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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ

Núm. 21266
Notificación rsolución expte. sancionador inf. urbanística 68/11

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Notificación decreto de Resolución de expediente sancionador por supuesta infracción urbanística expte. 000068/2011 – san.

Como consecuencia del expediente incoado en este negociado por supuesta  infracción urbanística, a Sr. GUILLERMO PABLO ALCOVER BRETIN (promotor) i  la empresa  GALEANO BALEAR, S.L.U (empresa constructora), i al haber intentado la notificación de este Ayuntamiento, sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a GALEANO BALEAR, S.L.U (empresa constructora), de conformidad con lo que se dispone el articulo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el escrito de fecha 26/09/2014 que pone  en conocimiento del interesado, el decreto de alcaldía que acuerda la Resolución del expediente sancionador por supuesta infracción urbanística, así como los siguientes extremos relativo a dicha resolución:

Expte.: 000068/2011-SAN.

Asunto: Resolución expte. Sancionador por infracción urbanística por cerramiento de solar. 

Emplazamiento: c/. Balanguera, 2.

Presunto responsable: GALEANO BALEAR, SL (empresa constructora)

Les comunicamos que el texto íntegro de esta acta estará a su disposición en la sección de urbanismo, negociado de infracciones urbanísticas de este Ayuntamiento (c/. Major, núm. 2 de Portol), durante las horas de oficina (de 8,15 a 14 horas), de lunes a viernes. Esta publicación abreviada producirá todos los efectos en los términos legalmente establecidos a contar del vencimiento del término y señalar para qué el interesado comparezca en el lugar indicado para conocer el acto.

De acuerdo con lo que dispone el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se expresa que.

Contra el referido Decreto, que es definitivo en vía administrativa, solo podrá interponer el recurso de Reposición  que establece el artículo 108 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local núm. 7/1985, de 2 de abril, en relación al artículo 14.2 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales núm. 39/1988, de 28 de diciembre, ante el Sr.Alcalde, en el plazo de UN MES contado a partir del día siguiente al de la notificación expresa del mencionado Decreto.

El mencionado Recurso de Reposición se entenderá desestimado si transcurriese otro mes sin que se notifique su resolución.

Contra lo que se haya resuelto en el recurso de reposición, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de DOS MESES, contados desde el siguiente día al de la notificación del acuerdo que resuelve el recurso de resolución, si fuese expreso. Si no lo fuese, el plazo será de SEIS MESES contados a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con la normativa específica, se produzca el acto presunto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso si lo considera oportuno.

 

Marratxí, 04 de noviembre de 2014.

 

EL ALCALDE

Tomeu Oliver Palou.