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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALARÓ

Núm. 21809
Oferta ocupación pública municipal 2014

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Resolución de alcaldía (nº 1082-2014).

El próximo día 9 de diciembre se jubilará voluntariamente el funcionario Pere Guasp Borràs, administrativo (artículo 67,2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del estatuto básico del empleado público; y solicitud registro de entrada nº 3311, de 01.07.2014).

Per acuerdo del Pleno del ayuntamiento de 27 de noviembre de 2014 se ha modificado de forma puntual un puesto de la relación de puestos de trabajo, administrativa.

Visto lo que previne el art. 21,3 de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos generales del estado para el año 2014, sobre la oferta de ocupación pública y que no computarán dentro del límite máximo de plazas derivado la tasa de reposición de efectivos, aquellas plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna.

En atención a lo dispuesto en los arts. 91,1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de les bases del régimen local, y art. 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del estatuto básico del empleado público, sobre la oferta de ocupación pública.

En ejercicio de la atribución conferida por el art. 21,1,g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,

Resuelvo:

- Aprobar la oferta de ocupación pública del ayuntamiento de Alaró para  el año 2014.

Personal funcionario.

Nivel de titulación                           Denominación del puesto         Número de vacantes

Auxiliar de administración / ESO                    Administrativa                                  1

Lo que hacemos público para general conocimiento.

Recursos.

Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, se pueden interponer,  alternativamente, los recursos siguientes:

a) Directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este acuerdo.

b) El recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente al de la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si procede, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Alaró, a 1 de diciembre de 2014.

El alcalde

Joan Simonet Pons

ante mí,

El secretario,

Jaume Nadal Bestard