Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 21602
Notificación de la Resolución de aceptación de Desistimiento, solicitada por exp. 47/2013, para las Inversiones no productivas, correspondientes al año 2.013
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Notificación de la Resolución de aceptación de Desistimiento, solicitada por exp. 47/2013, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 07 de junio de 2.013 por la que se convocan subvenciones para las Inversiones no productivas, correspondientes al año 2.013.
El apartado 8.3 de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 07 de junio de 2.013 por la que se convocan subvenciones para las inversiones no productivas, correspondientes al año 2.013, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
El expediente ha sido tramitado por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
El vicepresidente del FOGAIBA, en fecha de 11 de noviembre de 2.014, firma la siguiente Resolución:
“RESOLUCIÓN DE ACEPTACIÓN DE DESISTIMIENTO DEL EXPEDIENTE DE SOLICITUD DE AYUDA PRESENTADA POR (datos personales ocultos)EN RELACIÓN A LA LÍNEA DE AYUDA PARA LAS INVERSIONES NO PRODUCTIVAS "MARGES"
Marco normativo: Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, Reglamento (CE) núm. 1974/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, Reglamento (CE) núm. 1975/2006 de la Comisión, de 7 diciembre de 2006, Marco Nacional de Desarrollo Rural 2007-2013 (Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación), Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2007-2013, Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Texto refundido de la Ley de Subvenciones (Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre), Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 4 de diciembre de 2012 por la que se modifica la orden de la Consejera de Agricultura y Pesca de 18 de diciembre de 2007 y se aprueba el texto refundido de la orden de bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2007-2013 , Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 7 de junio de 2.013 por la que se convocan, para el ejercicio 2.013, las subvenciones destinadas a las inversiones no productivas, correspondientes al año 2.013.
HECHOS
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Por todo ello, y dado el informe de la Sección I y la Propuesta del jefe de Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural de día 10 de noviembre de 2.014.
RESUELVO
PRIMERO. Aceptar el desistimiento de la ayuda solicitada por (datos personales ocultos), conforme a la solicitud presentada en fecha 25/06/2013 en el que manifestaba su desistimiento a la ayuda que le pudiera corresponder de la línea de ayuda ¨ Inversiones no productivas.”
SEGUNDO. Declarar concluido el procedimiento y archivar las actuaciones del expediente de referencia.
TERCERO. Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB de la resolución, de acuerdo con el que se establece en el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.”
Palma, 25 de noviembre de 2.014
El director gerente del FOGAIBA
Joan Simonet Pons