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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

PUERTOS DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 21675
Publicación acuerdo del Consejo de de Ports de les Illes Balears de desafección del servicio público del “Finguer” y la pasarela de la Estación Marítima del Puerto Interior de Ciudadela

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Consejo de Administración de Ports de les Illes Balears en fecha 26 de noviembre de 2014 adoptó los acuerdos que se transcriben íntegramente a continuación:

>>PRIMERO.- Desafectar del servicio público el “finger” y la pasarela que se hallan en la antigua estación marítima del puerto interior de Ciudadela, por cuanto de conformidad al informe de oportunidad y legalidad y al informe técnico referidos ya no son necesarias para el uso o servicio público al que estaban afectados, por lo que a partir de esta fecha dicho elementos  pasan a tener la condición de bienes patrimoniales de la entidad.

SEGUNDO.-  Autorizar la convocatoria de la subasta pública para la enajenación de los citados elementos, facultando expresamente al Director General de Puertos y Aeropuertos para que proceda a aprobar dicha convocatoria, las bases de la subasta con las condiciones que estime convenientes, y su adjudicación, así como para  el nombramiento de los miembros de la Mesa de Subasta, dando cuenta al Consejo de lo actuado una vez finalizado el procedimiento.

TERCERO.- Publicar el presente acuerdo que agota la vía administrativa, en el BOIB, significando que contra el mismo puede interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Administración de Ports de les Illes Balears, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su recepción, de acuerdo con lo que disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o directamente recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo que dispone la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.>>

Lo que se hace público de conformidad a lo dispueto en el artículo 60 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común.

 

Palma, 26 de noviembre de 2014

EL DIRECTOR GERENTE
David Gómez Picard