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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 21790
Departamento de Movidad y Proyectos - Modificación de los errores detectados en la versión castellana de la convocatoria de las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la calificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera regulado en el Real decreto 1032/2007, de 20 de julio, que tendrán lugar en la isla de Menorca durante el año 2015 publicada en el BOIB 154 de fecha 8/11/2014

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Texto

Se hace pública la resolución del Hble. Conseller Executiu del Departamento de Movilidad de este Consell Insular de Menorca, de día 28/11/2014, resolución núm. 2014/335 mediante la cual se modifican los errores detectados en la versión castellana, de la convocatoria de las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la calificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera regulado en el Real decreto 1032/2007, de 20 de julio, que tendrán lugar en la isla de Menorca durante el año 2015, publicada en el BOIB 154 de fecha 8/11/2014:

“Dado el Real decreto 1032/2007, de 20 de julio, por el cual se regula la calificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera;

Dada la resolución 2014/259 del Conseller Executiu del Departamento de Movilidad de este Consell Insular de Menorca, de día 9 de octubre 2014 mediante la cual se convocan las pruebas sobre la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la calificación inicial de conductores de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías y viajeros por carretera, se determina la composición del tribunal y se determina la fecha y lugar;

Dada la necesidad de garantizar el acceso a las mencionadas pruebas a los aspirantes y dado que se han detectado unos errores en la versión castellana del edicto publicado en el BOIB núm. 154 del día 8 de noviembre de 2014.

En virtud de las competencias en materia de transportes otorgadas por medio del Decreto de Presidencia 102/2011, de 4 de julio;

RESUELVO:

PRIMERO - Modificar el punto PRIMERO de la publicación que establece:

PRIMERO - Aprobar la convocatoria de las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la calificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera regulado en el Real decreto 1032/2007, de 20 de julio, que tendrán lugar en la isla de Menorca durante el año 2014”

Y sustituirlo por:

PRIMERO - Aprobar la convocatoria de las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la calificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera regulado en el Real decreto 1032/2007, de 20 de julio, que tendrán lugar en la isla de Menorca durante el año 2015”.

SEGUNDO – Modificar el punto SEGUNDO de la publicación que establece:

SEGUNDO - Determinar que durante el año 2014 habrá seis convocatorias destinadas a los conductores a los cuales se exija estar en posesión de los permisos de conducción de las categorías D1, D1+E, D, D+E, C1, C1+ E, C, C+E.

  • 1a convocatoria: 30 de enero de 2015
  • 2a convocatoria: 30 de abril de 2015
  • 3a convocatoria: 29 de mayo de 2015
  • 4a convocatoria: 20 de junio de 2015
  • 5a convocatoria: 30 de octubre de 2015
  • 6a convocatoria: 20 de noviembre de 2015”

Y sustituirlo por:

“SEGUNDO - Determinar que durante el año 2015 habrá seis convocatorias destinadas a los conductores a los cuales se exija estar en posesión de los permisos de conducción de las categorías D1, D1+E, D, D+E, C1, C1+ E, C, C+E.

  • 1a convocatoria: 30 de enero de 2015
  • 2a convocatoria: 30 de marzo de 2015
  • 3a convocatoria: 29 de mayo de 2015
  • 4a convocatoria: 30 de junio de 2015
  • 5a convocatoria: 30 de octubre de 2015
  • 6a convocatoria: 30 de noviembre de 2015””

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podréis interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha resuelto, de acuerdo con el que dispone el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción hecha por la Ley 4/1999, de 13 de enero. El plazo para interponerlo es de un mes, a contar a partir del siguiente al de la recepción de esta notificación, sin poder, en este caso, interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su interposición, en que queda expedita la vía contenciosa administrativa.

Si no hacéis uso del recurso potestativo de reposición, podréis interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el establecido en el artículo anteriormente mencionado y los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, que regula la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, o ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente al de la recepción de la presente notificación.

Todo esto sin perjuicio de interponer cualquiera otro recurso que consideráis oportuno.

El Conseller Executiu del departamento de Movilidad y Proyectos

   

Mahón, 2 de diciembre de 2014

      

El Conseller Executiu del departamento de Movilidad y Proyectos

Luis Alejandre Sintes