 de mayo de 2013, y el Decreto de Alcaldía núm. 954, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma, de 27.01.2014, y demás normativa aplicable, que el Teniente de Alcalde del Área de Urbanismo y Vivienda puede dictar el siguiente
Decreto
1º) Dejar sin efecto la multa coercitiva impuesta a la Sra. María Antonia Gelabert Bover y al Sr. Miguel Sagrera Caldentey, como copropietarios del inmueble ubicado en la C / San Francesc, 2 mediante Decreto del Presidente del Consejo de Gerencia de Urbanismo y Vivienda núm. 1741 de fecha 6 de febrero de 2014.
5º) Notificar este decreto a la Sra. María Antonia Gelabert Bover y al Sr. Miguel Sagrera Caldentey. "
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer el recurso de reposición previsto en el art. 108 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y 14.2 de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, según redacción del RDL 2/2004 de 5 de marzo, la Ley 50/98, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes, contado desde al día siguiente de la publicación del presente edicto. El recurso deberá presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su presentación. En este caso quedará abierta la vía contencioso administrativa, todo ello sin perjuicio de utilizar cualquier otro recurso o acción que estime pertinente ".
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 116 antes mencionado y lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa , ante el Juzgado Contencioso Administrativo o la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación del presente edicto, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.
Os recuerdo que, de acuerdo con el artículo 14 del Estatuto de autonomía, puede ejercer su derecho de opción lingüística para la lengua catalana en cuanto a las futuras notificaciones que se hagan dentro de este procedimiento.
Cualquier documentación o escrito debe presentarse en cualquiera de las oficinas de Atención a la Ciudadanía: OAC Cort en la plaza de Santa Eulalia, 9, 07001, tfno 971225971; OAC San Fernando en la avenida San Fernando 42, 07013, edificio Policía Local, tfno 971225511; OAC Avenidas en la avenida Gabriel Alomar, 18, 07006, edificio Avenidas, tfno 971 225 900; OAC Pere Garau en la calle Pere Llobera 9, 07007, tfno 971225900; OAC S'escorxador en la calle Emperatriz Eugenia, 6, 07010, 971 201 362; OAC Son Ferriol en la avenida del Cid 8, 07198, 971 426 209; OAC San Agustín en la calle Margaluz 30, 07015, 971708733; OAC S'Arenal en la avenida América, 11, 07600, 971225891; mediante instancia dirigida al Ayuntamiento de Palma, donde se hará constar el número de expediente. Horario de atención al público de todas las OAC: todo el año: 8.30 14.00 h de lunes a viernes. Horario ampliado de octubre a mayo: de 8.30 a 17 h de lunes a jueves únicamente en la OAC Avenidas. Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h en Pl. Santa Eulalia (sólo registro).
Palma, 3 de diciembre de 2014
La Jefa de Departamento
P.d. Decreto de Alcaldía del Área de Urbanismo y Vivienda
núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30, de 4/03/2014)
Elvira Salvá Armengod