Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 21400
Ejecución de títulos judiciales 153/2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  BEGOÑA MARÍ RUIZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 001 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000153 /2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª YASMINA REINA PEREZ contra la empresa  BELUGA EPICURUS GARDEN SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

SECRETARIO/A JUDICIAL SR/SRA D/Dª.  BEGOÑA MARÍ RUIZ

En PALMA DE MALLORCA, a veinticuatro de Noviembre de dos mil catorce.

Únase el anterior escrito presentado por la parte ejecutante solicitando la ampliación de la ejecución contra las empresas LUJO SLAVAJE SL Y EXCLUSIVE STORES INVEST SL y de acuerdo a lo dispuesto en el art. 238 de la LRJS, Acuerdo:

Citar a las partes y a las empresas contra las que se solicita la ampliación de la ejecución a comparecencia y fijo el próximo día 23/1/2015 a las 12:15 horas para la celebración de la misma   quienes podrán alegar y probar cuanto a su derecho convenga  y comparecerán con los medios de prueba de que intenten valerse.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

Y para que sirva de notificación en legal forma a  BELUGA EPICURUS GARDEN SL  , en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de BALEARES.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a veinticuatro de noviembre de dos mil catorce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL