Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES
Núm. 21236
Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades, de día 17 de noviembre de 2014, por la cual se autoriza el cambio de configuración con una unidad ASCE (Aula Sustitutoria de Centro Específico) en el centro privado concertado de educación especial Joan Mesquida de Manacor
Antecedentes
1. La Resolución del consejero de Educación y Cultura, de día 28 de mayo de 2010 (BOIB núm.89 de 12 de junio), autorizó el cambio de configuración en el centro de educación especial Joan Mesquida de Manacor (código de centro: 07005891) con la siguiente configuración:
- educación básica especial: 9 unidades
- transición para la vida adulta: 1 unidad
2. El día 29 de enero de 2014 la Sra. Catalina Nadal Galmés, como directora del centro de educación especial Joan Mesquida de Manacor, solicitó la autorización de una ASCE (Aula Sustitutoria de Centro Específico) en el centro privado concertado La Salle de Manacor.
3. El 3 de marzo de 2014, el Instituto de Infraestructuras y Servicios Educativos y Culturales (IBISEC) informó de que la documentación presentada por el centro era insuficiente para poder emitir un informe de cumplimiento de la normativa técnica vigente.
4. El 13 de mayo de 2014 la Sra. Catalina Nadal Galmés presentó nueva documentación para enmendar el informe.
5. El 19 de mayo de 2014 el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión del IBISEC emitió un informe desfavorable por no justificar la documentación presentada, los requisitos mínimos exigidos por el Decreto 39/2011.
6. El 30 de junio de 2014, la Sra. Catalina Nadal Galmés informó a la Dirección General de Planificación, Infraestructuras Educativas y Recursos Humanos, que se habían enmendado las deficiencias de las instalaciones y que los servicios técnicos podían visitarlas con el fin de obtener el visto bueno para la autorización del aula.
7. El 1 de septiembre de 2014 y después de realizar la visita al centro, el día 8 de agosto de 2014 para comprobar que las instalaciones cumplían los requisitos mínimos exigidos del Decreto 39/2011, el IBISEC emitió informe favorable a la autorización de un Aula Sustitutoria de Centro Específico (ASCE) en el centro privado concertado La Salle de Manacor.
8. El 11 de noviembre de 2014, el jefe del departamento de Planificación y Centros emitió informe favorable sobre el expediente de autorización de cambio de configuración con una unidad ASCE (Aula Sustitutoria de Centro Específico) en el centro de educación especial privado concertado Joan Mesquida de Manacor
Fundamentos de derecho
1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4 de julio), reguladora del derecho a la educación.
2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4 de mayo), de educación.
3. El Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE de 9 de abril), sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.
4. El Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo) por el cual se modifica el Real decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.
5. El Real decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el cual se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias.
6. El Decreto 39/2011 de 29 de abril, por el cual se regula la atención a la diversidad y la orientación educativa en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos (BOIB nº. 78, de 28 mayo).
7. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 2/1983, de 25 de febrero (BOE de 1 de marzo), reformado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE de 16 de marzo) que, en el artículo 36.2, establece que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo que disponen los artículos 27 y 149.1.30a de la Constitución Española.
Por todo eso, y a propuesta de la Dirección General de Planificación e Infraestructuras Educativas, con fecha de 13 de noviembre de 2014, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar, con efectos desde el inicio del curso escolar 2014-2015, un aula ASCE (Aula Sustitutoria de Centro Específico) en el centro de educación especial Joan Mesquida y ubicada en la Salle de Manacor.
2. Como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la manera siguiente:
Código de centro: 07005891
Denominación genérica: Centro de educación especial.
Denominación específica: Joan Mesquida
Titular: Aproscom Fundación
Domicilio: C/ Es Canyar, s/n
Localidad: Manacor
CP: 07100
Municipio: Manacor
Enseñanzas autorizadas:
- educación básica especial: 9 unidades
- transición para la vida adulta: 1 unidad
- aula ASCE: 1 unidad en La Salle Manacor (código 07002181)
El centro está obligado a cumplir la normativa vigente en cuanto a la titulación del profesorado destinado a la unidad autorizada mediante esta Resolución. En caso contrario, se procederá a la revocación de la autorización otorgada.
El centro mencionado queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando se tenga que modificar cualquiera de los datos que señala esta Resolución.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante de la consejera de Educación, Cultura y Universidades en el plazo de un mes contador desde el día siguiente del día en que se publique en el BOIB, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 17 de noviembre de 2014
La consejera de Educación, Cultura y Universidades
Maria Núria Riera Martos